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Nos echan con contrato indefinido

8 Comentarios
 
Nos echan con contrato indefinido
11/04/2006 21:37
Me gustaria me comentaran un caso que es una autentica verguenza. El tema es el siguiente :
Una familia, madre y sus dos hijos viven desde hace muchisimos años en una vivienda con un contrato de alquiler de los de antes, o sea indefinido. El tema es que la dueña de este bloque de 5 pisos ( solo esta ocupado el de la familia ) ha vendido todo el bloque a una immobiliaria. El contrato de alquiler indefinido esta a nombre del marido, el cual fallecio por enfermedad a principios de 2004. Segun he leido por ley, el contrato pasa al conyuge y se tiene que notificar en los 3 meses posteriores. Este traspaso de papeles no se hizo en su momento por confianza entre la dueña y la familia, por lo que el resto de familia siguio pagando el alquiler hasta el dia de hoy, donde se presenta el nuevo amo del bloque diciendo que no hay ningun contrato y que no existe ningun derecho, ofreciendo una cantidad simbolica y vergonzosa segun dice el por pena.
La casa no esta en ruinas para nada, me gustaria que algun entendido en la materia diese su opinion ante esto. ¿Acaso no demuestra el estar 2 años mas pagando el alquiler la presunta renovacion oral del contrato ? Aqui luego se podria entrar en cruce de palabras entre la anterior propetaria y los inquilinos.
¿ Que aconsejais hacer en este caso ?
Gracias por la antencion



12/04/2006 09:17
buenos dias pere Joan,
Lo primero buscarte un buen abogado y lo segundo que no reconoscais ni firmeis nada de este nuevo ropietario.Ellos compraron el inmueble sabiendo que habia inquilinos.Ireis a juicio seguramente porque tendreis que defenderos de las intenciones del nuevo propietario ( yo no soy abogada solo opino por lo que he leido por aki y por mis propias experiencias).Y si vais a juicio la anterior dueña habra de declarar si se le comunico o no .teneis algun appel que asi lo certifique Burofax etc? o teneis testigos que avalen que se le dijo ala dueña?teneis vecinoso amigos que supieran que este paso se dio y la inquilina fue notificada verbalmente?en fin yo que tu tampoko me asustaria mucho pero lo mejor es que os pongais ya en manos de un abogado ya que este señor os ha tanteado por las buenas ahora esperara vuestra respuesta para saber si os puede quitar de enmedio con una compensacion irrisoria...el igual compro el inmueble mas barato de los precios de mercado porque vosotros estabais dentro, ya que la dueña original sabia que os tenia que respetar hecho que igual ella trasmitio al comprador...sacate copia simple de la propiedad para saber a nombre de quien esta y cuantos e pago por ella...asin tendras mas municion...bueno solo eso...que suerte y que no os amilaneis y que si vais a juicio esto puede duran años asin que creo que el nuevo dueño estara dispuesto a negociar una compensacion acorde con la realidad pra asin asegurarse sus beneficios...en fin suerte y repetirte que no soy abogada y que busqueis uno YA!!!
12/04/2006 15:42
Gracias por tu atencion Circe, tengo mis dudas sobre si la inmobiliaria compradora del bloque sabia la situacion antes de la compra, aunque despues de hablar con la inmobiliaria no ha dicho nada al respecto, por el comportamiento de la primera dueña ahora, lo mas posible es que no haya comentado nada. En ese caso es evidente la mala fe con que actua la primera dueña del bloque que antes de la venta no comunica nada a los inquilinos, por lo que seguramente habra cobrado mas por el precio del bloque. Cual sorpresa al recibir en casa un representante de la immobiliaria diciendo que ahora eran ellos los dueños.
La cantidad que proponen de indemnizacion es ridicula, y sin derecho a negociacion, lo tomas o lo dejas. Y lo mas sorprendente del todo es que hayan dicho que si buscais jaleos de abogados, declararan la casa en ruinas.
Eso no cuadra para nada. La casa dista mucho de estar en ruinas, y si asi fuera, ¿porque se molestan a dar una cantidad aun por poco que sea? si realmente pueden conseguir el desalojo sin pagar un euro?
Por lo visto a la inmobiliaria creo que no le interesa derribar la casa, sino aprovechar la estructura y dividir los pisos grandes en otros mas pequeños, por lo que ese comentario de declararla en ruinas suena a amenaza sin sentido o una metedura de pata. En caso de derribo y nueva construccion deberian construir menos pisos por temas de ayuntamiento y no les seria rentable.
No hay ningun documento que demuestre el acuerdo verbal. En esos momentos si la dueña dijo que eso no tenia importancia, se creyo de buena fe, por lo que es palabra contra palabra.
Por supuesto, se explicara el caso a un abogado.
Gracias de nuevo por tu opinion y informacion.




