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Multa por tener una antena, requirieron quitarla al administrador

4 Comentarios
 
Multa por tener una antena, requirieron quitarla al administrador
27/01/2020 20:02
A ver si alguien puede orientarse. En un piso en comunidad de vecinos, El Ayuntamiento requiere al administrador que se retiren en 30 días los cableados de antena de la fachada o pondrán multas coercitivas. Pero el administrador no se lo comunica a uno de los propietarios,. Según el porque debe dos cuotas y para avisar por teléfono o mail, ha de estar al día. Es válido el requerimiento al administrador de la finca, para en 30 retirar cableado de la fachada de todos? O tenían que haber requerido y avisado al propietario? días multar al propietario?. Que lo tienen ahí empadronado. Que podemos alegar ante la multa? Nada más se enteró el propietario retiro el cableado.
27/01/2020 21:09
jose__luis_82_
Con lo sencillo que es, pegar una fotocopia del requerimiento en una parte visible del portal y ascensores.
27/01/2020 21:48
jose__luis_82_
me extraña mucho que el ayuntamiento le haya requerido al administrador retirar unas antenas
eso se lo tiene que comunicar a la comunidad, dao que es imposible que el ayuntamiento conozca quien es el administrador.
y este lo que alega es lo más ,,,,,,,,,,,, no pongo nada para que no lo eliminen, pero creo que se entiende perfectamente, y ese administrador no tiene ni idea, deben de echarlo ya por incapacitado para ejercer dicho servicio.
preguntenlé en que art. de que ley figura tamaño dislate
27/01/2020 22:26
jose__luis_82_
En este caso, el Ayuntamiento SI conocía quien era el administrador, desconozco porque le requieren a el y no al propietario afectado,

Cuando ha llegado la sanción, al preguntar, solo tienen el requerimiento al administrador de fincas de la comunidad, - no al propietario-.

Por eso quiero preguntar si se puede recurrir, o un requerimiento del Ayuntamiento al administrador de la finca, y es legal, aunque no se entere el propietario afectado
29/01/2020 12:08
jose__luis_82_
Supongo que el ayuntamiento se lo habrá comunicado a la comunidad, ya que se trata de un elemento común, la fachada, y esta (seguramente el presidente) al administrador, para que se ocupe.
La comunidad (a través del administrador o del presidente) se podría haber curado en salud poniendo el papel, como dice Fuegracia, y pasarle así ya la pelota a cada propietario afectado.
Personalmente me abstengo de hacer valoraciones sin saber cómo ha sido esa notificación ni qué pasos se han dado.
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4 Comentarios
 
Multa por tener una antena, requirieron quitarla al administrador
27/01/2020 20:02
A ver si alguien puede orientarse. En un piso en comunidad de vecinos, El Ayuntamiento requiere al administrador que se retiren en 30 días los cableados de antena de la fachada o pondrán multas coercitivas. Pero el administrador no se lo comunica a uno de los propietarios,. Según el porque debe dos cuotas y para avisar por teléfono o mail, ha de estar al día. Es válido el requerimiento al administrador de la finca, para en 30 retirar cableado de la fachada de todos? O tenían que haber requerido y avisado al propietario? días multar al propietario?. Que lo tienen ahí empadronado. Que podemos alegar ante la multa? Nada más se enteró el propietario retiro el cableado.
27/01/2020 21:09
jose__luis_82_
Con lo sencillo que es, pegar una fotocopia del requerimiento en una parte visible del portal y ascensores.
27/01/2020 21:48
jose__luis_82_
me extraña mucho que el ayuntamiento le haya requerido al administrador retirar unas antenas
eso se lo tiene que comunicar a la comunidad, dao que es imposible que el ayuntamiento conozca quien es el administrador.
y este lo que alega es lo más ,,,,,,,,,,,, no pongo nada para que no lo eliminen, pero creo que se entiende perfectamente, y ese administrador no tiene ni idea, deben de echarlo ya por incapacitado para ejercer dicho servicio.
preguntenlé en que art. de que ley figura tamaño dislate
27/01/2020 22:26
jose__luis_82_
En este caso, el Ayuntamiento SI conocía quien era el administrador, desconozco porque le requieren a el y no al propietario afectado,

Cuando ha llegado la sanción, al preguntar, solo tienen el requerimiento al administrador de fincas de la comunidad, - no al propietario-.

Por eso quiero preguntar si se puede recurrir, o un requerimiento del Ayuntamiento al administrador de la finca, y es legal, aunque no se entere el propietario afectado
29/01/2020 12:08
jose__luis_82_
Supongo que el ayuntamiento se lo habrá comunicado a la comunidad, ya que se trata de un elemento común, la fachada, y esta (seguramente el presidente) al administrador, para que se ocupe.
La comunidad (a través del administrador o del presidente) se podría haber curado en salud poniendo el papel, como dice Fuegracia, y pasarle así ya la pelota a cada propietario afectado.
Personalmente me abstengo de hacer valoraciones sin saber cómo ha sido esa notificación ni qué pasos se han dado.