Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Negativa horario reducción de jornada

9 Comentarios
 
Negativa horario reducción de jornada
03/02/2012 12:21
Una trabajadora solicita a la empresa la reducción de jornada por cuidado de hijo menor de ocho años y propone un horario de 8 a 3 de lunes a viernes. La empresa dice que no, porque no se ajusta al horario de apertura al público.

Sin embargo en ciertas ocasiones y según qué personas sí se trabaja fuera del horario. Se trata de servicios profesionales que se pueden realizar a cualquier hora e incluso desde casa. Toda la plantilla tiene llaves del local.

Gracias.
03/02/2012 12:39
La concreción horaria tiene que ser dentro de tu jornada ordinaria de trabajo, el art. 37.6 ET lo dice bien claro, y así lo viene confirmando la jurisprudencia, que el trabajador no puede utilizar la reducción de jornada para alterara la misma unilateralmente.

Si tu jornada es de mañana y tarde (cerrando al medido día) si lo que pretendes es trabajar sólo de mañana tendrás que reducir más la jornada para poder pedir el horario desde la apertura al cierre en la mañana.

Otra cosa es que la empresa te permita seguir trabajando fuera de la jornada habitual, aunque sea con el negocio cerrado, pero eso ya es cuestión voluntaria de la empresa. Si tu tienes por ejemplo un contrato de 40 horas semanales de lunes a vierne...de 10 a 2 y de 4 a 8.....si quieres trabajar sólo por la mañana no te queda más que reducir el horario a 24 horas a la semana, si lo reduces a 30 horas, tendrás que ir por la mañana y por la tarde, no puedes exigirle a la empresa que te permita entrar a trabajar antes, por ejemplo a las 8 y salir a las 3....para hacer 35 horas...utilizando la reducción mínima de 1/8 sobre las 40 horas semanales (5 horas semana). Otra cosa que la empresa quiera permitirtelo, pero legalmente no puedes exigirlo, puesto que la ley habla de jornada ordinaria y el juez no va a entrar a valorar si se puede hacer el trabajo fuera de la jornada ordinaria o en casa, pues no es un supuesto contemplado legalmente. La reducción de jornada está para conciliar no para modificar el horario, y evidentemente conlleva perjuicios para el trabajador y para el empresario...al trabajador le toca ver mermado su salario.
03/02/2012 12:57
¿Pero no es discriminación? ¿Por qué permiten a unas personas trabajar fuera del horario y a otras nos obligan, haciendo todos el mismo trabajo? El horario no aparece reflejado en ningún sitio, ni en el contrato ni en ningún documento. De hecho, se trabaja fuera del horario, pero no consta por ninguna parte ni se pagan esas horas.
03/02/2012 13:24
Ya pero si trabaja fuera de horario y más horas de las legales teneis que denunciarlo y probarlo...pero eso no quita que tu puedas alterar la jornada con una reducción por cuidado de hijo.

Discriminación?? tu puedes probar la discriminación...si el empresario decide ser más flexible con el horario de una persona por consdierar que su productividad está por encima de la de los demás, o porque ese trabajador asume mayor responsabilidad, o por lo que sea...hay discriminación???
No todo trato desigual es discriminatorio, para ser discriminatorio tiene que estar fundado algún motivo no objetivo y de los que expresamente señala la ley...edad, sexo, orientación sexual, etc.
Puedes alegar discriminación, partiendo de que en primer lugar puedas probar que no existe el horario que pretende el empresario?? pues poder puedes, otra cosa es que el empresario alegue por su parte de xx trabajadores tiene ese horario por motivos xxx, que tu no cumples.

Buscar puedes buscar todas las posibilidades, pero personalmente creo que estás tensando mucho la cuerda...tal y como lo expones en el primer post, da toda la sensación que quiera aprovechas la reducción que la ley permite, reitero para cuidado de menor, para alterar el régimen de tu jornada partida.

