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no autorizado a trabajar

1 Comentarios
 
no autorizado a trabajar
21/03/2012 11:07
hola, q tal,, bueno, soy estudiante y vivo en españa ya 5 años,
el motivo de mi mesaje es en mi primera renovacion de nie, que lo tuve por reagrupacion,, dicha renovacion ,, no es por jusgar pero esta mal, en el apartado de aspectos laborales,
la renovacion la hise online , por no pagar a un abogado,
como fue la primera renovacion, me salio no autorizado a trabajar , ya que cumplo la mayoria de edad para trabajar,
en mi primera tarjera de residencia , decia lo mismo, no autizado a trabajar, por que era mas chavalito, asi que ,, ahora en la renovavion que hise, dice lo mismo, y quiero cambiarlo por que , tengo ganas de trabajar ,, y esto no me deja, ya me ofrecieron trabaja en supermercados, pero no puden acceder a mi, por dicho aspecto laboral de mi tarjeta de nie,
¿donde puede cambiar esta tarjeta osea el apartado de : aspecto laboral?
por favor,, alguna solucion ,

muchas gracias
21/03/2012 12:30
Hola. De lo que usted escribe se entiende que vino a España hace 5 años, como reagrupado.

Lo que no queda claro es si usted es ya mayor de edad o si, solamente, ha alcanzado la edad laboral (16 años).

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Extranjería y su Reglamento, tras la reforma del año 2009, la autorización de residencia por reagrupación familiar permite trabajar al cónyuge y a los hijos EN EDAD LABORAL del reagrupante, SIN NECESIDAD DE PRONUNCIAMIENTO ADMINISTRATIVO POSTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN.

Lo anterior significa que, al no ser necesario, ni estar por ello obligada la Administración a pronunciarse expresamente sobre la concesión de autorización de trabajo para una persona incluida en el supuesto antes mencionado, no habrá lugar a procedimiento administrativo alguno, conducente a la obtención de autorización de trabajo, ya que carecerá de objeto (equivaldría a pedir algo que ya tiene concedido por la sola fuerza de la Ley).

Si usted es titular de una autorización de residencia por reagrupación familiar y sigue teniendo la calidad de reagrupado por alguno de sus progenitores y al mismo tiempo, es mayor de 16 años, debe entender la referencia de NO AUTORIZA A TRABAJAR como no escrita.

El problema que los potenciales empleadores, por temor a sanciones (en este caso, infundado, porque hay una expresa habilitación legal), quizás no les convenza esto y exijan una tarjeta que diga que autoriza a trabajar.

Un cordial saludo.
no autorizado a trabajar | PorticoLegal
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no autorizado a trabajar
21/03/2012 11:07
hola, q tal,, bueno, soy estudiante y vivo en españa ya 5 años,
el motivo de mi mesaje es en mi primera renovacion de nie, que lo tuve por reagrupacion,, dicha renovacion ,, no es por jusgar pero esta mal, en el apartado de aspectos laborales,
la renovacion la hise online , por no pagar a un abogado,
como fue la primera renovacion, me salio no autorizado a trabajar , ya que cumplo la mayoria de edad para trabajar,
en mi primera tarjera de residencia , decia lo mismo, no autizado a trabajar, por que era mas chavalito, asi que ,, ahora en la renovavion que hise, dice lo mismo, y quiero cambiarlo por que , tengo ganas de trabajar ,, y esto no me deja, ya me ofrecieron trabaja en supermercados, pero no puden acceder a mi, por dicho aspecto laboral de mi tarjeta de nie,
¿donde puede cambiar esta tarjeta osea el apartado de : aspecto laboral?
por favor,, alguna solucion ,

muchas gracias
21/03/2012 12:30
Hola. De lo que usted escribe se entiende que vino a España hace 5 años, como reagrupado.

Lo que no queda claro es si usted es ya mayor de edad o si, solamente, ha alcanzado la edad laboral (16 años).

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Extranjería y su Reglamento, tras la reforma del año 2009, la autorización de residencia por reagrupación familiar permite trabajar al cónyuge y a los hijos EN EDAD LABORAL del reagrupante, SIN NECESIDAD DE PRONUNCIAMIENTO ADMINISTRATIVO POSTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN.

Lo anterior significa que, al no ser necesario, ni estar por ello obligada la Administración a pronunciarse expresamente sobre la concesión de autorización de trabajo para una persona incluida en el supuesto antes mencionado, no habrá lugar a procedimiento administrativo alguno, conducente a la obtención de autorización de trabajo, ya que carecerá de objeto (equivaldría a pedir algo que ya tiene concedido por la sola fuerza de la Ley).

Si usted es titular de una autorización de residencia por reagrupación familiar y sigue teniendo la calidad de reagrupado por alguno de sus progenitores y al mismo tiempo, es mayor de 16 años, debe entender la referencia de NO AUTORIZA A TRABAJAR como no escrita.

El problema que los potenciales empleadores, por temor a sanciones (en este caso, infundado, porque hay una expresa habilitación legal), quizás no les convenza esto y exijan una tarjeta que diga que autoriza a trabajar.

Un cordial saludo.