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Multa de hacienda

18 Comentarios
 
Multa de hacienda
19/12/2011 18:22
Buenas tardes: he estado leyendo vuestras consultas y tengo el mismo problema. Hacienda me dice que no reconoce mi vivienda habitual porque no estoy empadronada en ella. En mi caso no tengo que pagar, porque tenían que devolverme 1500 euros pero sólo me han devuelto 93 euros. Ya he interpuesto recurso ante hacienda pero me lo han desestimado y no sé si conseguiré algo recurriendo ante el TEA. He visto que hay una sentencia que establece unos mínimos de consumo de luz para reconocer esa vivienda como la habitual y mi problema es que yo sólo voy a dormir a mi casa, el resto del día estoy por ahí, por lo que mis consumos no son altos, son los mínimos. ¿Creeis que tengo posibilidad de ganar el recurso ante el TEA?. Agradezco mucho todos los consejo que me podais dar. Muchas gracias!!!
19/12/2011 19:39
Aparte del padron, existen prubas admitidas en derecho como pueden ser consumos etc... también si tuvieras hijos y los colegios están próximos, testigos etc... si no cosnta a tu nombre otra vivienda que sea de alquiler. En fin, es complicaso pero si tienes pruebas yo lo haría.
19/12/2011 19:46
Las pruebas admitidas las presenté en el recurso interpuesto ante hacienda, pero me han respondido que si no estoy empadronada, no tengo nada que hacer. El problema es que soy soltera y apenas estoy en casa, lo que no quiero es presentar recursos y que me digan que no por el bajo consumo de mis facturas, no sé si conocerás algún caso que hayan desestimado por eso.
Muchas gracias por contestar.
20/12/2011 20:19
La jurisprudencia de los tribunales acepta pruebas diferentes al empadronamiento (es pura lógica; lo que no tiene sentido es el criterio restrictivo de la administración). Por tanto, en la medida en que puedas justificar que es tu verdadera vivienda habitual donde resides efectivamente (aun teniendo bajos consumos), puedes tener opciones reales de éxito en el TEAR. Podemos ayudarte con tu recurso, saludos,
www.asesorum.es/fiscal
contacto@asesorum.es
20/12/2011 22:08
La TEA en estos momentos debe de tener orden estricta del gobierno de echarlo todo para atrás... porque cuesta Dios y ayuda ganar algo.

Ánimo!
20/12/2011 22:18
Eso mismo pienso yo, Vicky, que ahora mismo no te dan la razón por nada. Se basarán en los consumos mínimos o en cualquier otra cosa, pero no me darán la razón. No sé si me merece la pena intentarlo.
22/12/2011 21:12
Yo tengo el recurso en el Tear, hace 15 meses, pero como no te pueden dar la razón es si no peleas por lo que crees justo,,,,Por cierto ¿alguien me puede indicar que dice el art. 38 del Real Decreto legislativo 3/2004 que es el art. que me aplica a mí hacienda en tema de vivienda habitual?.Un saludo.
22/12/2011 21:28
Te pongo el enlace, así puedes leerlo tú mismo, pero creo que no dice nada de la vivienda habitual.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Derogadas/r4-rdleg3-2004.t2.html#a38
26/12/2011 21:01
Gracias Juan S, eso es lo que creemos el asesor al que acudí y yo, pero hacienda hace clara ref. a ese art. 38 para querer "limpiarme"por decirlo finamente una importante suma que estoy pagandoles cada mes porque así es la admón primero recurre pero mientras paga, y ahí ando hace 15 meses esperando que el tear me diga algo sobre el art. 38 que me dice Hacienda de porqué no considera la compra de mi vivienda actual y y vivienda habitual y posterior venta de la antigua vivienda habitual.
¿Por cierto si a mí me cobran unos intereses por esa deuda a partir del aÑO 2005 EL 5%, 2006 7%, 2007 EL 6,25% Y 2008 AL 2010 EL 5%, alguien sabe qué intereses tendrán que devolverme en caso que el tear me dé la razón?. Un saludo.
26/12/2011 21:17
Te pagarán el interés de demora de cada año.
Te pongo un enlace donde lo puedes ver:
http://www.reicaz.com/normaspr/tablasdi/tbldiner.htm
29/12/2011 20:42
He estado esta mañana en el Tear preguntando¿Y de lo mio qué? como decía el chiste.....pues bien tengo desde hace 15 meses como he dicho presentado el recurso y la contestación del funcionario: "ah del año 2010, pues aún estamos con los recursos del 2009." así que ha esperar.....
29/12/2011 22:20
buenas canta,

