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no me paga la manutencion

9 Comentarios
 
No me paga la manutencion
26/04/2010 20:22
el padre de mi hija lleva un año y medio sin pagarme la manutencion, tendria que pasarme 140 euros mensuales dentro de los 5 primeros dias de cada mes. no me pasa si no 50, 60 o 70 euros mensuales y fuera dell tiempo establecido en el convenio, osease los dias 26 o 27.... no me pasa la pension entera desde que se aprovo el convenio e incluso se rie de mi por que dice que el no tiene dinero y que me pasa lo que le da la gana, la sentencia y el convenio se aprovo de la siguiente manera. Pasara 140 euros ya que no cotiza al no estar trabajando pero el dia que trabaje la pension sube segun la nomina!! esta denunciado por lo penal ya que por lo civil seria tonteria por que no tiene bienes a su nombre... llevo ya un año y medio denunciando y mi abogado me dijo de llevar a ejecucion mis denuncias contra el para que salga juicio.... es delito lo que este hombre esta haciendo? en caso de que me tenga que pagar puede hacerlo aun teniendo cancer? el se tiene creido que ganara cualquier juicio por llevar a cuesta un cancer!! ayudenme y aconsejenme!! gracias
27/04/2010 00:51
Si no tiene bienes ni ingresos no es útil reclamar por vía civil, por vía penal no se asegura el cobro y puede que ni condena ya que él no desatiende el pago de alimentos simplemente paga lo que dice que puede (y si no se demuestra que tenga ingresos...)

Independientemente de sus dolencias debiera pagar, pero si no tiene medios es de entender que no puede (y probablemente así lo verá un juez, porque no se demuestran ingresos no por sus dolencias)
27/04/2010 01:05
Hola:

Veronikka, una pensión de alimentos es, como muy bien comenta usted, proporcional a los ingresos de quien está obligado a pagarla. Si una persona carece de ingresos y propiedades se supone que tiene cero y de donde no hay no se puede sacar, por mucho convenio que exista de por medio.

Dice usted que el tiempo que ha transcurrido desde que usted interpuso la denuncia es de año y medio, es probable que se hayan realizado las actuaciones correspondientes y se haya desestimado su denuncia, cuestión esta que ni se la van a comunicar. Es decir, al quedar establecido que esta persona no tiene propiedades ni ingresos no hay posibilidad de aplicar el 227 CP, no hay delito que se le pueda imputar.

Su abogado no puede ejecutar denuncias, entendió mal, la denuncia es materia penal, la ejecución de sentencia es materia civil. Y lo que le ha comentado su abogado es que puede interponer una demanda de ejecución de sentencia, materia civil, que como usted misma reconoce sería inútil, dado que el resultado de estas demandas es el embargo y a quien no tiene no se le puede embargar nada.

Por tanto, entiendo, en su caso, no ha lugar a calificación de comportamiento delictivo el realizado por quien no tiene ingresos, ni propiedades y, por supuesto, tener un cáncer, cuestión esta que no se la deseo ni a mi peor enemigo, puede conllevar ser enfermo terminal, y, sí, aunque esta condición no exime de responsabilidades civiles, penales o de cualquier otra naturaleza, si tiene un tratamiento especial. En estados civilizados, de derecho, y democráticos, no se manda a la cárcel a un enfermo terminal, menos con la argumentación de un impago de pensiones por alimentos de quien no tiene ingresos ni propiedades y encima paga 50, 60 o 70 euros mensuales. No sé de donde los sacará, pero, aunque dejará de pagar estas cantidades, no habría lugar a actuaciones penales, por no existir delito alguno. En este sentido, si bien el impago de una pensión de alimentos por dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos es delito y el pago parcial puede ser contemplado como de efectos iguales a no pagar nada, hay leyendas urbanas que dicen que con pagar un poco vale, en las circunstancias que usted describe, no sólo existe imposibilidad en el pago, sino que el dolo, el que pudiendo pagar no se pague, requisito número uno para que el impago de pensión de alimentos curse como delito, tampoco, y el pagar algo refuerza estas apreciaciones acerca de la falta de dolo.

Por tanto, tan sólo le quedará esperar sentada a que ese enfermo terminal, padre de su hija, pase a mejor vida, en tal caso le garantizo que, con total y absoluta certeza y precisión matemática, no habrá denuncia ni demanda que prospere.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
27/04/2010 01:36
entonces no le cae ninguna pena?? como es eso si este señor firmo un convenio el cual dice que al no tener ingresos si o si tiene que pasar 140 euros mensuales, en caso de que llegara a tener ingresos la cantidad de la pension subiria... que ley y proteccion familiar hay en españa?? no entiendo... y si se muere... muerto el perro se acabp la rabia por que me lleva haciendo daño 4 años y a partir de mi hija me lo hace peor el y su madre... k pena la verdad!!
27/04/2010 05:18
si funcionase asi como deciis a la ex de mi pareja que alego y demostro no trabajar y por tanto no tener ingresos no le hubiesen impuesto una pension para su hijo de 100€ mas 50% de gastos extras, ni constaria en la sentencia de que aun estando sin trabajo y sin ingresos es obligacion del padre y de la madre mantener a los hijos, porque si en ya esta demostrando y alegando no tener ingresos no tendria logica dicha sentencia; a mi entender si en la sentencia de veronikka consta que tenga o no tenga ingresos este sr. debe pasar 140€ mensuales tiene que pasarlos y veronikka entiendo que puede reclamarlos, si fuera como deciis un no custodio no tiene ingresos: pasa 0€ de manutención, y el niño de que vive? que come? o es que el custodi@ tiene la suerte de cara y tiene un super trabajo y un super sueldo? y si no es asi? lo siento pero no lo veo logico, los niños tengan o no tengan trabajo sus padres comen, visten, y hacen todo igual que si trabajasen por lo tanto considero que el no custodi@ si no tiene ingresos tiene que buscarlos y de los pocos que tenga tiene que mantener a su hij@; cuando la custodia de los hijos de mi pareja la tenia la madre y mi pareja tenia unos mini ingresos lo primero que haciamos cada mes era ingresar la pension y pagar el alquiler y con lo que sobraba era con lo que viviamos y a veces nos quedaba nada y menos pero jamas consentimos que a sus hijos les faltara ni un centimo de su pension alimenticia, primero eran los niños y luego los adultos que al fin y al cabo los niños no tiene la culpa ni de que sus padres se separen ni de que se queden sin trabajo o de que trabajen en B. Yo de ud. veronikka si que lo denunciaria y si realmente la justicia no tiene por donde sacarle la pension al menos que le concedan alguna ayuda para ese fin.