12/04/2006 16:49
Ademas, si realmente tuviesen razon por ley, automaticamente no existiria contrato alguno, ¿porque tendrian que buscar declarar ruina en caso de posible juicio? Sin comentarios
12/04/2006 17:22
en lode la ruina tiene que estar certificado por el ayuntamiento que esta en ruinas sino nanai asin que ni eso creo que lo puedan hacer en un pis pas.Nombras a una inmobiliaria quien ha comprado una persona juridica ( sociedad) o una fisica...en fin eso que para mi no pinta bien y que os estan tanteando para que os vayais sin dar la bara...no lo hagais todos tenemos derechos y obligaciones ellos tb con vosotros.Venga un saludo y mucha suerte y sigue contandonos.
17/04/2006 00:17
Una immobliaria y constructora siempre preferirá pagar una indemnización razonable a buscar la declaración de ruina. Es fácil de entender, teniendo en cuenta la cantidad de trámites y de tiempo que se ahorran. O sea, que el hecho de que os ofrezcan dinero no significa nada más que eso, al menos no necesariamente.

Por otra parte, si (caso de que lo haya entendido bien) no comunicasteis la muerte del inquilino y la subrogación al propietario en el plazo legar, también os podéis ver en apuros.
20/04/2006 12:58
Hola Pere Joan. El tema por usted planteao es complejo pues inciden en él varios puntos.

En primer lugar, sería importante saber la fecha de celebración del contrato. Básicamente si es anterior o posterior al 9 de mayo d 1985. Con ese dato se podrían despejar varias dudas de las que usted plantea.

Un saludo.
23/04/2006 17:42
Jan, el contrato es de bastante antes de 1985. He estado hablando antes y me comento una figura de derecho, llamada reconocimiento tacito. O sea que si no hubiese querido renovar cuando pasaron los tres meses lo hubiese tenido que decir. Al pasar casi dos años podria significar renovacion tacita.
Ahi se trataria de demostrar si la primera propietaria sabia el hecho (fallecimiento). Simplemente esta señora vino al entierro del fallecido. Es evidente que la immobiliaria sabe que no esta claro porque ofrece algo de indemnizacion aunque sea muy poca. Si realmente por ley fuera 100% no ofreceria nada. ¿ Vale la pena ir a juicio ? En caso de perder, ¿ cuanto son los costes aproximadamente ? ¿ cuanto tiempo tardaria en salir juicio en este caso o alguno parecido ? Muchisimas gracias por la atencion
23/04/2006 23:17
En mi opinión no se trata tan solo de consentimiento tácito sino que, además, hay criterios jurisprudenciales que nos apartan de las notificaciones requeridas en el art. 33 de la LAU del 94 o el art. 58 de la LAU del 64, considerando que en materia de vivienda ambos cónyuges tienen atribuído el derecho arrendaticio y ello con independencia de quien sea parte firmante en el contrato que actúa en representación de la sociedad de gananciales.
La declaración de ruina de la finca tiene que obtenerse por medio de una resolución firme de un procedimiento tramitado ante el municipio en el que tienen que ser atendidos los arrendatarios y cumplirse determinadas condiciones. No decidido de manera arbitraria por una parte interesada.
El consejo que pide no puede ser otro que recomendarle que acuda a un abogado ya que los intereses en juego son importantes y la materia compleja. No necesariamente tendrán que ir a juicio.

