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¡¡ muy interesante !!
02/03/2003 09:52
La problematica es la siguiente:
Pertenezco a una sociedad limitada laboral en la que existen dos socios trabajadores que nos hacen la vida imposible. Han denunciado a la empresa ante los organos de trabajo y de bienestar social. Dichas denuncias no han prosperado. Además dichos trabajadores son representantes sindicales. Recientemente se ha celebrado una asamblea para revocar sus cargos y el resultado a sido mayoritario para la revocación.

Mi pregunta es ¿ existe alguna legislación especifica para poder excluir a estos socios de la sociedad? ¿ Se les podría demandar por daños morales o mobing ? ¿ Cómo nos los podriamos quitar de encima ?
06/05/2003 17:58
Si la revocación es correcta lo único que queda es extinguir los contratos de trabajo, pues en este caso los socios trabajadores están obligados a ofrecer sus participaciones (Ley 4/1997 de Sociedades Laborales).
Cómo extingáis esos contratos, por ejemplo mediante un despido procedente (lo más idóneo), es otra cuestión.
Además, para curarme en salud, yo miraría los estatutos de la sociedad para evitarme cualquier sorpresa (v.g. clausulas de prohibición).
06/05/2003 18:00
Si la revocación es correcta lo único que queda es extinguir los contratos de trabajo, pues en este caso los socios trabajadores están obligados a ofrecer sus participaciones (Ley 4/1997 de Sociedades Laborales).
Cómo extingáis esos contratos, por ejemplo mediante un despido procedente (lo más idóneo), es otra cuestión.
Además, para curarme en salud, yo miraría los estatutos de la sociedad para evitarme cualquier sorpresa (v.g. clausulas de prohibición).
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Pertenezco a una sociedad limitada laboral en la que existen dos socios trabajadores que nos hacen la vida imposible. Han denunciado a la empresa ante los organos de trabajo y de bienestar social. Dichas denuncias no han prosperado. Además dichos trabajadores son representantes sindicales. Recientemente se ha celebrado una asamblea para revocar sus cargos y el resultado a sido mayoritario para la revocación.

Mi pregunta es ¿ existe alguna legislación especifica para poder excluir a estos socios de la sociedad? ¿ Se les podría demandar por daños morales o mobing ? ¿ Cómo nos los podriamos quitar de encima ?
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Si la revocación es correcta lo único que queda es extinguir los contratos de trabajo, pues en este caso los socios trabajadores están obligados a ofrecer sus participaciones (Ley 4/1997 de Sociedades Laborales).
Cómo extingáis esos contratos, por ejemplo mediante un despido procedente (lo más idóneo), es otra cuestión.
Además, para curarme en salud, yo miraría los estatutos de la sociedad para evitarme cualquier sorpresa (v.g. clausulas de prohibición).
06/05/2003 18:00
Si la revocación es correcta lo único que queda es extinguir los contratos de trabajo, pues en este caso los socios trabajadores están obligados a ofrecer sus participaciones (Ley 4/1997 de Sociedades Laborales).
Cómo extingáis esos contratos, por ejemplo mediante un despido procedente (lo más idóneo), es otra cuestión.
Además, para curarme en salud, yo miraría los estatutos de la sociedad para evitarme cualquier sorpresa (v.g. clausulas de prohibición).