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Multa por ruido pasándose en 1.6 db a las 00:15h

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Multa por ruido pasándose en 1.6 db a las 00:15h
25/04/2024 14:15
Buenas, el pasado martes estábamos 2 parejas adultas en Granada hablando (sin música ni nada) y no excesivamente alto en el salón de la casa (parecía de nueva construcción o reformada hace poco) de una de ellas cuando a las 00:20 llamaron 2 agentes a la puerta con una multa por ruido de 36.6db cuando lo permitido según ellos son 35db. Decían que habían estado midiendo en el piso de abajo midiendo durante un minuto. En la multa también aparecia escrito que escucharon tacones y es falso, ellos mismos vieron que teníamos zapatillas tipo Vans. No quisieron mostrarme la foto de la medición ya que dicen que la adjuntaran a la carta… Mi pregunta es: ¿podría pedir exactamente que mostraran los Metadatos de la foto EXIF que muestran hora exacta y localización por coordenadas de la foto tomada para recurrir en caso de que no aparezcan? La forma de comportarse de los agentes era un poco chulesca y como si estuvieran más de parte de los vecinos del piso inferior. También en la multa escrita va con los datos de uno de nosotros que no vive ni en la ciudad, pero no de la inquilina del apartamento ni tampoco la dirección del mismo. ¿Cuáles son las posibles formas de recurrir esta multa en esta situación? Muchísimas gracias por la información
27/04/2024 17:07
Sólo hay tres cosas a comprobar:

- Que según la normativa municipal el nivel máximo de ruido permitido a esa hora sea efectivamente de 35dBA.
- Que el sonómetro utilizado se ajuste a la normativa y que haya pasado las correspondientes revisiones.
- Que la medición se haya realizado conforme al procedimiento establecido en la citada normativa.

Por lo que he visto en la Ordenanza de Protección del Medio Ambiente Acústico de Granada, el límite de ruido por inmisión entre las 23 y las 7 horas es de 30 dBA en las habitaciones y de 35 dBA en los pasillos, cocina y aseos. Si lo relativo al sonómetro y la medición es correcto entonces la multa lo sería también.
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Multa por ruido pasándose en 1.6 db a las 00:15h

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Multa por ruido pasándose en 1.6 db a las 00:15h
25/04/2024 14:15
Buenas, el pasado martes estábamos 2 parejas adultas en Granada hablando (sin música ni nada) y no excesivamente alto en el salón de la casa (parecía de nueva construcción o reformada hace poco) de una de ellas cuando a las 00:20 llamaron 2 agentes a la puerta con una multa por ruido de 36.6db cuando lo permitido según ellos son 35db. Decían que habían estado midiendo en el piso de abajo midiendo durante un minuto. En la multa también aparecia escrito que escucharon tacones y es falso, ellos mismos vieron que teníamos zapatillas tipo Vans. No quisieron mostrarme la foto de la medición ya que dicen que la adjuntaran a la carta… Mi pregunta es: ¿podría pedir exactamente que mostraran los Metadatos de la foto EXIF que muestran hora exacta y localización por coordenadas de la foto tomada para recurrir en caso de que no aparezcan? La forma de comportarse de los agentes era un poco chulesca y como si estuvieran más de parte de los vecinos del piso inferior. También en la multa escrita va con los datos de uno de nosotros que no vive ni en la ciudad, pero no de la inquilina del apartamento ni tampoco la dirección del mismo. ¿Cuáles son las posibles formas de recurrir esta multa en esta situación? Muchísimas gracias por la información
27/04/2024 17:07
Sólo hay tres cosas a comprobar:

- Que según la normativa municipal el nivel máximo de ruido permitido a esa hora sea efectivamente de 35dBA.
- Que el sonómetro utilizado se ajuste a la normativa y que haya pasado las correspondientes revisiones.
- Que la medición se haya realizado conforme al procedimiento establecido en la citada normativa.

Por lo que he visto en la Ordenanza de Protección del Medio Ambiente Acústico de Granada, el límite de ruido por inmisión entre las 23 y las 7 horas es de 30 dBA en las habitaciones y de 35 dBA en los pasillos, cocina y aseos. Si lo relativo al sonómetro y la medición es correcto entonces la multa lo sería también.