Por cierto....tienes que tener claro que no es lo mismo jornada que horario....que no especifique el horario no quiere decir quen o exista una jornada, en tu caso parace ser que partida, y si la jornada coincide con el nº de horas contratadas, está claro que el horario es el mismo.
03/02/2012 13:32
La persona de la que hablo es la que me sustituye, haciendo mis funciones. Trabaja de 3 a 7 de la tarde, cuando la empresa está abierta al público sólo de 4 a 7. Está haciendo mi trabajo con mi cartera de clientes. ¿Por qué ella sí y yo no? ¿Por qué no la contrataron por tres horas en vez de por cuatro? Yo veo una discriminación total. La cuestión es que me tienen ganas desde hace tiempo y no saben qué hacer para que me vaya. Y eso sin contar lo que he tenido que aguantar durante el embarazo, que no denuncié porque no me encontraba bien. Pero ahora sí y voy a degüello a por ellos.
03/02/2012 14:03
Alicia76...yo te digo lo que a mi juicio considero responde en base a la ley, yo no dudo ni tengo porque de que tu empresario te haga la vida imposible (algo habitual en estos casos), pero eso no quita que el empresario esté actuando dentro de los márgenes legales.
No se que reducción pediste de jornada, ni cual es el horario habitual de apertura al público, sólo se el de la tarde que acabas de decir. El empresario puede contratar a alguien para sustituirte o puede no hacerlo, y puede hacerlo para completar tu horaria que hacías antes o para otro horario, puede hacerlo para completar tu jornada de 40 horas o para más horas, la contratación es legal...nada impide que aunque tu reduzca la jornada 2 horas, el empresario contrate a alguien a jornada completa, mientras de de alta al trabajador y cotice por el no hay problema.
El empresario cumplió lo que impone la ley, aceptando tu reducción de jornada dentro de los términos legales del ART. 37 ET. Contigo cumplió...lo que tu ni ningún trabajador puede imponerle es que hacer con su empresa, si contratrar o no a otra/s persona/s, si contratarlas a jornada completa o no, si contratarlas por 20 horas para que las que hagan en 2 días...dentro de la jornada legal, entra dentro del poder de organización y dirección del empresario decidir el si contrata o no más trabajadores, y si quiere puede contratarla a jornada completa aunque tu pidieras una reducción de jornada, nade le impide contratarla jornada completa si considera que además de cubrir tu puesto necesita más mano de obra, siempre que la de de alta, cotice y utilice la modalidad contractual adecuada no hay problema legal.
Esto no quita que el empresario lo haga por fastiar (y entiendo tu postura), pero al no hacer nada ilegal, tu no puedes hacer nada sólo porque contrate a una persona por más horas o por un horario concreto. La otra trabajadora pudo negociar libremente el horario con el empresario.
03/02/2012 14:07
Entiendo perfectamente lo que dices, pero sigo viendo una discriminación, porque ella puede trabajar fuera del horario y yo no. Todo lo que hace la empresa es legal, salvo en un punto que considero discriminatorio.
03/02/2012 15:32
Pero siempre que el empresario utilizara la modalidad contractual adecuada, tenga en alta y cotice por la trabajadora por las 4 horas entiendo que no existe discriminación. Te explico porque lo considero así...Al empresario le basta con alegar que contrataron a la trabajadora para sustituirte a ti las 3 horas y una hora más porque necesitaban sus servicios más tiempo,y esa otra hora no es para sustituirte a ti. Es decir, la trabajadora te sustituye las 3 horas en tu horario habitual de tarde de 4 a 7, que es tu reducción...3 horas...la otra hora no es para sustituirte a ti, es por el motivo que sea, una hora más por la que fue contratada.
Cosa distinta, es que la trabajadora hubiese sido contratada sólo por 3 horas...y trabajara de 3 a 7, en lugar de ir de 4 a 7, en ese caso tendrías donde apoyarte un poco más...pero en este caso cumple tu horario y nada impide que las horas a mayores por las que fuera contratadas (horas a más encima de tu reducción) las realice en el horario el libremente ella pactara con el empresario.
