Vamos haber, si es como dice durante el ingreso hospitalario y en los 60 dias SS en el Salario Base la SS pagará lo que corresponda, 0 los 3 primeros días, a partir del 4 hasta el 20 el 60 % y a partir del 21 el 75 % y entonces la empresa complementará hasta el 100% (pero ojo, solo en el Salario Base, no en el salario diario), luego dice usted que esto le supone una merma de 400 €, bueno pues habrá que ver cuál es su nómina y si con los descuentos correspondientes supone esa retención, es por ello que hay que saber tanto el convenio como los conceptos de la nómina para poder descartar que la nómina este o no mal calculada. Según usted explica, aparentemente le han pagado de menos pero cómo le digo, su descripción puede ser engañosa, hay que ver tanto la nómina como el convenio y tb la nómina del mes anterior para saber las bases de contingencias por las que se calcula su nomina
Buenos dias, soy trabajadora de la construccion, convenio colectivo salamanca. Hace un mes me hospitalizaron 2 dias por una intervencion quirurgica y he estado de baja 1 mes, me incorporo en la empresa y me quieren retener de mi nomina 400 euros. en mi convenio segun articulo 27, literalmente pone:"ARTÍCULO 27. COMPLEMENTO DE SEGURIDAD SOCIAL Con independencia de las prestaciones a cargo de la entidad gestora por incapacidad laboral derivada de enfermedad común y profesional, accidente laboral o no laboral, y sólo para los casos que sea necesaria la hospitalización, las empresas abonarán un complemento que, sumado a las prestaciones reglamentarias, garantice el 100 por 100 del salario base y pluses salariales establecidos en el Convenio provincial respectivo durante la aludida hospitalización y los sesenta días siguientes, siempre que continúe la situación de incapacidad laboral" ¿NO DEBERIAN PAGARME EL 100% DE MIS RETRIBUCIONES? Gracias de antemano!!!!