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Navidades

15 Comentarios
 
Navidades
10/12/2010 21:23
Hola buenas noches a todos a ver si me podeis ayudar.
En su momento la ex de mi marido le dijo que no se llevaria a los niños para navidad, ahora se retracta y dice que los niños no quieren ir, y si se los quiere llevar obligados alla el, y que si se los lleva no es a partir del dia 22 que terminan el cole, si no a partir del 23 que es cuando empieza el periodo vacacional y que la hora y el lugar ya se lo dirá, tiene razón es el día 23? como lo podriamos solucionar es que no sabemos que es lo que tenemos que hacer.
Muchas gracias
10/12/2010 22:11
el periodo vacacional a falta de especificación en el convenio es del 23 al 9 de enero, en el convenio pondrá a quien le toca elegir este año las vacaciones y el tiempo de antelación con el que tiene que avisar al otro del periodo escogido , si no pone nada lo suyo sería que avisara minimo con 15 dias de antelacion aunque no estoy segura si hay alguna ley que recoja algo al respecto.
Es una pena que os anden racaneando medio dia cuando es ella la que pasa el resto del año con los niños, pero en fin, es lo que hay si no hay acuerdo.
10/12/2010 22:13
erxa...tu marido no tiene la sentencia de las medidas civiles?
11/12/2010 00:33
Si Empe, y le pone Le corresponderá ademas disfrutar de la mitad de las vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano,debiendo distribuirse este ultimo periodo por quincenas, correspondiendo elegir al padre en los años pares y a la madre en los impares,en caso de desacuerdo.
esto es lo que pone la sentencia,entonces no sabemos si ir como el le había dicho el 22 o como ella dice el 23
Un saludo
11/12/2010 01:11
creo que el 23 es el últmo día de colegio no??al menos en madrid.
11/12/2010 08:43
donde vivimos es el 22
11/12/2010 09:41
cual es el ultimo dia de cole alli...erxa? pues a tu marido le tocaria el primer dia de vacaciones a partir de las 12 de la mañana...o eso pone en mi sentencia.
11/12/2010 10:22
El ultimo día aqui es el 22, el en situaciones normales siempre se los quedaba el día que terminan el cole pero ahora le ha dicho en el periodo vacacional,empe a el no le pone hora y ella dice que en el caso que se los lleve ya le dirá la hora
11/12/2010 12:10
Erxa, si no pone hora de recogida, entiendo que pueden aplicar la hora de recogida habitual (luego, nos salen algunos jueces con que es mejor no especificar tanto las medidas porque producen conflictos), bastará que si le toca elegir al padre, mande un burofax con acuse de recibo y certificación literal de texto, especificando que el día 22 a las tal horas, los recoge para iniciar las vacaciones y que los devolverá a las tal horas del día anterior al de inicio del segundo periodo.
En cualquier caso, debería llamar al abogado que le llevó el asunto para preguntarle en caso de duda.
Un saludo.
11/12/2010 13:05
Muchas gracias Nuria.
A ver si he entendido bien, entonces recogemos a los niños el 22 (cuando terminan el cole) no el 23 como ella dice no?
Muchas gracias por la pronta respuesta
11/12/2010 13:12
Depende de cómo tengan redactada la resolución judicial o el convenio. Por ello les indico que deberían acudir al abogado que llevó el asunto para que les indique cómo interpretar la resolución y el convenio. Lo que les indico es a modo de ejemplo ya que desconozco como tienen redactadas las medidas. En cualquier caso, ya en función de lo que les diga, la mejor forma de hacer las cosas es por las buenas, y por ello, mejor que indiquen de manera que quede constancia cuándo van a recoger a los niños para que estén preparados y poder presentar la oportuna denuncia en caso de incumplimiento.
Un saludo.
11/12/2010 13:45
Hola:

Erxa, ante todo hay que estar a lo que pone el convenio, aunque en la mayoría de los casos los convenios son tan parcos de contenidos que después ocurre lo que comenta Nuria, problemas por todas partes.

En su caso, como en la mayoría, a falta de concreciones en convenio, entiendo que para determinar el período de vacaciones el referente es el calendario escolar de la comunidad donde residen los menores, en él vienen marcados los días de vacaciones, se dividen estos en dos periodos eligiendo el primer periodo quien le corresponda. Por ejemplo, en mi comunidad, las vacaciones de Navidad son del 25 de diciembre, el 24 es lectivo, al 9 de enero, ambos inclusive, es decir, dos periodos, uno de 25 al 1, y otro del 2 al 9. En la comunidad donde residen los hijos de su marido puede que comiencen las vacaciones otro día por ello debe consultar el mencionado calendario escolar. Si el 22 está marcado como vacaciones y a su marido le corresponde el primer periodo será el 22 cuando tenga que recoger a los menores.

