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Multa de 180 euros por cantar

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Multa de 180 euros por cantar
19/05/2007 10:26
El caso es que estando en Granada cuando saliamos de la zona adecuada por el ayuntamiento para hacer botellón saliamos cantando flamenco y se acercaron dos policias locales a decirnos que dejasemos de cantar y nos pidieron los dni, despues de ir al coche uno de los policias volvió con ellos y nos dijo que nos lo pasaramos bien esa noche pero q dejasemos de cantar.Bien; dos meses depues nos ha llegado a los cuatro que ibamos una sanción pecuniaria de 180 € por cantar en la via pública a las 2 de la mañana, no nos informaron de que nos estaban denunciando y la multa viene con una fecha totalmente diferente a cuando nos identificaron.¿Que podemos hacer para evitar pagar la multa?Soy estudiante de Telecomunicaciones y no tengo ningun tipo de ingreso .
19/05/2007 13:10
Típico de lo que últimamente se ve por todos lados: el abuso.
Procure justificar, acreditándolo como sea documentalmente, que ese día a esa hora estaba en otro lugar.
Recurra la propuesta de sanción que le acaban de notificar, siempre manifiestando que no estaba allí ese día y hora concreta pero que alega en contra porque debe defenderse de todo lo que dicen esos sujetos denunciantes.
Le habrán denunciado en base a alteración del orden público, etc. cosa que es fácil de rebatir ya que cantar no quiebra el orden público pues, se supone, los agentes no describen qué alteración se produjo en concreto (avalanchas, revueltas vecinales, destrozo de mobiliario público). En todo caso compruebe qué artículo han puesto como vulnerado y alegue en consecuencia.
Si conoce a algún abogado que se lo redacte él ya que para un profesional es fácil buscar algo de jurisprudencia que desmonte las patrañas que suelen concretar los agentes, siempre en apenas 2 líneas.
Otra boutade más. Suma y sigue.
19/05/2007 13:50
Gracias;
Os detallo la serie de barbaridades que vienen en las multas,eramos 4 los del grupo :
· A uno de mis compañeros cantantes dicen que estaba cometiendo el delito el 31 de Abril (teniendo Abril solo 30 dias) y pone por cantar y gritar en la via publica
·A mi me dicen q el infractor es Manuel Gonzalez llamandome yo Miguel Gonzalez pero la fecha en mi caso si esta bien
·A los otros dos no les ha llegado nada.

El articulo que vulneramos es uno que dice no poder cantar, gritar y demas en horario nocturno de 11:00 de la noche a 7:00 de la mañana, con las diferentes meteduras de pata en las denuncias hay algo que hacer, alguien me puede guiar en el escrito que escribir para alegar.Muchas gracias de nuevo
19/05/2007 14:04
Puede recurrir las sanciones por los defectos que menciona en ellas.
A kelkesiano le diré que probablemente las Ordenanzas Municipales de Granada contemplarán el cantar y gritar de madrugada como infracción y que no será preciso recurrir a ninguna alteración del orden público o infracción a la LO 1/92. Por otra parte vengo observando un cierto resentimiento hacia los CCFFS, acaso hay algún motivo en especial para ello, o simplemente cree en la maldad innata de los agentes de la autoridad?

Un cordial saludo.
19/05/2007 15:41
Le aconsejo que solicite se practiquen unas pruebas testificales en el procedimiento administrativo, (la Administración no las suele practicar nunca y es una causa de nulidad).
Pienso que la denuncia se la tendrían que haber dado en el acto. No habiéndolo hecho así, creo que esa es otra causa de indefensión que provocaría la nulidad.
Estoy de acuerdo con kelseniano que seguro, si uno se pone a estudiar la multa, le puede encontrar muchos defectos. Estoy de acuerdo con kelseniano que hay muchos abusos y QUE YA ESTÁ BIEN.
Respecto a kapitan, no es ninguna maldad innata, es simplemente que hay algunos agentes que se piensan que por pertenecer a las FCSE ya pueden hacer lo que les venga en gana. Que no todos, eh ....
19/05/2007 18:06
No creo que por no haberle dado la denuncia en el acto se le haya causado indefensión. Se da por notificada la sanción cuando se recibe la primera notificación.

