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Nacionalidad española y sudafricana

2 Comentarios
 
Nacionalidad española y sudafricana
10/01/2022 13:40
Buenas tardes:
Soy nacido en Sudáfrica en 1970 de padres españoles que en aquella época residían allí por trabajo, vivieron 12 años en el país. Mi nacionalidad es Española pues en 1975 mis padres regresaron a España. Tuve y conservo pasaporte sudafricano (de cuando era niño) Y actualmente quiero adquirir la doble nacionalidad.
¿Tengo alguna posibilidad de conseguir la? ¿Debo renunciar a la nacionalidad española en caso de conseguir también la sudafricana?
¿Que me aconsejan hacer?
Muchas gracias, saludos
11/01/2022 02:10
Nistal
Hola:

1.- Si nació de padres españoles, usted es español de origen de acuerdo con lo previsto en el Código Civil, siendo a estos efectos indiferente el lugar del nacimiento y lo que pudiera prever la legislación del país de nacimiento con relación a la atribución de su nacionalidad (que si es un país que sigue el ius soli sin restricciones, cualquier persona que nazca en su territorio tendrá atribuida su nacionalidad).

Conviene tener presente, de entrada, que la regulación de la nacionalidad es materia de competencia exclusiva de cada Estado, es inherente a la soberanía estatal la determinación en su ordenamiento jurídico de quiénes son sus nacionales. De modo que sólo se puede determinar si un sujeto es y continúa siendo nacional de un Estado exclusivamente a la luz de la legislación de ese Estado.

Si tuvo atribuidas ambas nacionalidades desde su nacimiento, porque las legislaciones de ambos países se la atribuyeron de acuerdo con su legislación y no se ha hallado en alguna causal prevista en la legislación de cualquiera de los dos países para que se produzca la pérdida de la nacionalidad, sigue conservando ambas nacionalidades.

La pérdida de la nacionalidad de un Estado se rige exclusivamente por la legislación de ese Estado y a ella hay que remitirse para determinarlo. Y mientras la persona nacional de un Estado no se halle en alguna causal de pérdida prevista en la legislación de ese Estado, conserva la nacionalidad de ese Estado. Aquí conviene tener presente que así como hay Estados que prevén en sus legislaciones causales tasadas para que se produzca la pérdida de su nacionalidad (como es el caso de España), hay también Estados que expresamente no permiten la pérdida de su nacionalidad o simplemente no han previsto esa posibilidad.

En el caso de la nacionalidad española sólo se pierde por alguna de las causales previstas en el art. 24 del Código Civil y las tres causales tienen como denominador común el que la persona de nacionalidad española resida habitualmente en el extranjero.

2.- Si usted reside habitualmente en España y conserva en su pasaporte sudafricano, debe exponer los hechos al consulado de Sudáfrica acreditado en España y consultar si, de acuerdo con la legislación de ese país, usted ha conservado la nacionalidad sudafricana o si acaso pudiera haberla perdido por alguna causal prevista expresamente en la legislación de ese país. Si la ha conservado, simplemente le será renovado su pasaporte como cualquier nacional de ese país. Pero si la hubiera perdido, le tendrán que informar si existe legalmente la posibilidad de recuperarla y las condiciones y el procedimiento a seguir para lograrlo.

Si usted hubiera conservado la nacionalidad sudafricana, no estaría adquiriendo la nacionalidad porque ya la tuvo atribuida desde el nacimiento. Simplemente estaría siendo documentado con un pasaporte como nacional de ese país, del que ha sido nacional desde el nacimiento y nunca ha dejado de serlo.

Le paso el enlace hacia la página web de la Embajada de Sudáfrica en Madrid:

http://www.dirco.gov.za/madrid/en/consularservices.html

Un cordial saludo.
11/01/2022 12:40
Buenos días:
Muchísimas gracias por su tiempo e información, me es de gran ayuda para intentar resolver este asunto.
Me pondré en contacto con la embajada y les remitiré la documentación que obra en mi poder explicando mi caso. El pasaporte sudafricano, tiene muchos años, pues es de cuando era niño, pero en aquel momento es evidente que tuve la doble nacionalidad. Veremos si la he conservado o no de acuerdo a la legislación actual de South África, que, por otra parte, tengo entendido, ha cambiado bastante en los últimos 20 años con la desaparición del apartheid.
Reitero mi gratitud por su tiempo y respuesta. Saludos cordiales.
Nacionalidad española y sudafricana | PorticoLegal
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Nacionalidad española y sudafricana
10/01/2022 13:40
Buenas tardes:
Soy nacido en Sudáfrica en 1970 de padres españoles que en aquella época residían allí por trabajo, vivieron 12 años en el país. Mi nacionalidad es Española pues en 1975 mis padres regresaron a España. Tuve y conservo pasaporte sudafricano (de cuando era niño) Y actualmente quiero adquirir la doble nacionalidad.
¿Tengo alguna posibilidad de conseguir la? ¿Debo renunciar a la nacionalidad española en caso de conseguir también la sudafricana?
¿Que me aconsejan hacer?
Muchas gracias, saludos
11/01/2022 02:10
Nistal
Hola:

1.- Si nació de padres españoles, usted es español de origen de acuerdo con lo previsto en el Código Civil, siendo a estos efectos indiferente el lugar del nacimiento y lo que pudiera prever la legislación del país de nacimiento con relación a la atribución de su nacionalidad (que si es un país que sigue el ius soli sin restricciones, cualquier persona que nazca en su territorio tendrá atribuida su nacionalidad).

Conviene tener presente, de entrada, que la regulación de la nacionalidad es materia de competencia exclusiva de cada Estado, es inherente a la soberanía estatal la determinación en su ordenamiento jurídico de quiénes son sus nacionales. De modo que sólo se puede determinar si un sujeto es y continúa siendo nacional de un Estado exclusivamente a la luz de la legislación de ese Estado.

Si tuvo atribuidas ambas nacionalidades desde su nacimiento, porque las legislaciones de ambos países se la atribuyeron de acuerdo con su legislación y no se ha hallado en alguna causal prevista en la legislación de cualquiera de los dos países para que se produzca la pérdida de la nacionalidad, sigue conservando ambas nacionalidades.

La pérdida de la nacionalidad de un Estado se rige exclusivamente por la legislación de ese Estado y a ella hay que remitirse para determinarlo. Y mientras la persona nacional de un Estado no se halle en alguna causal de pérdida prevista en la legislación de ese Estado, conserva la nacionalidad de ese Estado. Aquí conviene tener presente que así como hay Estados que prevén en sus legislaciones causales tasadas para que se produzca la pérdida de su nacionalidad (como es el caso de España), hay también Estados que expresamente no permiten la pérdida de su nacionalidad o simplemente no han previsto esa posibilidad.

En el caso de la nacionalidad española sólo se pierde por alguna de las causales previstas en el art. 24 del Código Civil y las tres causales tienen como denominador común el que la persona de nacionalidad española resida habitualmente en el extranjero.

2.- Si usted reside habitualmente en España y conserva en su pasaporte sudafricano, debe exponer los hechos al consulado de Sudáfrica acreditado en España y consultar si, de acuerdo con la legislación de ese país, usted ha conservado la nacionalidad sudafricana o si acaso pudiera haberla perdido por alguna causal prevista expresamente en la legislación de ese país. Si la ha conservado, simplemente le será renovado su pasaporte como cualquier nacional de ese país. Pero si la hubiera perdido, le tendrán que informar si existe legalmente la posibilidad de recuperarla y las condiciones y el procedimiento a seguir para lograrlo.

Si usted hubiera conservado la nacionalidad sudafricana, no estaría adquiriendo la nacionalidad porque ya la tuvo atribuida desde el nacimiento. Simplemente estaría siendo documentado con un pasaporte como nacional de ese país, del que ha sido nacional desde el nacimiento y nunca ha dejado de serlo.

Le paso el enlace hacia la página web de la Embajada de Sudáfrica en Madrid:

http://www.dirco.gov.za/madrid/en/consularservices.html

Un cordial saludo.
11/01/2022 12:40
Buenos días:
Muchísimas gracias por su tiempo e información, me es de gran ayuda para intentar resolver este asunto.
Me pondré en contacto con la embajada y les remitiré la documentación que obra en mi poder explicando mi caso. El pasaporte sudafricano, tiene muchos años, pues es de cuando era niño, pero en aquel momento es evidente que tuve la doble nacionalidad. Veremos si la he conservado o no de acuerdo a la legislación actual de South África, que, por otra parte, tengo entendido, ha cambiado bastante en los últimos 20 años con la desaparición del apartheid.
Reitero mi gratitud por su tiempo y respuesta. Saludos cordiales.