Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Nacionalidad para niña de 18 meses de padres pakistaníes

4 Comentarios
 
Nacionalidad para niña de 18 meses de padres pakistaníes
21/02/2020 09:28
Buenos días,

¿Qué documentación necesita una niña de 18 meses nacida en España de padres Pakistaníes?

Se puede presentar telemáticamente la solicitud de nacionalidad.

A ver si alguien puede ayudarme.

Gracias!
21/02/2020 16:34
MiAbogado
La solicitud de nacionalidad es muy recomendable hacerla telemáticamente, para evitar dilaciones innecesarias. La información pormenorizada está en https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/ciudadanos/tramites-gestiones-personales/nacionalidad-residencia
21/02/2020 17:25
MiAbogado
Hola:

1.- Si la menor ha nacido en España, puede solicitar la nacionalidad española por residencia luego de UN AÑO de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Si al menos uno de los progenitores era residente legal en España al momento del nacimiento de la menor, se entiende que la menor adquirió DESDE EL NACIMIENTO la misma autorización de residencia del progenitor que la tuviera. Pero deben haber solicitado el reconocimiento de esta situación ante la Subdelegación del Gobierno en la provincia y luego la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero.

2.- Cuando se trata de menores de 14 años de edad, es necesario primeramente llevar a cabo el procedimiento de autorización a los progenitores para que presenten la solicitud de nacionalidad española por residencia. Este procedimiento se lleva a cabo ante el encargado del Registro Civil del municipio donde esté domiciliada la menor, en el que deberá contarse con el parecer del Ministerio Fiscal y se resolverá atendiendo al interés superior de la menor. El expediente finaliza con un AUTO en el que el juez encargado del Registro Civil autoriza a los progenitores para la presentación de la solicitud de nacionalidad española por residencia.

3.- La solicitud es recomendable que se presente por vía telemática, a través de la página web de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Cuando se trata de menores nacidos en España que tengan menos de 14 años de edad al momento de la solicitud, es necesario aportar:

- Pasaporte en vigor completo del país de nacionalidad.

- Tarjeta de identidad de extranjero en vigor ( podría no aportársela porque se consultan de oficio los datos relativos a la residencia en España que constan en poder de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de la Dirección General de la Policía del Ministerio del Interior).

- Certificado literal de nacimiento del Registro Civil español y del país de nacionalidad ( con Apostilla o legalización, según corresponda).

- Auto del encargado del Registro Civil por el cual se autoriza a los progenitores para presentar la solicitud de nacionalidad española por residencia en nombre y representación del menor.

- Tarjeta de identidad de extranjero de los progenitores.

- Comprobante de pago de la tasa de nacionalidad ( 102 euros).

No es necesario aportar el certificado de empadronamiento, porque eso lo consultan de oficio, pero nada impide aportarlo.

Al ser menor de edad, no es exigible certificado de antecedentes penales, ni tampoco haber rendido los exámenes de español para extranjeros nivel A2 y de conocimientos sociales, culturales y constitucionales. Y como todavía no está en edad escolar, tampoco es necesario aportar la certificación del centro de estudios donde esté escolarizado.

Un cordial saludo.
22/02/2020 18:51
Condedecartagena
Muchas gracias Condedecartagena por tu detallada respuesta.

Yo quiero presentar telemáticamente la solicitud de nacionalidad de la niña como "Representante voluntario" igual que se hace con un adulto. El adulto simplemente firma una "designación de representante" que adjunto a la solicitud y así puedo hacer la presentación telemática con mi DNI electrónico.

Mi duda es que al ser una menor, los padres necesitan la autorización previa del encargado del Registro Civil como bien dices. Pero la autorización es para LOS PADRES, no para mi.

Entonces, ¿cómo podría ayudarles posteriormente a presentar telemáticamente la solicitud de la niña en nombre de los padres?

¿Tendrían que incluirme a mi también en el auto del juez?

¿O simplemente cuando los padres tienen dicha autorización me firman a mi el papel de "designación de representante" como en cualquier solicitud normal de adultos?

No se si me estoy explicando...

Gracias de nuevo por tu ayuda.
23/02/2020 17:33
MiAbogado
Hola :

1.- La autorización del juez encargado del Registro Civil es para EL REPRESENTANTE LEGAL del menor de 14 años, que son los progenitores del menor, que son quienes deben presentar la solicitud en nombre y representación del menor de 14 años ( art. 21.3.c) del Código Civil, que se remite al art. 20 en lo relativo a la autorización del encargado del Registro Civil).

2.- Sin embargo, los progenitores del menor de 14 años de edad, como sus representantes legales, pueden, a su vez, actuar en un procedimiento administrativo a través de representante, conforme lo establece el art. 5. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Y el procedimiento de nacionalidad española por residencia es un procedimiento administrativo, por lo cual, es posible actuar por medio de representante. Ahora bien : la representación debe constar por escrito, firmada por ambos representantes legales del menor a favor de la persona a la que designan como representante y debe ser escaneada y adjuntada al expediente. No es preceptivo que sea otorgada por escritura pública, pero nada obsta que se lo haga por medio de ella si así lo desean y les parece mejor ( pero tiene un coste económico que bien podrían ahorrarse).

Cuando se entra en la página web de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia para presentar la solicitud de nacionalidad española por residencia ya se pregunta si se actúa como interesado o como representante y luego, entre la lista de documentos a adjuntar, aparece el documento de designación de representante, que debe adjuntarse si se actúa en esa calidad.

Un cordial saludo.