Cuando haga el recurso el denunciado le llegará al denunciante y éste "testificará" de un modo u otro.

Ahora habría que ponerse en el lado de quienes sufren en sus carnes el no poder descansar por las noches porque hay quien para pasárselo bien ha de gritar y cantar de madrugada. Qué pensaríamos si la policía que debe velar por nuestro descanso no hiciera nada al respecto? También la criticaríamos.

Claro que hay algunos agentes que dejan mucho que desear, como médicos, electricistas, albañiles, abogados... El hecho de generalizar y presumir que "TODOS" o la mayoría son unos mentirosos confabuladores ya desacredita a quien lo dice.

Por último, repito, parece que se confunde una denuncia por una infracción administrativa a las ordenanzas municipales con un delito o infracción a la LO 1/92 y eso si que no debería suceder en este foro, sobre todo cuando quien lo confunde son los profesionales de la abogacía.

Un cordial saludo.
19/05/2007 19:10
Kapitán, estoy contigo.

No hay que perder la perspectiva chicos, una cosa es la posible defensa que se pueda tener, y le asesoremos, y otra es criticar a quienes han de velar por nuestro descanso.

Saludos.
19/05/2007 19:28
La situación fue más bien surrealista, saliamos de un recinto adecuado por el ayuntamiento para hacer botellón cantando sin levantar mucho la voz, se nos acercaron dos policias de unas formas un tanto raras como si estuviesemos matando a alguien, de echo nos asustamos pues creiamos que alguien intentaba atracarnos y que la cosa no iba con nosotros, en cuanto llegaron les pedimos disculpas educadamente.
Les preguntamos si ibamos a tener algun problema y nos dijeron que no :"seguir con la fiesta pero no armeis mucho lio" .No es una cosa más para recurrir el echo de que nos dijeran q no habia ningún problema y no nos avisaran de que estaban multandonos?MUCHAS GRACIAS A TODOS.
19/05/2007 19:32
Bradomin, los 180€ es para los cuatro o para cada uno?
19/05/2007 19:45
Para cada uno sólo han llegado dos cartas,pero ninguno cantaba más que otro y creemos que llegaran las dos restantes.GRACIAS
19/05/2007 20:14
¿EL propio Ayuntamiento habilita una zona de la población para el botellón?
Echa un vistazo a lo que sigue y si te parece después comentamos.
http://www.ruidos.org/Normas/alcohol.html
19/05/2007 20:21
Hay provincias cuyas Ordenanzas regulan estas situaciones del botellón, en las cuales los agentes pueden intervenir bebidas y envases utilizados en el botellón, pudiendo destruirlos. Además de sancionar severamente a las personas implicadas en dichas prácticas.

Te puedo decir de un Ayuntamiento que sanciona las infracciones leves con un máximo de 750 €, graves hasta 1500 € y muy graves hasta 3000€


19/05/2007 20:21
Vamos a ver. Está más claro que el agua que aquí no puede existir una denuncia penal, sino administrativa. En todos los procedimientos administrativos rigen las mismas garantías. Pegaré un artículo donde pone que las denuncias hay que notificarlas en el acto. No es de recibo que yo le diga a unas personas que se vayan, y luego por el camino decida otra cosa, y sancione, porque vivimos en una democracia, no en un Estado de Policía.

Vamos a ver. Aquí nadie dice que los policías son unos mentirosos confabuladores. Lo que se está poniendo sobre el tapete es el respeto a los derechos constitucionales.

Por supuesto que a mí me molesta que griten y canten por las noches. De hecho hace poco en mi barrio se lió una de mucho cuidado, porque tengo una zona de bares debajo y a las cuatro de la mañana nos sacaron a todos de la cama. Y a mí me jodió un huevo, porque al día siguiente tengo que trabajar. Y me hubiera gustado que la policía se hubiera presentado, porque no se presentó, pese a que varios vecinos la llamaron.

