Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Multa de haber - despiste en mi trabajo

2 Comentarios
 
Multa de haber - despiste en mi trabajo
03/06/2019 17:12
Hola, buenas tardes. Quería haceros una consulta sobre las multas de haber (descuento de sueldo en nómina) por error/despiste en la realización de mi trabajo. Os comento mi caso:

- Desde hace unas semanas, mi jefe viene amenazándome con que me va a descontar de mi nómina la sanción por un impuesto que presenté fuera de plazo. Todo viene por el modelo 202 (pago fraccionado del Impto. de sociedades) del 2P de 2.018 cuyo plazo de presentación finalizaba en octubre y yo se lo presenté en noviembre (1 mes fuera de plazo). Yo reconozco mi despiste. Fue culpa mía. Simplemente se me olvidó presentarlo y, cuando me di cuenta, ya había transcurrido 1 mes. El importe de la sanción es en torno a 70 €.
Una vez se lo comenté a mi jefe, que había sido un error mío y se lo había presentado 1 mes tarde, me dice que en cuanto llegue la sanción por el fuera de plazo, me lo va a descontar de mi nómina. Así pues, dicha sanción llegó hace unos días (repito, 70 €), y me lo volvió a recordar (aunque aún no lo ha hecho).

Así pues, he estado investigando en Internet y, según el artículo 58.3 dice: "No se podrán imponer sanciones que consistan en la reducción de la duración de las vacaciones u otra minoración de los derechos al descanso del trabajador o MULTA DE HABER."

Con lo cual, yo creo que más claro, el agua. No puede hacerlo. Recordar que trabajo de administrativo en una empresa que se dedica al transporte de mercancías por carreteras (no sé si nuestro convenio dice que sí puede hacerlo, pero lo dudo). De ese modo:

1º. - ¿Puede realmente mi jefe descontarme 70 € de mi nómina por ese despiste que tuve en mi trabajo?
2º. - En caso de que no pueda, ¿que sanción sí puede imponerme mi jefe por este caso?

Muchas gracias.
03/06/2019 18:09
Pdro1985
-Un convenio nunca puede contradecir el ET.
-Las multas de haber en el ámbito laboral están prohibidas
-Si le impone una sanción que conlleve una multa de haber y usted la recurre le levantarán la sanción y por tanto ya no cabe otro tipo de sanción por esos hechos.
-Si lo que hace su jefe es simplemente descontarle esos 70 € de la nómina a ver en concepto de qué se lo retiene en la nómina? Ninguno.
- Por otra parte la faltas hay que tipificar las y dependiendo de su gravedad prescriben
03/06/2019 18:15
Pdro1985
Plazos de prescripción:
- Faltas leves a los 10 días.
-Faltas graves a los 20 días.
-Faltas muy graves a los 60 dias.
Desde que la empresa tiene conocimiento de la misma y en todo caso, (lo sepa o no) a los 6 meses de la comisión de la falta.
Una vez notificada la falta procederán a su tipificación de acuerdo con el convenio y según la falta conllevará "X" sanción (nunca económica o pecuniaria).
Vamos su jefe está fuera de bolos.
Multa de haber - despiste en mi trabajo | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Multa de haber - despiste en mi trabajo

2 Comentarios
 
Multa de haber - despiste en mi trabajo
03/06/2019 17:12
Hola, buenas tardes. Quería haceros una consulta sobre las multas de haber (descuento de sueldo en nómina) por error/despiste en la realización de mi trabajo. Os comento mi caso:

- Desde hace unas semanas, mi jefe viene amenazándome con que me va a descontar de mi nómina la sanción por un impuesto que presenté fuera de plazo. Todo viene por el modelo 202 (pago fraccionado del Impto. de sociedades) del 2P de 2.018 cuyo plazo de presentación finalizaba en octubre y yo se lo presenté en noviembre (1 mes fuera de plazo). Yo reconozco mi despiste. Fue culpa mía. Simplemente se me olvidó presentarlo y, cuando me di cuenta, ya había transcurrido 1 mes. El importe de la sanción es en torno a 70 €.
Una vez se lo comenté a mi jefe, que había sido un error mío y se lo había presentado 1 mes tarde, me dice que en cuanto llegue la sanción por el fuera de plazo, me lo va a descontar de mi nómina. Así pues, dicha sanción llegó hace unos días (repito, 70 €), y me lo volvió a recordar (aunque aún no lo ha hecho).

Así pues, he estado investigando en Internet y, según el artículo 58.3 dice: "No se podrán imponer sanciones que consistan en la reducción de la duración de las vacaciones u otra minoración de los derechos al descanso del trabajador o MULTA DE HABER."

Con lo cual, yo creo que más claro, el agua. No puede hacerlo. Recordar que trabajo de administrativo en una empresa que se dedica al transporte de mercancías por carreteras (no sé si nuestro convenio dice que sí puede hacerlo, pero lo dudo). De ese modo:

1º. - ¿Puede realmente mi jefe descontarme 70 € de mi nómina por ese despiste que tuve en mi trabajo?
2º. - En caso de que no pueda, ¿que sanción sí puede imponerme mi jefe por este caso?

Muchas gracias.
03/06/2019 18:09
Pdro1985
-Un convenio nunca puede contradecir el ET.
-Las multas de haber en el ámbito laboral están prohibidas
-Si le impone una sanción que conlleve una multa de haber y usted la recurre le levantarán la sanción y por tanto ya no cabe otro tipo de sanción por esos hechos.
-Si lo que hace su jefe es simplemente descontarle esos 70 € de la nómina a ver en concepto de qué se lo retiene en la nómina? Ninguno.
- Por otra parte la faltas hay que tipificar las y dependiendo de su gravedad prescriben
03/06/2019 18:15
Pdro1985
Plazos de prescripción:
- Faltas leves a los 10 días.
-Faltas graves a los 20 días.
-Faltas muy graves a los 60 dias.
Desde que la empresa tiene conocimiento de la misma y en todo caso, (lo sepa o no) a los 6 meses de la comisión de la falta.
Una vez notificada la falta procederán a su tipificación de acuerdo con el convenio y según la falta conllevará "X" sanción (nunca económica o pecuniaria).
Vamos su jefe está fuera de bolos.