El procedimiento más impecable, es ir a tiro fijo, aunque engorroso, en estos casos, es el indicado por Nuria, consultan al abogado, comunican a la otra parte fehacientemente cuando van a recoger a los menores, el día que los recojan constatar la negativa a ser entregados y, en tal caso, proceder a la denuncia, vamos, el calvario por el que pasan la mayoría de no custodios por estas fechas o similares.


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
11/12/2010 14:51
es muy triste ...porque los niños parecen paquetes...yo ya tome la decision de regirme por lo que pone en la sentencia porque las palabras se las lleva el viento......y si hay algun cambio todo por escrito...es muy triste pero es asi.....asi lo tengo que hacer...ya no me fio de su palabra.
11/12/2010 15:37
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas, hablaremos con el abogado, pero mucho me temo que tiene razón ella y en si la fiesta empieza el 23 hasta el 6 ya que el 7 hay cole, la problematica esta ahora con la hora pero haremos lo que dice Nuria la hora habitual que es cuando salen del cole que es cuando siempre los va a buscar.La verdad que esta muy bien este foro al menos a mi me hace ver las cosas de otra manera,y sobre todo ayuda a mucha gente que a veces llegamos a estar desesperados y hablar con un abogado por solo una pregunta te cobra un ojo de la cara.
Un saludo
11/12/2010 17:48
Erxa, cuando se va a un abogado nunca es una sola pregunta, pero hay que valorar que para contestarlas es necesario tener unos conocimientos y mucha práctica. Es como quien va al mecánico a arreglar el coche, hay que saber detectar el problema y qué solución darle para que funcione.
Las respuestas aqui son orientativas, el abogado siempre va a serle necesario porque la documentación siempre va a tenerla Vd. y nosotros aqui no podemos verla y una coma, puede cambiar todo.
En su caso, entiendo que aunque empiecen las vacaciones el 23, los niños, deben ser recogidos el día anterior, el 22 puesto que si los recoge el 23 por la tarde, ya se pierde medio día de las vacaciones. Por tanto, debería distribuirse del 22 a última hora o en la hora de salida del colegio hasta y entrega el día 31 a la misma hora, y la otra parte, desde el día 31 desde la hora de entrega hasta el 9 (salvo que me haya despistado al contar). Así, son los 9 días justos.
Que les redacten un burofax, lo envian cuanto antes con acuse de recibo y certificación literal de texto, y el día que vayan a buscarlo, lleven encima una fotocopia del mismo y de la resolución judicial por si hay problemas.
Un saludo.
12/12/2010 00:57
Muchisimas gracias Nuria M.G.
Así haremos, a sido de gran ayuda

Un saludo.
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10/12/2010 21:23
Hola buenas noches a todos a ver si me podeis ayudar.
En su momento la ex de mi marido le dijo que no se llevaria a los niños para navidad, ahora se retracta y dice que los niños no quieren ir, y si se los quiere llevar obligados alla el, y que si se los lleva no es a partir del dia 22 que terminan el cole, si no a partir del 23 que es cuando empieza el periodo vacacional y que la hora y el lugar ya se lo dirá, tiene razón es el día 23? como lo podriamos solucionar es que no sabemos que es lo que tenemos que hacer.
Muchas gracias
10/12/2010 22:11
el periodo vacacional a falta de especificación en el convenio es del 23 al 9 de enero, en el convenio pondrá a quien le toca elegir este año las vacaciones y el tiempo de antelación con el que tiene que avisar al otro del periodo escogido , si no pone nada lo suyo sería que avisara minimo con 15 dias de antelacion aunque no estoy segura si hay alguna ley que recoja algo al respecto.
Es una pena que os anden racaneando medio dia cuando es ella la que pasa el resto del año con los niños, pero en fin, es lo que hay si no hay acuerdo.
10/12/2010 22:13
erxa...tu marido no tiene la sentencia de las medidas civiles?
11/12/2010 00:33
Si Empe, y le pone Le corresponderá ademas disfrutar de la mitad de las vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano,debiendo distribuirse este ultimo periodo por quincenas, correspondiendo elegir al padre en los años pares y a la madre en los impares,en caso de desacuerdo.
esto es lo que pone la sentencia,entonces no sabemos si ir como el le había dicho el 22 o como ella dice el 23
Un saludo
11/12/2010 01:11
creo que el 23 es el últmo día de colegio no??al menos en madrid.
11/12/2010 08:43
donde vivimos es el 22
11/12/2010 09:41
cual es el ultimo dia de cole alli...erxa? pues a tu marido le tocaria el primer dia de vacaciones a partir de las 12 de la mañana...o eso pone en mi sentencia.
11/12/2010 10:22
El ultimo día aqui es el 22, el en situaciones normales siempre se los quedaba el día que terminan el cole pero ahora le ha dicho en el periodo vacacional,empe a el no le pone hora y ella dice que en el caso que se los lleve ya le dirá la hora
11/12/2010 12:10
Erxa, si no pone hora de recogida, entiendo que pueden aplicar la hora de recogida habitual (luego, nos salen algunos jueces con que es mejor no especificar tanto las medidas porque producen conflictos), bastará que si le toca elegir al padre, mande un burofax con acuse de recibo y certificación literal de texto, especificando que el día 22 a las tal horas, los recoge para iniciar las vacaciones y que los devolverá a las tal horas del día anterior al de inicio del segundo periodo.
En cualquier caso, debería llamar al abogado que le llevó el asunto para preguntarle en caso de duda.
Un saludo.
11/12/2010 13:05
Muchas gracias Nuria.
A ver si he entendido bien, entonces recogemos a los niños el 22 (cuando terminan el cole) no el 23 como ella dice no?
Muchas gracias por la pronta respuesta
11/12/2010 13:12
Depende de cómo tengan redactada la resolución judicial o el convenio. Por ello les indico que deberían acudir al abogado que llevó el asunto para que les indique cómo interpretar la resolución y el convenio. Lo que les indico es a modo de ejemplo ya que desconozco como tienen redactadas las medidas. En cualquier caso, ya en función de lo que les diga, la mejor forma de hacer las cosas es por las buenas, y por ello, mejor que indiquen de manera que quede constancia cuándo van a recoger a los niños para que estén preparados y poder presentar la oportuna denuncia en caso de incumplimiento.
Un saludo.
11/12/2010 13:45
Hola:

Erxa, ante todo hay que estar a lo que pone el convenio, aunque en la mayoría de los casos los convenios son tan parcos de contenidos que después ocurre lo que comenta Nuria, problemas por todas partes.

En su caso, como en la mayoría, a falta de concreciones en convenio, entiendo que para determinar el período de vacaciones el referente es el calendario escolar de la comunidad donde residen los menores, en él vienen marcados los días de vacaciones, se dividen estos en dos periodos eligiendo el primer periodo quien le corresponda. Por ejemplo, en mi comunidad, las vacaciones de Navidad son del 25 de diciembre, el 24 es lectivo, al 9 de enero, ambos inclusive, es decir, dos periodos, uno de 25 al 1, y otro del 2 al 9. En la comunidad donde residen los hijos de su marido puede que comiencen las vacaciones otro día por ello debe consultar el mencionado calendario escolar. Si el 22 está marcado como vacaciones y a su marido le corresponde el primer periodo será el 22 cuando tenga que recoger a los menores.

El procedimiento más impecable, es ir a tiro fijo, aunque engorroso, en estos casos, es el indicado por Nuria, consultan al abogado, comunican a la otra parte fehacientemente cuando van a recoger a los menores, el día que los recojan constatar la negativa a ser entregados y, en tal caso, proceder a la denuncia, vamos, el calvario por el que pasan la mayoría de no custodios por estas fechas o similares.


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
11/12/2010 14:51
es muy triste ...porque los niños parecen paquetes...yo ya tome la decision de regirme por lo que pone en la sentencia porque las palabras se las lleva el viento......y si hay algun cambio todo por escrito...es muy triste pero es asi.....asi lo tengo que hacer...ya no me fio de su palabra.
11/12/2010 15:37
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas, hablaremos con el abogado, pero mucho me temo que tiene razón ella y en si la fiesta empieza el 23 hasta el 6 ya que el 7 hay cole, la problematica esta ahora con la hora pero haremos lo que dice Nuria la hora habitual que es cuando salen del cole que es cuando siempre los va a buscar.La verdad que esta muy bien este foro al menos a mi me hace ver las cosas de otra manera,y sobre todo ayuda a mucha gente que a veces llegamos a estar desesperados y hablar con un abogado por solo una pregunta te cobra un ojo de la cara.
Un saludo
11/12/2010 17:48
Erxa, cuando se va a un abogado nunca es una sola pregunta, pero hay que valorar que para contestarlas es necesario tener unos conocimientos y mucha práctica. Es como quien va al mecánico a arreglar el coche, hay que saber detectar el problema y qué solución darle para que funcione.
Las respuestas aqui son orientativas, el abogado siempre va a serle necesario porque la documentación siempre va a tenerla Vd. y nosotros aqui no podemos verla y una coma, puede cambiar todo.
En su caso, entiendo que aunque empiecen las vacaciones el 23, los niños, deben ser recogidos el día anterior, el 22 puesto que si los recoge el 23 por la tarde, ya se pierde medio día de las vacaciones. Por tanto, debería distribuirse del 22 a última hora o en la hora de salida del colegio hasta y entrega el día 31 a la misma hora, y la otra parte, desde el día 31 desde la hora de entrega hasta el 9 (salvo que me haya despistado al contar). Así, son los 9 días justos.
Que les redacten un burofax, lo envian cuanto antes con acuse de recibo y certificación literal de texto, y el día que vayan a buscarlo, lleven encima una fotocopia del mismo y de la resolución judicial por si hay problemas.
Un saludo.
12/12/2010 00:57
Muchisimas gracias Nuria M.G.
Así haremos, a sido de gran ayuda

Un saludo.