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nacionalidad y falta de medios

3 Comentarios
 
Nacionalidad y falta de medios
14/02/2014 11:33
Buenos días, en primer lugar felicitarles por la web, que sirve de gran ayuda a muchas personas.

Queria consultar si es posible que nieguen la nacionalidad a mi marido por falta de medios economicos ya que no recibe ingreso alguno. Las circunstancias son:
- casado con española (yo) y residente en españa desde 2011
- tenemos un hijo nacido en España en 2011
- sin antecedentes penales y con varios cursos realizados en España
- no ha trabajado en España ni cuenta con ayudas, aunque realiza trabajos esporádicos (sin contrato) que desconozco si es conveniente que hable de ello.
-yo , su esposa, cuento con la ayuda familiar de 426e y una pensión de alimentos por matrimonio anterior (200e). También realizo trabajos esporádicos (sin contrato).
- mi esposo es de origen peruano y conoce la lengua española y podría responder adecuadamente a la entrevista sobre cuestiones de España

Tenemos cita para presentar la solicitud en diciembre y deseamos informarnos de cualquier obstáculo que pudiera acontecer, según nuestra situación.
Muchas gracias por la información.
14/02/2014 16:38
Hola.

Sobre recursos económicos en trámite de nacionalidad española, ya se ha discurrido varias veces en este foro.

El Reglamento de Registro Civil%2
14/02/2014 16:41
Hola.

Sobre recursos económicos en trámite de nacionalidad española, ya se ha discurrido varias veces en este foro.

El Reglamento de Registro Civil, que es donde viene regulado el procedimiento de adquisición de nacionalidad española, es sumamente genérico y vago en lo que respecta a medios de vida. Apenas hace una referencia indicando que debe presentarse MEDIOS DE VIDA CON LOS QUE SE CUENTE.

Y dentro de medios de vida, puede comprenderse recursos procedentes de cualquier origen lícito: trabajo por cuenta ajena, trabajo por cuenta propia, percepción de prestaciones contributivas y no contributivas de la Seguridad Social, percepción de ayudas sociales, rentas o ahorros, ingresos desde el extranjero, etc. .

Cuando se trata de cónyuges, es posible que se declare como medios de vida el vivir a cargo del otro cónyuge. Y el otro cónyuge será quien deberá aportar sus medios de vida.

No es conveniente que diga que realiza trabajos esporádicos sin contrato, porque podría jugar en contra como mala conducta cívica (uno de los requisitos que también debe cumplirse es haber observado buena conducta cívica y tener suficiente grado de integración en la sociedad española y trabajar en la economía informal, aunque se pueda entender y justificar en la vida real, formalmente, en este procedimiento, puede ser tenido en cuenta como una mala conducta cívica).

Los medios de vida son variables, porque la situación económica de las personas también lo es: alguien puede estar hoy en buena situación económica y mañana verse desempleada, con la prestación por desempleo agotada, sin ahorros y necesitando acudir a la ayuda de familiares e incluso, a la asistencia social. Lo importante es acreditar que se los tiene y que son de origen lícito. La cuantía no es tan importante en este procedimiento como el hecho de tenerlos.

Un cordial saludo.
15/02/2014 00:47
Muchas gracias por la respuesta, me ha aclarado un par de puntos importantes.

Un saludo