que quieres decir con el recurso, las alegaciones al tear? o la puesta de manifiesto de tu expediente para poder hacer las alegaciones? de que comunidad eres??

saludos,
29/12/2011 23:20
Hola Canta:

Hoy he estado leyendo una guía sobre como interponer estos recursos y dice que tienen un año máximo para resolver, que si en un año no te han notificado nada puedes considerarlo desestimado por silencio administrativo, ¿sabes si esto es así?
31/12/2011 20:23
Hace 15 meses ,el asesor al que recurrí hizo el recurso con las alegaciones correspondientes sobre el expte y deuda que me reclamaba hacienda al TEAR, por cierto lo primero a lo que hizo ref. es al famoso art.38 que indico en otro comentario y que nada tiene que ver con el tema de vivienda habitual, por lo cual es la propia Hacienda quien se ha equivocado al aplicarme el art......El funcionario que me atendió no me dijo nada de desestimaciones, sino simplemente que iban actualmente, resolviendo los recursos presentados del año 2009, y que me tocaba esperar hasta que me contestasen, Soy de Cantabria.Un saludo.
31/12/2011 20:26
Por cierto, lo que le pregunté fué el tema de si no notificaban en un año podía considerarse desestimado y me dijo que no, que esperase a que me informase, de todas las maneras le indiqué que si lo denegaban iría a la justicia porque creo estar con el derecho de que me quieran cobrar algo que no es coherente ni justo....Así que seguiré informando.
01/01/2012 10:51
Yo creo que te informó mal.
Si no te notifican en un año tienes dos opciones y puedes elegir la que quieras:
1.- Esperar a que resuelvan.
2.- Considerarlo denegado y acudir, si lo deseas, a la vía contencioso administrativa.
Lo que sí es cierto es que probablemente la vía contenciosa tarde más que el TEAR y además tiene su coste económico.
01/01/2012 14:00
Pero si no te contestan en un año.... ¿quiere decir que lo han desestimado o puede ser que contesten a los dos años pero lo estimen? Como tienen tanto retraso... no sé qué pensar.
01/01/2012 21:01
Si no te contestan en un año es que no lo han mirado. Por tanto, cuando contesten pueden estimarlo o desestimarlo, dependerá del fondo de la cuestión no del tiempo transcurrido.
05/02/2012 08:18
¿Aún estás a tiempo de contestar al requerimiento de hacienda? El padrón sólo vale a efectos estadísticos y electorales. Hay muchas sentencias que dicen que el padrón no vale para nada. Puedes demostrar que vives en la casa: por el recibo de luz, agua, teléfono, por la correspondencia que recibes del banco, etc. Hacienda puede decir misa.

Lo bueno es que si su argumentación es sólo que no estás empadronada, lo puedes echar para atrás, porque hay muchas sentencias al respecto. Y eso de los consumos mínimos es muy relativo. A ti nadie te manda gastar. Si no estás en casa no puedes gastar. Y hacienda no es quién para decirte cúando debes gastar de luz o de agua. Yo lo veo tremendamente fácil de recurrir. Yo he recurrido varios de ésos sin problemas.

Aunque no estés empadronada en el piso, al menos, habrás cambiado allí tu domicilio fiscal, ¿no?