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8 Comentarios
 
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11/04/2006 21:37
Me gustaria me comentaran un caso que es una autentica verguenza. El tema es el siguiente :
Una familia, madre y sus dos hijos viven desde hace muchisimos años en una vivienda con un contrato de alquiler de los de antes, o sea indefinido. El tema es que la dueña de este bloque de 5 pisos ( solo esta ocupado el de la familia ) ha vendido todo el bloque a una immobiliaria. El contrato de alquiler indefinido esta a nombre del marido, el cual fallecio por enfermedad a principios de 2004. Segun he leido por ley, el contrato pasa al conyuge y se tiene que notificar en los 3 meses posteriores. Este traspaso de papeles no se hizo en su momento por confianza entre la dueña y la familia, por lo que el resto de familia siguio pagando el alquiler hasta el dia de hoy, donde se presenta el nuevo amo del bloque diciendo que no hay ningun contrato y que no existe ningun derecho, ofreciendo una cantidad simbolica y vergonzosa segun dice el por pena.
La casa no esta en ruinas para nada, me gustaria que algun entendido en la materia diese su opinion ante esto. ¿Acaso no demuestra el estar 2 años mas pagando el alquiler la presunta renovacion oral del contrato ? Aqui luego se podria entrar en cruce de palabras entre la anterior propetaria y los inquilinos.
¿ Que aconsejais hacer en este caso ?
Gracias por la antencion



12/04/2006 09:17
buenos dias pere Joan,
Lo primero buscarte un buen abogado y lo segundo que no reconoscais ni firmeis nada de este nuevo ropietario.Ellos compraron el inmueble sabiendo que habia inquilinos.Ireis a juicio seguramente porque tendreis que defenderos de las intenciones del nuevo propietario ( yo no soy abogada solo opino por lo que he leido por aki y por mis propias experiencias).Y si vais a juicio la anterior dueña habra de declarar si se le comunico o no .teneis algun appel que asi lo certifique Burofax etc? o teneis testigos que avalen que se le dijo ala dueña?teneis vecinoso amigos que supieran que este paso se dio y la inquilina fue notificada verbalmente?en fin yo que tu tampoko me asustaria mucho pero lo mejor es que os pongais ya en manos de un abogado ya que este señor os ha tanteado por las buenas ahora esperara vuestra respuesta para saber si os puede quitar de enmedio con una compensacion irrisoria...el igual compro el inmueble mas barato de los precios de mercado porque vosotros estabais dentro, ya que la dueña original sabia que os tenia que respetar hecho que igual ella trasmitio al comprador...sacate copia simple de la propiedad para saber a nombre de quien esta y cuantos e pago por ella...asin tendras mas municion...bueno solo eso...que suerte y que no os amilaneis y que si vais a juicio esto puede duran años asin que creo que el nuevo dueño estara dispuesto a negociar una compensacion acorde con la realidad pra asin asegurarse sus beneficios...en fin suerte y repetirte que no soy abogada y que busqueis uno YA!!!
12/04/2006 15:42
Gracias por tu atencion Circe, tengo mis dudas sobre si la inmobiliaria compradora del bloque sabia la situacion antes de la compra, aunque despues de hablar con la inmobiliaria no ha dicho nada al respecto, por el comportamiento de la primera dueña ahora, lo mas posible es que no haya comentado nada. En ese caso es evidente la mala fe con que actua la primera dueña del bloque que antes de la venta no comunica nada a los inquilinos, por lo que seguramente habra cobrado mas por el precio del bloque. Cual sorpresa al recibir en casa un representante de la immobiliaria diciendo que ahora eran ellos los dueños.
La cantidad que proponen de indemnizacion es ridicula, y sin derecho a negociacion, lo tomas o lo dejas. Y lo mas sorprendente del todo es que hayan dicho que si buscais jaleos de abogados, declararan la casa en ruinas.
Eso no cuadra para nada. La casa dista mucho de estar en ruinas, y si asi fuera, ¿porque se molestan a dar una cantidad aun por poco que sea? si realmente pueden conseguir el desalojo sin pagar un euro?
Por lo visto a la inmobiliaria creo que no le interesa derribar la casa, sino aprovechar la estructura y dividir los pisos grandes en otros mas pequeños, por lo que ese comentario de declararla en ruinas suena a amenaza sin sentido o una metedura de pata. En caso de derribo y nueva construccion deberian construir menos pisos por temas de ayuntamiento y no les seria rentable.
No hay ningun documento que demuestre el acuerdo verbal. En esos momentos si la dueña dijo que eso no tenia importancia, se creyo de buena fe, por lo que es palabra contra palabra.
Por supuesto, se explicara el caso a un abogado.
Gracias de nuevo por tu opinion y informacion.




