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monitorio o verbal?

3 Comentarios
 
Monitorio o verbal?
17/10/2005 16:49
Yo creo, estoy convencido, que es vía monitorio, pero me gustaría saber otras opiniones:
el supuesto es un arrendamiento de obra( fontanero, pintor, electricista... ), factura 10000 €, no le pagan, le reclama 20 +o- veces. Paga a los 3 años, 8000 €. Quedan, 2000, le sigue reclamando y ya, por último, a través de abogado-burofax y no paga: ya no puedo ir vía monitoria porque ya ha hecho un primer pago? o sí?
17/10/2005 17:06
Si puedes ir a monitorio. Ademas puedes exigirle los gastos de requerimiento y los intereses devengados desde el primer requerimiento fehaciente de pago, es decir, desde el primer burofax que le has enviado siempre y cuando te cerciores de que lo ha recibido.
Un saludo
18/10/2005 12:20
yo consideraba lo mismo que tú, pero no estaba del todo seguro.
De todas maneras, si no tomo el proceso monitorio me queda la duda de si tengo que ir a la vía verbal u ordinaria, porque la reclamación es de - de 3000 €, pero la factura es de más.
Y los intereses?
Gracias
18/10/2005 16:33
Comprueba el criterio de tu Audiencia Provincial, y, sobre todo, si te interesaría ir a una apelación por no estimarse la reclamación de los intereses. No es la primera vez que un Juzgado inadmite esa reclamación, y lo digo por experiencia (a pesar de las reclamaciones fehacientes).

Si la reclamación es inferior a 3.000 euros, aunque el importe de la factura sea mayor, el juicio procedente será el verba.
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Monitorio o verbal?
17/10/2005 16:49
Yo creo, estoy convencido, que es vía monitorio, pero me gustaría saber otras opiniones:
el supuesto es un arrendamiento de obra( fontanero, pintor, electricista... ), factura 10000 €, no le pagan, le reclama 20 +o- veces. Paga a los 3 años, 8000 €. Quedan, 2000, le sigue reclamando y ya, por último, a través de abogado-burofax y no paga: ya no puedo ir vía monitoria porque ya ha hecho un primer pago? o sí?
17/10/2005 17:06
Si puedes ir a monitorio. Ademas puedes exigirle los gastos de requerimiento y los intereses devengados desde el primer requerimiento fehaciente de pago, es decir, desde el primer burofax que le has enviado siempre y cuando te cerciores de que lo ha recibido.
Un saludo
18/10/2005 12:20
yo consideraba lo mismo que tú, pero no estaba del todo seguro.
De todas maneras, si no tomo el proceso monitorio me queda la duda de si tengo que ir a la vía verbal u ordinaria, porque la reclamación es de - de 3000 €, pero la factura es de más.
Y los intereses?
Gracias
18/10/2005 16:33
Comprueba el criterio de tu Audiencia Provincial, y, sobre todo, si te interesaría ir a una apelación por no estimarse la reclamación de los intereses. No es la primera vez que un Juzgado inadmite esa reclamación, y lo digo por experiencia (a pesar de las reclamaciones fehacientes).

Si la reclamación es inferior a 3.000 euros, aunque el importe de la factura sea mayor, el juicio procedente será el verba.