Pero ese no es el debate. El debate es que si yo canto por la noche Asturias Patria Querida, lo único que quiero es que si me sancionan, que me lo digan en el acto, que me entreguen una denuncia, que se identifiquen en la denuncia los policías que me han puesto la multa, que se me especifique qué infracción he cometido y por qué artículo se me está sancionando, y, por supuesto, que se me entregue la denuncia, donde se clarifica donde puede hacer alegaciones y donde me puedo defender.

Estamos en una democracia, sí o no?
19/05/2007 20:21
Gaia77 si está claro que esta penado cantar de 23:00 a 7:00 si eso lo sé, lo que no sé si puedo librarme de pagar esos 180 euros por que soy estudiante y no tengo ingresos, por que en la sanción no viene mi nombre si no el de Manuel y yo me llamo Miguel y por que al preguntarle a los agentes si habia algun problema(si nos estaban multando)nos dijeron q no q nos lo pasaramos bien y que la supuesta infracción fue a unos escasos 3 metros (el ancho de una calle) de la zona habilitada para el botellón.Gracias
19/05/2007 20:24
Además no estabamos bebiendo pues en ese caso entendería que nos multasen por beber fuera de la zona habilitada.
19/05/2007 20:31
Para mí esta denuncia tiene muchos flecos y seguro que usted podrá defenderse, Bradomin, siempre y cuando fuera así como usted lo cuenta, que no lo dudo. Un saludo.
19/05/2007 20:36
¿Qué te parece si entras a comprar algo, dejas el coche mal aparcado un momento en doble fila porque no tienes más remedio y cuando sales te encuentras la denuncia (el papel) en el parabrisas del coche? ¿Quién te ha informado de que se te va a denunciar?
El hecho es que ahí está el coche cuya identificación es su matrícula infringiendo alguna norma de circulación y te sancionan.
¿Cuál es la única forma de que no te sancionen? No infringiendo.
La primera labor de un agente, es informar a la persona que piensa sancionar de que lo que está haciendo está prohibido por las Ordenanzas y si hace caso omiso de la advertencia es cuando se sanciona, supongo.
Cuando te piden el carnet para identificarte no creo que sea para ver lo favorecido que has salido en la foto. Ahí te toman los datos y si te pasas, lo tienen muy fácil para rellenar el papel de la denuncia.

No sé si es democrático o no, anticonstitucional o no pero lo que sí me parece que revienta los derechos de otros ciudadanos es que quieras dormir y no puedas (a mí no me pasa pero lo entiendo) porque hay una centena de personas consumiendo alcohol, drogas y sustancias que alteran el comportamiento y que hace que la noche se convierta en un sinvivir para las personas que tienen derecho al descanso. Por eso he dicho antes que me parecía extraño que el propio Ayuntamiento permitiera que en una zona pública se llevara a cabo la práctica del botellón pues yo pensaba que no estaba permitido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
19/05/2007 20:48
¿Confundir Manuel con Miguel es base suficiente para recurrir una sanción cuando además consta el DNI y otros datos?
¿Y cómo va a decir que ese día y a esa hora estaba en otro lugar cuando los datos que tomaron de su carnet de Identidad confirman que fue esa persona la que identificaron en ese momento?
¿Le serviría de algo decir que no había consumido nada y no tiene recursos para poder pagar esa multa? Lo demás, decir que no ha cantado o que no era la persona que identificaron, particularmente no le veo mucho sentido.
19/05/2007 20:51
En las Ordenanzas que regulan el botellón de la localidad que te he mencionado cuyas sanciones oscilan entre 750 y 3000 €, dice lo siguiente:

"A la hora de establecer sanciones económicas, se tendrán en cuenta, entre otros, factores como la reincidencia, la existencia de daños materiales o personales, la trascendencia de la infracción cometida y la capacidad económica de la persona infractora"