Porque ella puede trabajar fuera de horario y tu no, pues si ella pactó ese horario y el empresario considera que la necesita esa hora, pues ya es una cosa de ellos no tuya...a ti te dieron la reducción dentro de los términos legales, y una persona te sustituye 3 horas, pero nada impide que esa persona sea contratada, por ejemplo, 8 horas y su horario sea 6 de la mañana a 2 de la tarde...Es más ni siquiera es obligatorio que el empresario contrate a alguien para sustituirte, puede cubrir tu jornada vacante con otro trabajador de la empresa cambiandole de puesto o ampliándole la jornada, y su horario puede ser cualquiera, no tiene que ser el tuyo.
Discriminación es tratar a 2 personal en idéntica situación diferente, y tu y esa trabajadora no estais en idéntica situación. Cosa distinta también sería que a ti te negaran el horario de mañana dentro de la jornada habitual de trabajo y a otra trabajadora en tus mismas circunstancias se lo dieran, pero no es el caso, no son supuestos comparables a efectos de discriminación, por lo menos legalmente asi lo entiendo yo.
Cosa distinta es cual sea la verdadera intención del empresario, pero mientras haga las cosas legalmente sinceramente no creo que puedas hacer nada.
Te pongo otro ejemplo distinto, está prohibida la discriminación racial, un empresa no puede poner en una oferta de trabajo que sólo se contrata a chinos, o sólo a españoles, pero el en el proceso de selección de a quien contrata es libre para contratar sólo a chinos o a españoles.
Las únicas limitaciones que hay legalmente es lo que para reserva de puestos de minusválidos, el cupo mínimo, y que el plan de igualdad de la empresa (más de 250 trabajadores) tenga algún criterio en materia de igualdad a la hora de contratar. Puede un trabajador sentirse discriminado y decir que no lo contrataron por ser español y no ser chino, pues podrá e igual es cierto...pero el empresario puede alegar que dentro de su derecho a la libertad de empesa considera más idóneo al otro trabajador.
Salvo que tengas una prueba objetiva que demuestre objetivamente que si existe discriminación entre 2 situaciones iguales...lo veo difícil, ahora tu tienes derecho a recabar la tutela de los tribunales que consideres.
Es como si ahora considera que quiere poner un plus para los trabajadores que trabajen los sábados, no es un criterio discriminatorio, es objetivo y mientras permita en igualdad de condiciones a todos los trabajadores trabajar los sábados no hay discriminación. Si existiría si sólo permite trabajar los sábados a x trabajadores.
03/02/2012 15:40
Aclarado. Te has explicado perfectamente. Es una pena que me tenga que aguantar con lo que hay. La única solución es cambiar de trabajo donde pueda hacer las siete horas en horario de mañana, pero tal como están las cosas... Esto de la conciliación de vida familiar es un poco timo. En fin, es lo que hay. Gracias por todo. Me has ayudado mucho y has tenido paciencia.
03/02/2012 15:57
Puedes pedir una nueva reducción de jornada, reduciendo más la actual, y concretar el horario por la mañana, eso si conlleva la périda de sueldo correspondiente. Pero si puedes permitirlo amplia la reducción de manera que vayas sólo por la mañana.
Así ya no tendría problemas.
Hay situaciones injustas pero está así montado el sistema, entiendo que en el caso de tu empresa podría permitir perfectamente hacer tu trabajo en un horario más flexible, incluso si el fuera flexible tu podrías si un día concreto necesitara que fuera en otra jornada por algo urgentisimo pues ir...vamos poner un poco los dos, cada uno da un poco de si lo que puede. Pero el tema está en que en muchas empresa ocurre totalmente lo contrario, que son los trabajadores quienes ponen contra las cuerdas al empresario, sobre todo en sector comercio pequeño, donde se trabaja en un horario concreto...y por muy bueno que sea el empresario no puede permitirse el lujo si tiene 4 empleadas 2 por la mañana y 2 por la tarde, que las 2 de la tarde reduzcan y quieran horario de mañana...pues igual no necesita a más por la mañana que a 2 y por la tarde no tiene trabajadores. Abusos hay de los 2 lados, por eso la ley nunca es perfecta.
De todas formas, vive lo más feliz que puedas, ya llegará el día en que el empresario necesite algo de tí...tu vete a trabajar lo más contenta que puedas...no te amargues, no vale la pena...es un trabajo una parte de tu vida pero no tu vida entera.