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No admisión a tramite de recurso de apelación en juicio por delitos leves

2 Comentarios
 
No admisión a tramite de recurso de apelación en juicio por delitos leves
10/06/2022 14:18
Hola, me acaban de notificar una Providencia denegatoria de la admisión a trámite de un Recurso de Apelación que yo había interpuesto contra sentencia en juicio por delitos leves.

La razón para denegarme es que el Recurso lo presenté yo directamente en el Juzgado de Instrucción sin abogado y procurador. Me dice que tengo que subsanar la falta de personación.

Se da la circunstancia que la misma Jueza que no me quiere admitir el recurso de apelación, hace un año aprox. me aceptó otro recurso similar contra otra sentencia que me había dictado ella en un juicio por delitos leves. En esa ocasión la Audiencia Provincial me dió la razón, y no le debió sentir muy bien, por lo visto.

Lo poco que he ojeado, he encontrado jurisprudencia al respecto donde acepta que el recurso lo pueda presentar el propio interesado sin necesidad de abogado y procurador. Estamos pues ante una vulneración del Principio de Legalidad, puesto que la Jueza que me deniega el recurso estás sometida a lo que marque el ordenamiento jurídico, y en este caso como fuente de derecho que es cualquier jurisprudencia, y además de un Tribunal jerarquicamente superior a ella.

Voy a presentar un escrito pero mucho me temo que no lo va a hacer caso. ¿Qué puedo hacer para que me Recurso de Apelación sea admitido y remitido a la Audiencia Provincial?. Tengo 3 días desde hoy para subsanar la "falta de personación".

Gracias y un saludo

P.D.: si necesitan contactar conmigo podría facilitarles mi email
12/06/2022 10:03
Entiendo que en la resolución de inadmisión se indicará que puedes interponer recurso de queja (artículo 218 LECrim). Tienes razón en lo referente a que no es necesaria la participación de abogado y procurador en la apelación al tratarse de un delito leve aunque sería aconsejable. Para justificar en tu recurso de queja la no necesidad de particiapción de los profesionales mencionados debes referirte a la sentencia de la AP de Alicante (Sección 1ª) de 8.03.2019: “Respecto a la mención de solicitud de nombramiento de abogado y procurador, su intervención no es preceptiva al tratarse de un delito leve (antigua falta), por lo que no procede, al no ser necesaria su designación de oficio.”
Saludos,
12/06/2022 19:59
abalo abogados
Agradecerle de antemano el haber contestado.

En la Providencia que me han notificado, se me apercibe que si mo se persona abogado, mi escrito de recurso será iinadmitido.

En la Providencia no hace referencia a que sea recurrible. De todas maneras Voy a presentar un escrito recurriéndola y haciendo mención a la sentencia citada por Ud.
En cuanto al Recurso de Queja, he leído información como que tendría que presentarlo directamente ante la Audiencia Provincial y, este sí firmado por Abogado. ¿Podría confirmarme este extremo?

Reiteró mi agradecimiento,
Un saludo