19/05/2007 22:11
Pero a ver...estoy pidiendo una "defensa" a mi caso no un ataque Gaia77, estoy pidiendo que me aconsejen para si es posible no pagar la multa.
Se que lo que hice estuvo mal, también se que todos tenemos derecho al descanso pero lo que no se y no me has alumbrado ni un poquito es si hay alguna forma de recurrir a esta sanción.Gracias:)
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Multa de 180 euros por cantar
19/05/2007 10:26
El caso es que estando en Granada cuando saliamos de la zona adecuada por el ayuntamiento para hacer botellón saliamos cantando flamenco y se acercaron dos policias locales a decirnos que dejasemos de cantar y nos pidieron los dni, despues de ir al coche uno de los policias volvió con ellos y nos dijo que nos lo pasaramos bien esa noche pero q dejasemos de cantar.Bien; dos meses depues nos ha llegado a los cuatro que ibamos una sanción pecuniaria de 180 € por cantar en la via pública a las 2 de la mañana, no nos informaron de que nos estaban denunciando y la multa viene con una fecha totalmente diferente a cuando nos identificaron.¿Que podemos hacer para evitar pagar la multa?Soy estudiante de Telecomunicaciones y no tengo ningun tipo de ingreso .
19/05/2007 13:10
Típico de lo que últimamente se ve por todos lados: el abuso.
Procure justificar, acreditándolo como sea documentalmente, que ese día a esa hora estaba en otro lugar.
Recurra la propuesta de sanción que le acaban de notificar, siempre manifiestando que no estaba allí ese día y hora concreta pero que alega en contra porque debe defenderse de todo lo que dicen esos sujetos denunciantes.
Le habrán denunciado en base a alteración del orden público, etc. cosa que es fácil de rebatir ya que cantar no quiebra el orden público pues, se supone, los agentes no describen qué alteración se produjo en concreto (avalanchas, revueltas vecinales, destrozo de mobiliario público). En todo caso compruebe qué artículo han puesto como vulnerado y alegue en consecuencia.
Si conoce a algún abogado que se lo redacte él ya que para un profesional es fácil buscar algo de jurisprudencia que desmonte las patrañas que suelen concretar los agentes, siempre en apenas 2 líneas.
Otra boutade más. Suma y sigue.
19/05/2007 13:50
Gracias;
Os detallo la serie de barbaridades que vienen en las multas,eramos 4 los del grupo :
· A uno de mis compañeros cantantes dicen que estaba cometiendo el delito el 31 de Abril (teniendo Abril solo 30 dias) y pone por cantar y gritar en la via publica
·A mi me dicen q el infractor es Manuel Gonzalez llamandome yo Miguel Gonzalez pero la fecha en mi caso si esta bien
·A los otros dos no les ha llegado nada.

El articulo que vulneramos es uno que dice no poder cantar, gritar y demas en horario nocturno de 11:00 de la noche a 7:00 de la mañana, con las diferentes meteduras de pata en las denuncias hay algo que hacer, alguien me puede guiar en el escrito que escribir para alegar.Muchas gracias de nuevo
19/05/2007 14:04
Puede recurrir las sanciones por los defectos que menciona en ellas.
A kelkesiano le diré que probablemente las Ordenanzas Municipales de Granada contemplarán el cantar y gritar de madrugada como infracción y que no será preciso recurrir a ninguna alteración del orden público o infracción a la LO 1/92. Por otra parte vengo observando un cierto resentimiento hacia los CCFFS, acaso hay algún motivo en especial para ello, o simplemente cree en la maldad innata de los agentes de la autoridad?

Un cordial saludo.
19/05/2007 15:41
Le aconsejo que solicite se practiquen unas pruebas testificales en el procedimiento administrativo, (la Administración no las suele practicar nunca y es una causa de nulidad).
Pienso que la denuncia se la tendrían que haber dado en el acto. No habiéndolo hecho así, creo que esa es otra causa de indefensión que provocaría la nulidad.
Estoy de acuerdo con kelseniano que seguro, si uno se pone a estudiar la multa, le puede encontrar muchos defectos. Estoy de acuerdo con kelseniano que hay muchos abusos y QUE YA ESTÁ BIEN.
Respecto a kapitan, no es ninguna maldad innata, es simplemente que hay algunos agentes que se piensan que por pertenecer a las FCSE ya pueden hacer lo que les venga en gana. Que no todos, eh ....
19/05/2007 18:06
No creo que por no haberle dado la denuncia en el acto se le haya causado indefensión. Se da por notificada la sanción cuando se recibe la primera notificación.

