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Multa de velocidad con margen de error mal aplicado. alegaciones desestimadas.

3 Comentarios
 
Multa de velocidad con margen de error mal aplicado. alegaciones desestimadas.
06/09/2023 17:30
Buenas tardes.

Fui multado en una ronda de Valencia capital con un radar móvil que estaba instalado en un vehículo. En el boletín figuraba que la velocidad máxima de la vía era de 50km/h, se me capta a 76km/h y se aplica la multa con 71km/h descontando tan solo 5 km/h de margen de error. La sanción es de 300€ y 2 puntos. Por lo que pude informarme en diversos canales, parece que el margen de error en vías de menos de 100km/h es de 7km/h. Si se aplicara este margen, conocido como "la regla del 7", la velocidad habría quedado en 69km/h, con una sanción de 100€ (50€ con pronto pago) y ninguna retirada de puntos.

Presenté alegaciones al respecto y me han venido desestimadas.

¿Me equivoqué y el margen si está bien aplicado? ¿O debería seguir peleando esto con recurso de reposición?

Me han comentado varias personas que las administraciones están actuando así, desestimando alegaciones y recursos sin pensárselo, porque poca gente acude a un contencioso. Y aun así, parece que algún juez ha considerado un vehículo parado como radar fijo, lo que cambia las reglas.

Un saludo y gracias.
06/09/2023 20:41
Lo del margen de 5 o 7 kms. no es asi, hasta donde yo se, depende de cada cinemometro, del margen de errorque tenga ese en concreto. No se si has pedido copia del certificado del cinemometro que sirvio de base para tu denuncia. Pero ¡¡ojo!! la mayoria tiene un margen negativo, esto es, arrojan una medicion inferior a la real, asi que facilmente estuvieras circulando incluso a mas... no lo se,, claro, ya te digo que habria que mirar el certificado. El margen de error suele venir en el reverso (en la pg. 2). Si lo pides tienen obligacion de darte copia (si aun estas en periodo de alegaciones)
08/09/2023 12:58
sarapiki
Sí, pedí el informe y por lo que entiendo el radar utilizado tiene 5 km/h de error. En ese caso estaría bien aplicado. Pero he leído varias noticias y preguntado en foros de radares en los que me dicen que se debería aplicar 7 km/h porque es lo que la DGT instruyó en su día. No sé, voy súper perdido con esto y no sé qué hacer.
08/09/2023 13:37
Que yo sepa, la DGT no publicó ninguna instruccion en ese sentido. Lo cierto es que en un principio, la DGT perdió muchos contenciosos por el tema del margen de error, hasta que se indicó a los abogados del estado cómo aplicar dicho margen y defenderlo en sala. La verdad que hace ya poco mas de un par de años que yo no llevo temas de Seguridad Vial, pero hasta entonces era como te digo. Ahora bien, tu denuncia entiendo que la tramita el Ayuntamiento, ya que por lo que dices fue en una via urbana. Ahi no se decirte como funciona el Ayuntamiento...
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Multa de velocidad con margen de error mal aplicado. alegaciones desestimadas.
06/09/2023 17:30
Buenas tardes.

Fui multado en una ronda de Valencia capital con un radar móvil que estaba instalado en un vehículo. En el boletín figuraba que la velocidad máxima de la vía era de 50km/h, se me capta a 76km/h y se aplica la multa con 71km/h descontando tan solo 5 km/h de margen de error. La sanción es de 300€ y 2 puntos. Por lo que pude informarme en diversos canales, parece que el margen de error en vías de menos de 100km/h es de 7km/h. Si se aplicara este margen, conocido como "la regla del 7", la velocidad habría quedado en 69km/h, con una sanción de 100€ (50€ con pronto pago) y ninguna retirada de puntos.

Presenté alegaciones al respecto y me han venido desestimadas.

¿Me equivoqué y el margen si está bien aplicado? ¿O debería seguir peleando esto con recurso de reposición?

Me han comentado varias personas que las administraciones están actuando así, desestimando alegaciones y recursos sin pensárselo, porque poca gente acude a un contencioso. Y aun así, parece que algún juez ha considerado un vehículo parado como radar fijo, lo que cambia las reglas.

Un saludo y gracias.
06/09/2023 20:41
Lo del margen de 5 o 7 kms. no es asi, hasta donde yo se, depende de cada cinemometro, del margen de errorque tenga ese en concreto. No se si has pedido copia del certificado del cinemometro que sirvio de base para tu denuncia. Pero ¡¡ojo!! la mayoria tiene un margen negativo, esto es, arrojan una medicion inferior a la real, asi que facilmente estuvieras circulando incluso a mas... no lo se,, claro, ya te digo que habria que mirar el certificado. El margen de error suele venir en el reverso (en la pg. 2). Si lo pides tienen obligacion de darte copia (si aun estas en periodo de alegaciones)
08/09/2023 12:58
sarapiki
Sí, pedí el informe y por lo que entiendo el radar utilizado tiene 5 km/h de error. En ese caso estaría bien aplicado. Pero he leído varias noticias y preguntado en foros de radares en los que me dicen que se debería aplicar 7 km/h porque es lo que la DGT instruyó en su día. No sé, voy súper perdido con esto y no sé qué hacer.
08/09/2023 13:37
Que yo sepa, la DGT no publicó ninguna instruccion en ese sentido. Lo cierto es que en un principio, la DGT perdió muchos contenciosos por el tema del margen de error, hasta que se indicó a los abogados del estado cómo aplicar dicho margen y defenderlo en sala. La verdad que hace ya poco mas de un par de años que yo no llevo temas de Seguridad Vial, pero hasta entonces era como te digo. Ahora bien, tu denuncia entiendo que la tramita el Ayuntamiento, ya que por lo que dices fue en una via urbana. Ahi no se decirte como funciona el Ayuntamiento...