Un saludo!
27/04/2010 09:02
A veces creo que no estoy en este mundo, como Santa Teresa. Una sentencia es una sentencia, ni más ni menos. Incumplir una sentencia puede tener consecuencias penales por supuesto que si. Pero para que prospere cualquier denuncia penal, excepto en violencia de género que es un mundo aparte, debe quedar claro la intencionalidad, lo que anteriormente han dicho dolo: es decir, incumplir porque quiero incumplir. Si este señor no tiene más remedio que hacerlo así y lo demuestra será sin duda absuelto de cualquier denuncia penal. Por otra parte, desde el punto de vista personal, en una familia con hijos hay padre y madre y los dos están expuestos a los ímpetus de la vida: crisis, paro, enfermedades, accidentes ... la obligación de los padres para con los hijos no es denunciar, es cubrir las necesidades de los menores. Si estuvieran felizmente casados y su marido tuviera un cáncer haría usted lo "imposible" por tirar la situación hacia delante para con su familia.
27/04/2010 14:01
muchas gracias a judith y a ocastell, no pido carcel para este señor, pido justicia para conmigo, firmamos un convenio en el cual hay que cumplir una serie de puntos y este señor a dejado de incumplir tales puntos, que hasta incluso no es que haya dejado de incumplir, simplemente no los ha cumplido, ya es tanto mi desespero que tiro por donde sea y busco algo de consuelo. muchas gracias y no piensen que todas las madres somos malas por denunciar a una persona que no cumple sus obligaciones como padre por que por lo que entiendo yo, si no denunciases es por que estaria de acuerdo con su accion!! la ilegal y la incumplidora en este caso si yo consintiera que esta persona se toma le ley por su mano seria yo, solo intento ser justa conmigo misma y mis derechos!!
28/04/2010 04:22
ocastell pase lo que pase en la vida de los adultos no tiene que repercutir en los niños, claro que todo el mundo esta expuesto a que pasen imprevistos en la vida pero por ambas partes mi pareja al principio de venir a vivir a catalunya el trabajo no le fue muy bien y se complico aun mas la cosa con un accidente de coche que tuvo y el en ningun momento penso ni en bajar la pension de sus hijos ni en dejar de pasarla porque era consciente de que sus hijos tenian que comer todos los dias e hizo lo imposible para recien accidentado ir a trabajar para ganar dinero para ellos y yo busque un segundo trabajo temporal para ayudarle y conseguimos que no les faltara ni un solo mes la pension (aun sabiendo que la madre andaba diciendo por todo el pueblo que el no le pasaba ni un centimo y que era un caradura) yo desde luego no podria hacer como la ex de mi pareja de sentarme a comer o irme al cine o lo que sea con el novio de turno siendo consciente de que no estoy contribuyendo en la crianza de mi hijo y sin saber si mi hijo ha comido hoy, es que se me revolverian las tripas al intentar comer y antes de comerme yo un plato de comida se lo daria a mi hijo si no puedo darle el dinero de la pension al menor al menos le daria de comer y asi me aseguraria de que desde luego come todos los dias porque ahora mismo esa señora no sabe si su hijo come todos los dias o no.

Un saludo!
28/04/2010 18:31
Verónica, se equivoca en una cosa, no son sus derechos, son los de su hija. Y la vía adecuada para defenderlos es la vía civil. Pero de donde no hay, no se puede sacar.

Aún no teniendo ingresos el padre, subsiste su obligación de prestar alimentos a sus hijos, como cualquier matrimonio con hijos donde ambos se han quedado sin trabajo por la crisis, ¿cómo? con lo que puedan.
En su caso, le da 80 € con lo que muestra que aporta lo que pueda, aunque no llegue a lo que en su día creyó que podía aportar. Con lo cual, ante una denuncia penal suya, probablemente sería absuelto.
Pero la obligación de prestar alimentos a su hija, también es suya, y en el hipótetico caso, que usted se quedase sin ingresos y el padre los tuviera el debiera hacer mayores esfuerzos, incluso asumiendo la custodia.
Es el derecho de su hija, tanto a recibir alimentos de los dos progenitores, como a continuar relacionándose con los dos, aunque no se pague lo acordado.
15/07/2013 23:42
hola yo con mi ex lo llevo muy mal mea denunciado 35 veces , 33 fueron archivadas y dos me condenaron por impago injustamente pero lo admito, ahora estoy en paro y le debo dos meses y medio y creo que me va a denunciar en proximos dias , tengo antecedentes por otra denuncia mi pregunta que me puede ocurrir si me denuncia penalmente? gracias