Cuando haga el recurso el denunciado le llegará al denunciante y éste "testificará" de un modo u otro.

Ahora habría que ponerse en el lado de quienes sufren en sus carnes el no poder descansar por las noches porque hay quien para pasárselo bien ha de gritar y cantar de madrugada. Qué pensaríamos si la policía que debe velar por nuestro descanso no hiciera nada al respecto? También la criticaríamos.

Claro que hay algunos agentes que dejan mucho que desear, como médicos, electricistas, albañiles, abogados... El hecho de generalizar y presumir que "TODOS" o la mayoría son unos mentirosos confabuladores ya desacredita a quien lo dice.

Por último, repito, parece que se confunde una denuncia por una infracción administrativa a las ordenanzas municipales con un delito o infracción a la LO 1/92 y eso si que no debería suceder en este foro, sobre todo cuando quien lo confunde son los profesionales de la abogacía.

Un cordial saludo.
19/05/2007 19:10
Kapitán, estoy contigo.

No hay que perder la perspectiva chicos, una cosa es la posible defensa que se pueda tener, y le asesoremos, y otra es criticar a quienes han de velar por nuestro descanso.

Saludos.
19/05/2007 19:28
La situación fue más bien surrealista, saliamos de un recinto adecuado por el ayuntamiento para hacer botellón cantando sin levantar mucho la voz, se nos acercaron dos policias de unas formas un tanto raras como si estuviesemos matando a alguien, de echo nos asustamos pues creiamos que alguien intentaba atracarnos y que la cosa no iba con nosotros, en cuanto llegaron les pedimos disculpas educadamente.
Les preguntamos si ibamos a tener algun problema y nos dijeron que no :"seguir con la fiesta pero no armeis mucho lio" .No es una cosa más para recurrir el echo de que nos dijeran q no habia ningún problema y no nos avisaran de que estaban multandonos?MUCHAS GRACIAS A TODOS.
19/05/2007 19:32
Bradomin, los 180€ es para los cuatro o para cada uno?
19/05/2007 19:45
Para cada uno sólo han llegado dos cartas,pero ninguno cantaba más que otro y creemos que llegaran las dos restantes.GRACIAS
19/05/2007 20:14
¿EL propio Ayuntamiento habilita una zona de la población para el botellón?
Echa un vistazo a lo que sigue y si te parece después comentamos.
http://www.ruidos.org/Normas/alcohol.html
19/05/2007 20:21
Hay provincias cuyas Ordenanzas regulan estas situaciones del botellón, en las cuales los agentes pueden intervenir bebidas y envases utilizados en el botellón, pudiendo destruirlos. Además de sancionar severamente a las personas implicadas en dichas prácticas.

Te puedo decir de un Ayuntamiento que sanciona las infracciones leves con un máximo de 750 €, graves hasta 1500 € y muy graves hasta 3000€


19/05/2007 20:21
Vamos a ver. Está más claro que el agua que aquí no puede existir una denuncia penal, sino administrativa. En todos los procedimientos administrativos rigen las mismas garantías. Pegaré un artículo donde pone que las denuncias hay que notificarlas en el acto. No es de recibo que yo le diga a unas personas que se vayan, y luego por el camino decida otra cosa, y sancione, porque vivimos en una democracia, no en un Estado de Policía.

Vamos a ver. Aquí nadie dice que los policías son unos mentirosos confabuladores. Lo que se está poniendo sobre el tapete es el respeto a los derechos constitucionales.

Por supuesto que a mí me molesta que griten y canten por las noches. De hecho hace poco en mi barrio se lió una de mucho cuidado, porque tengo una zona de bares debajo y a las cuatro de la mañana nos sacaron a todos de la cama. Y a mí me jodió un huevo, porque al día siguiente tengo que trabajar. Y me hubiera gustado que la policía se hubiera presentado, porque no se presentó, pese a que varios vecinos la llamaron.

