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Muerte accidente laboral

2 Comentarios
 
Muerte accidente laboral
08/03/2005 18:53
Un familiar mio murio en un accidente laboral, quisiera saber si la empresa tiene responsabilidad penal si tenemos pruebas para demostrar que no se llevo a la practica totalmente la prevencion de riesgos laborales.
08/03/2005 19:14
Hola.

Lo primero que deberas hacer es presentar una denuncia ante la insepccion de trabajo para que verifique si se ha cumplido lo exigido por la ley de prevencion de riesgos laborales, si el trabajador había recibido la formacion adecuada a su puesto etc. Aunque lo normal es que ya esté actuando dado que cuando se produce una accidente muy grave y este por su resultado lo fue, la emspresa debe comunicar a la insepccion de trabajo tal accidente en un plazo de 48 horas.

De todos modos. ya sea por tu denuncia ya sea por la actuacion de la inspeccion por el comunicado de la empresa,intenta hacerte con una copia de lo actuado y si la empresa fue sancionada por algún incumplimiento tendrías un buen trecho del camino andado en todas las reclamaciones que plantees.

Si se peoduce esta circunstancia, ademas de la via penal, tienes otros derechos que te enumero:

a) Responsabilidad civil del empresario. Normalmente está cuberita esta responsabilidad por una póliza de seguros y tendrá que respondar por el daño causado. Una muerte debe rondar los 300.000 euros en funcion de diversos factores que haran que pueda ser mas o menos.

b) Comprueba si el convenio de emprea o sector prevee algun tipo de indemnizacion por fallecimiento en accidente (lo habitual es que si) y no tiene nada que ver con la responsabilidad civil. Exigela. las polizas de convenio lo habitual es que por muerte anden entre 18.000 y 24.000 euros. si es mas, pues lo que sea.

c) Recargo de prestaciones: A la viuda y/o huerfanos les queda una pensión. Pues bien, si no se han tomado las medidas adecuadas de seguridad, estas pensiones tienen un incremento que puede llegar hasta el 50% y que la empresa tiene que capitalizar ante la Seguridad Social y esta capitalizacion suele suponer mucho pero mucho dinero, dado que por ley está prohibido el aseguramiento de este recargo y debe salir del boslillo de la empresa o empresario.

d) Responsbilidad penal: El administrador o gerente y resto de personas que tuviesen relacion con el accidente y la inaplicacion de las medidas de seguridad exigidas podran ser demandados en la vía penal pudiendo imponerse una pena de hasta cuatro años de carcel.

Creo que lo mejor es que te pongas en manos de un buen laboralista con mucha experiencia e inicies las reclamaciones que procedan que excepto la penal, se pueden llevar todas por la vía laboral.

Saludos.
14/03/2005 09:40
Por una serie de irregularidades la inspeccion se hizo seis meses mas tarde y no ha puesto las prestaciones familiares ni ha sancionado a la empresa cuando si que refleja en su informe una serie de medidas a tomar y rectificar.
Y respecto a la indemnizacion quieren hacerlo como si fuera un accidente de trafico, eso es normal?
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Muerte accidente laboral
08/03/2005 18:53
Un familiar mio murio en un accidente laboral, quisiera saber si la empresa tiene responsabilidad penal si tenemos pruebas para demostrar que no se llevo a la practica totalmente la prevencion de riesgos laborales.
08/03/2005 19:14
Hola.

Lo primero que deberas hacer es presentar una denuncia ante la insepccion de trabajo para que verifique si se ha cumplido lo exigido por la ley de prevencion de riesgos laborales, si el trabajador había recibido la formacion adecuada a su puesto etc. Aunque lo normal es que ya esté actuando dado que cuando se produce una accidente muy grave y este por su resultado lo fue, la emspresa debe comunicar a la insepccion de trabajo tal accidente en un plazo de 48 horas.

De todos modos. ya sea por tu denuncia ya sea por la actuacion de la inspeccion por el comunicado de la empresa,intenta hacerte con una copia de lo actuado y si la empresa fue sancionada por algún incumplimiento tendrías un buen trecho del camino andado en todas las reclamaciones que plantees.

Si se peoduce esta circunstancia, ademas de la via penal, tienes otros derechos que te enumero:

a) Responsabilidad civil del empresario. Normalmente está cuberita esta responsabilidad por una póliza de seguros y tendrá que respondar por el daño causado. Una muerte debe rondar los 300.000 euros en funcion de diversos factores que haran que pueda ser mas o menos.

b) Comprueba si el convenio de emprea o sector prevee algun tipo de indemnizacion por fallecimiento en accidente (lo habitual es que si) y no tiene nada que ver con la responsabilidad civil. Exigela. las polizas de convenio lo habitual es que por muerte anden entre 18.000 y 24.000 euros. si es mas, pues lo que sea.

c) Recargo de prestaciones: A la viuda y/o huerfanos les queda una pensión. Pues bien, si no se han tomado las medidas adecuadas de seguridad, estas pensiones tienen un incremento que puede llegar hasta el 50% y que la empresa tiene que capitalizar ante la Seguridad Social y esta capitalizacion suele suponer mucho pero mucho dinero, dado que por ley está prohibido el aseguramiento de este recargo y debe salir del boslillo de la empresa o empresario.

d) Responsbilidad penal: El administrador o gerente y resto de personas que tuviesen relacion con el accidente y la inaplicacion de las medidas de seguridad exigidas podran ser demandados en la vía penal pudiendo imponerse una pena de hasta cuatro años de carcel.

Creo que lo mejor es que te pongas en manos de un buen laboralista con mucha experiencia e inicies las reclamaciones que procedan que excepto la penal, se pueden llevar todas por la vía laboral.

Saludos.
14/03/2005 09:40
Por una serie de irregularidades la inspeccion se hizo seis meses mas tarde y no ha puesto las prestaciones familiares ni ha sancionado a la empresa cuando si que refleja en su informe una serie de medidas a tomar y rectificar.
Y respecto a la indemnizacion quieren hacerlo como si fuera un accidente de trafico, eso es normal?