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Nacionalidad por nacimiento

2 Comentarios
 
Nacionalidad por nacimiento
perfil Anónimo
13/09/2016 12:25
Buenas,por favor necesito informacion.
Yo rusa mi pareja ucraniano no estamos casados,yo no tengo tarjeta de residencia .
El lo tenia ,esta caducada ahora.
En 2015 ha nacido nuestra hija. Ahora va cumplir un año. No tiene ningun documento aparte de libro de familia,tampoco tiene nacionalidad. Ahora me entere que se puede pedir nacionalidad por nacimiento. Pero me disen que hay que estar legal en españa . Que debo hacer? Es pocible hacer ha la niña nacionalidad española? Gracias...
13/09/2016 20:12
Anónimo
Hola:

La menor, teniendo en cuenta las nacionalidades de sus progenitores, no es española de origen, pues las legislaciones nacionales de ambos sí atribuyen a los hijos de sus nacionales su nacionalidad desde el nacimiento, independientemente del lugar de nacimiento. No se puede aplicar, por tanto, lo previsto en el art. 17.1, letra c del Código Civil español (nacionalidad española de origen con valor de simple presunción).

Para que pueda solicitarse la nacionalidad española por residencia, luego de sólo un año de residencia, que es posible para los extranjeros nacidos en España, es necesario que la persona haya sido RESIDENTE LEGAL. Y residente legal es la persona extranjera titular deuna autorización administrativa para residir en España. Los menores de edad extranjeros nacidos en España adquieren automáticamente, desde su nacimiento, la misma autorización de residencia de la que sea titular cualquiera de sus progenitores, pero han de solicitarla oportunamente, a fin de que le sea expedida la correspondiente tarjeta de identidad de extranjero.

En síntesis, cuando un menor hijo de padres extranjeros nace en España y resulta extranjero, el procedimiento es el siguiente:

- Se inscribe el nacimiento del menor en el Registro Civil español.

- Luego se solicita la inscripción del nacimiento del menor en el Registro Civil del Consulado del país cuya legislación le haya atribuido su nacionalidad de forma automática e incondicional desde el nacimiento.

- Después se ha de solicitar que le sea expedido pasaporte al menor en el mismo Consulado.

- Finalmente, el progenitor que sea titular de una autorización de residencia en España, ha de solicitar que le sea reconocida la adquisición automática de su misma autorización de residencia al menor y la expedición de la correspondiente tarjeta de identidad de extranjero (competencias de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia y de la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, respectivamente).

Para que pueda solicitarle la nacionalidad española por residencia, debe haber transcurrido un año completo de RESIDENCIA LEGAL en España y como ha quedado indicado, tal residencia legal debe estar documentada por una tarjeta de identidad de extranjero, que se expide a partir de una resolución administrativa que reconoce o concede la correspondiente autorización.

Un cordial saludo.
perfil Anónimo
14/09/2016 23:43
Condedecartagena
Muchas gracias por responderme. Ahora ya lo se que hay que hacer.