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Nómina Trabajador Autónomo

2 Comentarios
 
Nómina trabajador autónomo
10/06/2009 14:09
Tengo una duda en cuanto a la nómina de un trabajador autónomo que es socio de una SL; La cuota de autónomo se paga por la cuenta de la Sociedad por lo que se le confecciona una nómina con una retribución en especie por el importe de la cuota de autónomo y tiene un salario de 500 euros que es lo que realmente percibe como salario, la duda surge porque no sé si es correcto esto o, por el contrario, habrá que tener en cuenta que la retribución en especie no puede superar el 30% de las retribuciones totales que percibe el trabajador, según lo que establece el ET (entiendo que no), y además si se le puede hacer una nómina a un autónomo sólamente con la retribución en especie por la cuota del autónomo, cuando la empresa es lo único que le paga. Muchas Gracias
15/06/2009 12:47
Tengo una duda en cuanto a la nómina de un trabajador autónomo que es socio de una SL; La cuota de autónomo se paga por la cuenta de la Sociedad por lo que se le confecciona una nómina con una retribución en especie por el importe de la cuota de autónomo y tiene un salario de 500 euros que es lo que realmente percibe como salario, la duda surge porque no sé si es correcto esto o, por el contrario, habrá que tener en cuenta que la retribución en especie no puede superar el 30% de las retribuciones totales que percibe el trabajador, según lo que establece el ET (entiendo que no), y además si se le puede hacer una nómina a un autónomo sólamente con la retribución en especie por la cuota del autónomo, cuando la empresa es lo único que le paga. Muchas Gracias
15/06/2009 14:05
Hola Xoel:

La normativa que rige a los Trabajadores Autónomos no es el ET sino el Estatuto del Trabajador Autónomo.

Si la empresa satisface a su cargo la cuota de seguridad social del autónomo debería reflejarse en la nómina junto con su salario, debería aparecer como concepto en especie y al mismo tiempo como una deducción, ya que es un gasto deducible.

Saludos

CARLOS DE MIGUEL
DEPARTAMENTO LABORAL

GABINETE DE ASESORES FISCALES
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