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04/05/2006 13:33
Vivienda con contrato del año 70. La puerta de acceso al piso es la original, es decir del año 1965. Los inquilinos se sienten inseguros y desean poner una puerta blindada. Deben de comunicarlo al propietario, al Administrador o simplemente cambiarla. Gracias.
04/05/2006 17:37
Hola Zabalegi.Gracias por poner la fecha del contrato, ya que así es posible resolver con mayor celeridad la consulta.

Al tratarse de Obras de Mejora que afectan a varios arrendatarios, hay que distinguir 2 supuestos:

1) Se precisará el consentimiento de al menos tres quintos de ellos. Si se alcanza dicho acuerdo, el aumento convenido de la renta( revise el contrato la clausula relativa a Obras de Mejora) deberá establecerse, en proporción, a la renta que respectivamente estuviesen pagando los arrendatarios.

2) Si se obtiene el consentimiento de todos los arrendatarios. El aumento de renta se establecerá en la forma que libremente acuerden con su arrendador.

Por último, indicar que los pisos y locales vacíos así como los ocupados por el arrendador, si se viesen afectados por la mejora, deberán computarse a efectos de distribución del coste de la obra.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
08/05/2006 17:37
Gracias Jan. Las obras solo afectan a los propietarios de pisos. En un edificio de 13 pisos y un local somos sólo cinco viviendas las que están en regimen de alquiler. Las obras que se pretenden hacer son de desagues de aguas y pintura. Gracias anticipadas.
08/05/2006 17:42
Gracias Jan. Esta pregunta era para conocer si para cambiar la puerta de acceso a la vivienda (la actual es vieja e insegura) es preciso obtener permiso del arrendador y si una vez cambiada la puerta el coste de la nueva (pagada por el inquilino) repercutirá en el alquiler mensual. Gracias.
08/05/2006 19:43
Hoala Zabalegi. La repercusión de la instalación de una puerta nueva se materializa en un amuento de la renta en la forma que expresé en mi post anterior.

Creo que sería conveniente que notificaran al arrendador el deseo de la realización de tal obra.

Por último, las obras de mejora realizadas por el/ los arrendatario/s, salvo pacto expreso y escrito, quedarán en beneficio de la propiedad sin derecho a exigir indemnización alguna.

Salvo mejor criterio. un saludo.
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04/05/2006 13:33
Vivienda con contrato del año 70. La puerta de acceso al piso es la original, es decir del año 1965. Los inquilinos se sienten inseguros y desean poner una puerta blindada. Deben de comunicarlo al propietario, al Administrador o simplemente cambiarla. Gracias.
04/05/2006 17:37
Hola Zabalegi.Gracias por poner la fecha del contrato, ya que así es posible resolver con mayor celeridad la consulta.

Al tratarse de Obras de Mejora que afectan a varios arrendatarios, hay que distinguir 2 supuestos:

1) Se precisará el consentimiento de al menos tres quintos de ellos. Si se alcanza dicho acuerdo, el aumento convenido de la renta( revise el contrato la clausula relativa a Obras de Mejora) deberá establecerse, en proporción, a la renta que respectivamente estuviesen pagando los arrendatarios.

2) Si se obtiene el consentimiento de todos los arrendatarios. El aumento de renta se establecerá en la forma que libremente acuerden con su arrendador.

Por último, indicar que los pisos y locales vacíos así como los ocupados por el arrendador, si se viesen afectados por la mejora, deberán computarse a efectos de distribución del coste de la obra.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
08/05/2006 17:37
Gracias Jan. Las obras solo afectan a los propietarios de pisos. En un edificio de 13 pisos y un local somos sólo cinco viviendas las que están en regimen de alquiler. Las obras que se pretenden hacer son de desagues de aguas y pintura. Gracias anticipadas.
08/05/2006 17:42
Gracias Jan. Esta pregunta era para conocer si para cambiar la puerta de acceso a la vivienda (la actual es vieja e insegura) es preciso obtener permiso del arrendador y si una vez cambiada la puerta el coste de la nueva (pagada por el inquilino) repercutirá en el alquiler mensual. Gracias.
08/05/2006 19:43
Hoala Zabalegi. La repercusión de la instalación de una puerta nueva se materializa en un amuento de la renta en la forma que expresé en mi post anterior.

Creo que sería conveniente que notificaran al arrendador el deseo de la realización de tal obra.

Por último, las obras de mejora realizadas por el/ los arrendatario/s, salvo pacto expreso y escrito, quedarán en beneficio de la propiedad sin derecho a exigir indemnización alguna.

Salvo mejor criterio. un saludo.