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Motivos para revocar una licencia de obra mayor

13 Comentarios
 
Motivos para revocar una licencia de obra mayor
18/12/2009 09:04
Buenos días,

Resulta que la vecina de abajo ha cerrado el porche, y otra vecina de la comunidad le ha denunciado en el ayuntamiento, pero la primera tiene la licencia de obra mayor concedida por el ayuntamiento, con la carta del administrador como requisito de la licencia, indicando que la comunidad dá permiso para el cerramiento.

La vecina que ha puesto la denuncia, alega que no es verdad que este permitido por la comunidad, y que en los estatutos no lo especifica. Pero lo que pasa es que en el acta no lo aclara, ni lo prohibe, y por eso el administrador, asumío que si otros vecinos lo habían hecho se podía hacer, porque se habrían acogido a ese acta.

- ¿Le podrían quitar la licencia a mi vecina?
- ¿Porqué motivos pueden revocar una licencia de obra legal, y con obra de acuerdo a la licencia, y con inpección de obra pasada satisfactoriamente?
- ¿Cuanto tiempo puede pasar hasta que se la quiten?
- Y si se la quitan, ¿qué debe hacer?, porque ella ha hecho una obra de acuerdo a un proyecto con licencia, que le ha costado mucho dinero, y alguien le tendrá que pagar, la obra hecha y la eliminación de la misma.
- ¿Una revocación, lleva implicito un pago por daños y perjuicios?


Muchas gracias

Un saludo
18/12/2009 09:28
Perdonar, se me ha olvidad preguntar también, ¿Cuánto tiempo tiene el vecino denunciante para que presente las alegaciones después de la concesión de la licencia?
18/12/2009 12:57
Unas licencia otorgada conforme a planeamiento no puede rebocarse. Por tanto en lo que concierne al aspecto administrativo no haya problema.

Otra cosa será que para ejecutar dichas obras, si los Estatutos de la Propiedad Horizontal lo exigen, sea necesario la autorización de la comunidad de propietarios o se haya concedido sin los acuerdos legales preceptivos. Esa es una cuestión que deberá dilucidar la comunidad o la jurisdicción civil, en el supuesto de haber problemas.
18/12/2009 13:32
Pero la obra ya esta acabada. Falta que el arquitecto presente el fin de obra en el ayuntamiento, y creo que lo iba a hacer un día de estos, sino lo ha hecho ya.

¿Puede el ayuntamiento obligar a tirar la obra?, cuando todos los documentos, inspección de obra, etc están en regla.

18/12/2009 20:11
Lo que ahora planteas no es una revocación.

Si la construcción no se ha ejecutado conforme al proyecto presentado para obtener la licencia y en el supuesto de existir un exceso de volúmen que esté en disconformidad con el planeamiento municipal, si puede ordenar su demolición.
21/12/2009 07:33
Lo primero, gracias por tus respuestas.

La obra se ha hecho según licencia, no hay ni más ni menos volumen. Además le dijo al arquitecto y a quién le estaba haciendo la obra, que tenían que repasar, antes de continuar al dedillo el proyecto, para que el día de mañana no haya sustos, y así lo hicierón, y así se lo dijo la inpectora cuando hizo la inspección, que estaba todo de acuerdo a la licencia. Aún así, como no sabe nada de estos temas, teme que se la quieran tirar, porque no hacen más que pedirle requerimiento de no uso antes de llegar ningún comunido oficial por parte del ayuntamiento, como que no use el porche.

Un saludo
21/12/2009 09:17
Cuando presentó el proyecto y solicitó licencia de obras, ¿ que uso indicaba en el proyecto que se le iba a dar al porche cerrado ?

Creo que el problema es ese, el uso que se le dé al porche puede significar un aumento de habitabilidad no autorizado por el planeamiento.

22/12/2009 08:10
Esta todo autorizado.
De hecho se puede hacer, porque la edificabilidad de la parcela no esta agotada, dado que es la única obra legal de toda la urbanización, y hay metros.
Ya veremos como acaba esto, y espero que bien, porque la pobre tiene todo legal, la licencia de obra, la inspección favorable, la carta del administrador dónde se indica que se puede hacer.

Muchas gracias

Un saludo
22/12/2009 08:35
¿ Tiene autorizado el cambio de uso ?

En ese caso lo único que deberá hacer es solicitar la licencia primera ocupación del nuevo habitáculo.
23/12/2009 09:30
Buenos días,

otra duda, en caso de que el vecino le quiera demandar civilmente, habiendo pasado mi vecina correctamente los tramites administrativos, es decir, sin que el ayuntamiento le revoque la licencia, y la comunidad de vecinos le haya dado la razónes, ¿qué posibilidades hay de que el juicio civil sea favorable, y que no haya posibilidad de que el juez le obligue a tirar la obra?.

Un saludo
23/12/2009 13:27
Para eso habría que ver si la autorización de la comunidad es conforme con los estatutos de la propiedad horizontal, si el acuerdo tomado lo ha sido conforme a las determinaciones de la Ley de Propiedad Horizontal y si el vecino impugnó en debida forma el posible acuerdo ilegal tomado.

Un saludo.
12/04/2010 10:39
Buenos días,

Siguiendo con este tema, la comunidad de propietarios, puesto que existe un consentimiento tacito implicito por parte de la comunidad, no ha querido posicionarse, dejando este tema en manos de los vecinos implicados, y no queriendo formar parte de la disputa. Así pues estamos como al principio, solo que ahora sabemos la postura de la comunidad.
El vecino denunciante, dice que mi vecina no cumple con el punto 7 de la propiedada horizontal, y que el se siente invadido. Se le ha dicho de mil manera, que la menera de solvertan su invasión, es colocando una medida correctora entre ambas casas, como ya se ha hecho en otras casas, y el se niega a ponerla por fastidiar, y porque dice que sino se encajona.
Como os comenté en su día, esta vecina tiene permiso de la comunidad, y una licencia de obra mayor, dado por el ayuntamiento, y una inspección de obra favorable, tras denuncia del vecino.

¿Qué posibilidades tiene mi vecina de perder en un jucio civil, con las alegaciones del vecino?
El vecino ha tenido 2 meses parar pararle la obra, y no ha hecho nada. Y ahora que es cuando esta acabada, es cuando quiere tirarsela. La verdad es que hay que tener mala leche.

Gracias.
12/04/2010 11:50
El certificado del administrador tiene como finalidad informar del acuerdo tomado en su día por la comunidad y de que el mismo lo ha sido en la debida forma. Si eso es así, es decir, que dicho acuerdo ha sido tomado conforme alos requisitos establecidos en la LPH y al parecer, las obras no incumplen las ordenanzas municipales yo estaría tranquilo.

Ante esta situación, quien debe mover ficha es a quien se considere perjudicado por las obras ejecutadas efectuadas, presentando la denuncia en el juzgado.

Del resultado de su iniciativa, como comprenderás, dependerá de lo que el juez considere procedente.
12/04/2010 12:31
Efectivamente, lo que pone en el cetificado es que la comunidad de vecinos lo consiente, de acuerdo a documentos que obran en su poder.
La comunidad no se inclina ni hacia un lado ni hacia el otro, y por su puesto, no se va a elaborar ningún documento dándo la razón a nadie, porque lo que el documento que necesitaba el perjudicado para entregar en el ayuntamieno, nunca se va a redactar. Así pues, solo queda el Juez. A ver que pasa, y si es que al final lo lleva a un juzgado. ¿Y qué puede costar, un abogado, peritos, procuradores, y si perdes las costas?