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multa trafico

3 Comentarios
 
Multa trafico
27/12/2009 11:27
buenos dias,

tengo la siguiente duda,

un chico que conduce un coche X estaba haciendo un examen en la facultad cierto dia. el coche esta a nombre de su madre, quien nunca lo conduce, solamente su hijo.
un dia le viene una denuncia a la madre en su domicilio por estacionar en doble fila, solicitando que identifiquen al conductor. ella identifica a su hijo (pero no hace copia de la identificacion por lo que no existe prueba de que realmente a hecho ese tramite).

el hijo asegura que no estaba en esa calle, que es imposible, que estaba en la facultad, de hecho el profesor le firma un justificante como que estaba haciendo un examen y nadie mas conduce ese vehiculo.

les llega la multa de nuevo a nombre de la madre (no del hijo que habia identificado) y ella presenta rec de reposicion, diciendo que ella no es la conductora (otra vez) y que es su hijo.

le contestan diciendo que nada de nada, a pagar y le dan dos meses para contencioso administrat.

al mes y poco cuando termina el plazo voluntario para pagar ya le envian la multa de nuevo con recargo.

quieren presentar demanda (por 150 euros de la multa mas el recargo)


como veis este tema???

entiendo que el recargo es normal, pues ha pasado el periodo voluntario... deberian de haber pagado y luego recurrir, no?

pero que pasa con la identificacion del conductor???

gracias
27/12/2009 11:53
Bajo mi parecer la consulta llega un poco tarde.
Lo que explicas del recargo, no lo entiendo, puesto que el recargo no se aplica a la cuantía de una infracción, hasta que finaliza el plazo de recursos por vía administrativa. Imagino que la cuantía con el descuento sería una, y al finalizar el plazo de pago voluntario, habrán comunicado la cuantía sin el descuento al que se podía haber acogido el denunciado si la pagara en 30 días de la notificación.

Para la próxima ocasión que pase algo similar, para tener una base legal para ir al contencioso si así lo quiere el denunciado, puedes pedir en alegaciones o en alguno de los recursos formulados que la administración te de pruebas de la presencia del vehículo en el lugar de la infracción, ya que aunque la palabra del agente da fe salvo prueba en contrario, también tienen obligación de aportar las pruebas que estimen necesaria, y así lo suelen hacer en este tipo de infracciones. Suelen tomar fotografía del vehículo para así demostrar la infracción.

Esto no es obligatorio, pero si el agente conoce su trabajo como suele pasar, para evitar posibles recursos, suelen tomar fotografías de las infracciones que cuentan con esta posibilidad. Mal estado neumáticos, estacionamientos, mal estado del vehículo etc.

Me parece, repito, que la consulta llega un poco tarde.

Un saludo y feliz año a todos.
27/12/2009 12:32
muchas gracias por tu respuesta, te comento...

efectivamente, el recargo lo es porque ya ha finalizado la via administrativa. se trata de ir al contencioso (por lo tanto, el recargo de la sancion lo es por ese motivo, no han pagado en periodo voluntario).

pero con los antecedentes que te he contado, es decir, simplemente existe una identificacion del conductor sin copia de envio, y un recursso de reposicion diciendo unicamente que se identifico al conductor tiempo atras y le siguen llegando a la propietaria las denuncias. no piden prueba ni nada de nada.

el tema es que el queme ha dado esto es un ricachon, que le gusta discutir con la administracion, en fin, que la sancion de 165 euros (150 mas 15 del recargo) no la quiere pagar por pensar que se han saltado requisito formal, y que niegan en rotundo haber estado alli con el vehiculo.
procedimiento con demanda y juicio costara 600 euros. asi que...

que se podria alegar en demanda con esos antecedentes?

gracias nuevamente.
28/12/2009 08:25
Si pudieras hacerte con copia del expediente, podrías alegar un defecto de forma en la tramitación del expediente. Pero si puedes hacerte con copia del mismo, porque al no tener justificante de identificación de conductor distinto del titular, no puedes demostrar nada. De todas formas, aún teniendo la copia, tendrías que comprobar que la identificación se hizo de forma correcta (con todos los datos), y en tiempo correcto.

Existen según dice algún forero (yo nunca lo he visto), alguna administración local, que en el documento de solicitud al titular, sobre la identificación del conductor, se hace mención de que en caso de no identificar al conductor, o en caso de que el titular sea el responsable, con el documento que se envía se da inicio al expediente, ofreciendo al titular-conductor los plazos previstos para alegaciones y recursos. Si este fuera el caso, y no se identifica en tiempo y forma al conductor, esa administración tomaría como conductor al titular. Esto no es conforme a derecho a mí entender, pero algún forero ha explicado que algunos ayuntamientos lo hacen de esta forma. La DGT, seguro que no.

Repito, lo primero hacerte con copia del expediente para comprobar los extremos de identificación que dice este señor. De todas formas, piensa que con el documento del profesor que firma y ratifica que el chaval o señor, estaba haciendo un examen a la hora de la presunta infracción, solo puedes demostrar que el chaval no estaba en el lugar, pero el coche podría estar en cualquier sitio. Por ese lado lo tienes crudo.

Solo veo posibilidad si tienes acceso o consigues copia del expediente.