Pero ese no es el debate. El debate es que si yo canto por la noche Asturias Patria Querida, lo único que quiero es que si me sancionan, que me lo digan en el acto, que me entreguen una denuncia, que se identifiquen en la denuncia los policías que me han puesto la multa, que se me especifique qué infracción he cometido y por qué artículo se me está sancionando, y, por supuesto, que se me entregue la denuncia, donde se clarifica donde puede hacer alegaciones y donde me puedo defender.

Estamos en una democracia, sí o no?
19/05/2007 20:21
Gaia77 si está claro que esta penado cantar de 23:00 a 7:00 si eso lo sé, lo que no sé si puedo librarme de pagar esos 180 euros por que soy estudiante y no tengo ingresos, por que en la sanción no viene mi nombre si no el de Manuel y yo me llamo Miguel y por que al preguntarle a los agentes si habia algun problema(si nos estaban multando)nos dijeron q no q nos lo pasaramos bien y que la supuesta infracción fue a unos escasos 3 metros (el ancho de una calle) de la zona habilitada para el botellón.Gracias
19/05/2007 20:24
Además no estabamos bebiendo pues en ese caso entendería que nos multasen por beber fuera de la zona habilitada.
19/05/2007 20:31
Para mí esta denuncia tiene muchos flecos y seguro que usted podrá defenderse, Bradomin, siempre y cuando fuera así como usted lo cuenta, que no lo dudo. Un saludo.
19/05/2007 20:36
¿Qué te parece si entras a comprar algo, dejas el coche mal aparcado un momento en doble fila porque no tienes más remedio y cuando sales te encuentras la denuncia (el papel) en el parabrisas del coche? ¿Quién te ha informado de que se te va a denunciar?
El hecho es que ahí está el coche cuya identificación es su matrícula infringiendo alguna norma de circulación y te sancionan.
¿Cuál es la única forma de que no te sancionen? No infringiendo.
La primera labor de un agente, es informar a la persona que piensa sancionar de que lo que está haciendo está prohibido por las Ordenanzas y si hace caso omiso de la advertencia es cuando se sanciona, supongo.
Cuando te piden el carnet para identificarte no creo que sea para ver lo favorecido que has salido en la foto. Ahí te toman los datos y si te pasas, lo tienen muy fácil para rellenar el papel de la denuncia.

No sé si es democrático o no, anticonstitucional o no pero lo que sí me parece que revienta los derechos de otros ciudadanos es que quieras dormir y no puedas (a mí no me pasa pero lo entiendo) porque hay una centena de personas consumiendo alcohol, drogas y sustancias que alteran el comportamiento y que hace que la noche se convierta en un sinvivir para las personas que tienen derecho al descanso. Por eso he dicho antes que me parecía extraño que el propio Ayuntamiento permitiera que en una zona pública se llevara a cabo la práctica del botellón pues yo pensaba que no estaba permitido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
19/05/2007 20:48
¿Confundir Manuel con Miguel es base suficiente para recurrir una sanción cuando además consta el DNI y otros datos?
¿Y cómo va a decir que ese día y a esa hora estaba en otro lugar cuando los datos que tomaron de su carnet de Identidad confirman que fue esa persona la que identificaron en ese momento?
¿Le serviría de algo decir que no había consumido nada y no tiene recursos para poder pagar esa multa? Lo demás, decir que no ha cantado o que no era la persona que identificaron, particularmente no le veo mucho sentido.
19/05/2007 20:51
En las Ordenanzas que regulan el botellón de la localidad que te he mencionado cuyas sanciones oscilan entre 750 y 3000 €, dice lo siguiente:

"A la hora de establecer sanciones económicas, se tendrán en cuenta, entre otros, factores como la reincidencia, la existencia de daños materiales o personales, la trascendencia de la infracción cometida y la capacidad económica de la persona infractora"

19/05/2007 22:11
Pero a ver...estoy pidiendo una "defensa" a mi caso no un ataque Gaia77, estoy pidiendo que me aconsejen para si es posible no pagar la multa.
Se que lo que hice estuvo mal, también se que todos tenemos derecho al descanso pero lo que no se y no me has alumbrado ni un poquito es si hay alguna forma de recurrir a esta sanción.Gracias:)