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No desalojo Local Comercial

1 Comentarios
 
No desalojo local comercial
24/06/2013 19:16
Compañeros, os pongo en situación:

Contrato de arrendamiento de local comercial según el cual éste queda resuelto el 1 de enero de 2.013, sin que quepa prórroga tácita.

El arrendatario desaloja el inmueble el 1 de abril, tras numerosas negociaciones.

Durante los meses de enero, febrero, marzo y abril, estando el contrato resuelto, no paga un duro.

¿Cómo se reclaman estas cantidades extra-contrato? ¿Tienen la consideración de daños y perjuicios?

¿Qué importe se reclama? ¿Como si fueran mensualidades de las pactadas durante el contrato por 4 meses?

Mil gracias.
25/06/2013 21:31
Independientemente de que el contrato estuviera vencido a esa fecha, bajo mi punto de vista son rentas igualmente, pues ha estado disfrutando del local; por lo que de tal modo deben reclamarse.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados