En una Comunidad se han acordado realizar unas determinadas obras. A la mayoria de los propietarios (no asistentes) no se les ha enviado copia del presupuesto adjudicado y del correspondiente contrato con la empresa (pese a solicitarlo por escrito al Secretario-Administrador). Actualmente se esta pagando derrama por las obras y estas ya se han empezado, pero no se sabe si lo que se ejecuta esta incluido en el presupuesto adjudicado o no.
¿Que podria hacerse?
¿Habria la posibilidad de consignar en el juzgado el resto de la derrama, condicionada a la entrega de dicho presupuesto y contrato?.
Habia que darles de o. al secretario-administrador.
Intente el recurso legal, que es este...
Solicitud por burofax del estudio económico deliberado en reunión y luego tenía que consignarse en Acta. Presiento que les han dicho el global y derrama y el resto queda para los "caciques", que, por supuesto, harán sus enjuagues, entre otros, el clásico, con el ánimo de defraudar a Hacienda con el iva, que no aparezcan papeles que comprometan, esa es la cuartada.. Si usted no asistió a la reunión, ya sabe que tiene treinta dias para emitir su voto; si son varios los propietarios afectados y hay cierta unión, que lo dudo, pueden hacer uso del artículo 16/3 y dar un escarmiento a presidente y secretario.
De todas formas, con cierto peligro, teniendo en cuenta la clásica respuesta judicial, podrían impugnar. !que pena!.
Pero la intencion no es impugnar el acuerdo, ya que la obra es necesaria.
El tema es que no hay informacion sobre presupuesto y contrato enviado a los propietarios y se quiere saber si existe la posiblidad de consignar judicialmente el importe de la derrama, hasta que esa documentacion sea remitida al propietario.
¿Lo admitiria el juzgado, si se acompaña copia de los escritos solicitando esa documentacion?.
Pero si se acude a ese procedimiento judicial, mientras no se produzca la exhibicion del presupuesto y del contrato, ¿se pueden consignar las derramas en el juzgado, hasta poder tener acceso a los mismos?.
¿Seria necesario nombrar abogado y procurador para ese procedimiento judicial?.
En caso afirmativo, ¿podria solicitarse condena en costas por mala fe de la Comunidad?.
Mande un Burofax al secretario o presidente, como ya le lan dicho, gastese los cuartos, si el documento es rehusado, como es previsible, no importa, pida una certificacion en correos, vale a efectos judiciales, es un precio complementario al costo del burofax.