12/04/2006 16:49
Ademas, si realmente tuviesen razon por ley, automaticamente no existiria contrato alguno, ¿porque tendrian que buscar declarar ruina en caso de posible juicio? Sin comentarios
12/04/2006 17:22
en lode la ruina tiene que estar certificado por el ayuntamiento que esta en ruinas sino nanai asin que ni eso creo que lo puedan hacer en un pis pas.Nombras a una inmobiliaria quien ha comprado una persona juridica ( sociedad) o una fisica...en fin eso que para mi no pinta bien y que os estan tanteando para que os vayais sin dar la bara...no lo hagais todos tenemos derechos y obligaciones ellos tb con vosotros.Venga un saludo y mucha suerte y sigue contandonos.
17/04/2006 00:17
Una immobliaria y constructora siempre preferirá pagar una indemnización razonable a buscar la declaración de ruina. Es fácil de entender, teniendo en cuenta la cantidad de trámites y de tiempo que se ahorran. O sea, que el hecho de que os ofrezcan dinero no significa nada más que eso, al menos no necesariamente.

Por otra parte, si (caso de que lo haya entendido bien) no comunicasteis la muerte del inquilino y la subrogación al propietario en el plazo legar, también os podéis ver en apuros.
20/04/2006 12:58
Hola Pere Joan. El tema por usted planteao es complejo pues inciden en él varios puntos.

En primer lugar, sería importante saber la fecha de celebración del contrato. Básicamente si es anterior o posterior al 9 de mayo d 1985. Con ese dato se podrían despejar varias dudas de las que usted plantea.

Un saludo.
23/04/2006 17:42
Jan, el contrato es de bastante antes de 1985. He estado hablando antes y me comento una figura de derecho, llamada reconocimiento tacito. O sea que si no hubiese querido renovar cuando pasaron los tres meses lo hubiese tenido que decir. Al pasar casi dos años podria significar renovacion tacita.
Ahi se trataria de demostrar si la primera propietaria sabia el hecho (fallecimiento). Simplemente esta señora vino al entierro del fallecido. Es evidente que la immobiliaria sabe que no esta claro porque ofrece algo de indemnizacion aunque sea muy poca. Si realmente por ley fuera 100% no ofreceria nada. ¿ Vale la pena ir a juicio ? En caso de perder, ¿ cuanto son los costes aproximadamente ? ¿ cuanto tiempo tardaria en salir juicio en este caso o alguno parecido ? Muchisimas gracias por la atencion
23/04/2006 23:17
En mi opinión no se trata tan solo de consentimiento tácito sino que, además, hay criterios jurisprudenciales que nos apartan de las notificaciones requeridas en el art. 33 de la LAU del 94 o el art. 58 de la LAU del 64, considerando que en materia de vivienda ambos cónyuges tienen atribuído el derecho arrendaticio y ello con independencia de quien sea parte firmante en el contrato que actúa en representación de la sociedad de gananciales.
La declaración de ruina de la finca tiene que obtenerse por medio de una resolución firme de un procedimiento tramitado ante el municipio en el que tienen que ser atendidos los arrendatarios y cumplirse determinadas condiciones. No decidido de manera arbitraria por una parte interesada.
El consejo que pide no puede ser otro que recomendarle que acuda a un abogado ya que los intereses en juego son importantes y la materia compleja. No necesariamente tendrán que ir a juicio.