Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Notaría se niega a registrar pareja de hecho asturias

7 Comentarios
 
Notaría se niega a registrar pareja de hecho asturias
04/11/2020 13:30
Hola. Hemos intentado inscribirnos como pareja de hecho ante notario en Asturias pero en dos notarias ya nos negaron hacerlos porque dicen que eso debe hacerse necesariamente en el ayuntamiento pero por el requisito de la convivencia previa de un año no podemos hacerlo en el ayuntamiento y como había leído que se podía ante un notario, lo habíamos intentado. Ahora no sabemos que hacer, porque aquí en Asturias nos tienen dando vueltas entre el ayuntamiento y la notaría. Hay alguna manera de poder hacerlo?
04/11/2020 19:19
Alicia89
Hola:

Le copio el art. 3 de la Ley 4/2002, de 23 de mayo, de Parejas Estables del Principado de Asturias :

"Artículo 3. Pareja estable.
1. A efectos de lo dispuesto en esta Ley, se considera pareja estable la unión libre y pública, en una relación de afectividad análoga a la conyugal, con independencia de su sexo, de dos personas mayores de edad o menores emancipadas sin vínculo de parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta o colateral hasta el segundo grado, siempre que ninguna de ellas esté unida por un vínculo matrimonial o forme pareja estable con otra persona.

2. Se entenderá que la unión es estable cuando los miembros de la pareja hayan convivido maritalmente, como mínimo un período ininterrumpido de un año, salvo que tuvieran descendencia común, en cuyo caso bastará la mera convivencia, o salvo que hayan expresado su voluntad de constituir una pareja estable en documento público, o se hayan inscrito en el Registro de Uniones de Hecho del Principado de Asturias.

3. La existencia de pareja estable o el transcurso del año de convivencia podrán acreditarse a través de cualquier medio de prueba admitido en Derecho."

De acuerdo con el apartado 2 de la disposición transcrita, existen cuatro maneras de que dos personas sean consideradas pareja estable:

- Por haber convivido maritalmente durante un año. Aquí se puede probar el tiempo de convivencia por medio del certificado de empadronamiento y el hecho de que la convivencia haya sido de naturaleza marital y no meramente de carácter colaborativo para compartir los gastos de la vivienda, puede probarse mediante acta notarial de notoriedad, en la que pueden ir dos testigos mayores de edad que tengan conocimiento del hecho y puedan dar fe de él.

- Por tener descendencia en común, sin importar el tiempo de convivencia. Aquí se puede probar mediante la certificación literal de nacimiento de la criatura, el libro de familia y los certificados de empadronamiento.

- Por constitución por documento público (que puede ser una escritura pública otorgada ante notario). Y aquí el notario puede pedir que se le pruebe documentalmente que ninguno está unido mediante vínculo matrimonial con otra persona.

- Por inscripción en el Registro de Uniones de Hecho del Principado de Asturias : aquí también puede que le requieran probar que están libres de vínculo matrimonial y que no se hallan incursos en otras inhabilidades para ser pareja de hecho.

El notario como tal no es quien inscribe, porque no es registrador ni encargado del Registro de Parejas de Hecho. El notario solo puede autorizar la escritura pública de constitución de pareja estable, conforme lo permite la Ley, para lo cual deberá calificar la capacidad de las partes, la no concurrencia de inhabilidades y la legalidad del acto. Y si se trata del supuesto de un año de convivencia marital, puede elaborar, a requerimiento de los interesados, el acta de notoriedad para determinar que la convivencia durante ese tiempo ha sido efectivamente marital y no como meros compañeros de piso que comparten gastos.


Pero la inscripción se ha de efectuar en el Registro de Parejas Estables del Principado de Asturias, que es de titularidad autonómica:

https://sedemovil.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=9767c159b5d4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&i18n.http.lang=es


Si es para solicitar y obtener la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, el certificado de inscripción que deberá aportar será el del Registro de Parejas Estables del Principado de Asturias.

Debe dirigirse a la Consejería autonómica a cuyo cargo esté el Registro de Parejas Estables.

Un cordial saludo.
05/11/2020 08:30
Condedecartagena
Se le puede requerir al notario la autorización por escritura pública de la constitución de pareja estable? Con esa autorización podríamos inscribirnos como pareja estable? Estoy un poco confundida porque en la notaría nos dicen que el trámite sólo puede realizarse en el ayuntamiento, pero como ya he mencionado antes, uno de los requisitos es de la convivencia previa.
05/11/2020 08:34
Condedecartagena
Convivencia de un año, que no lo cumplimos. Agradecería mucho que me respondieras.
05/11/2020 21:51
Hola:

1.- El texto de la Ley que le he citado y copiado establece las posibles vías para formalizar la unión de pareja estable en Asturias. Una de esas vías es la constituciónde mediante documento público (que bien puede ser una escritura pública, documento público por excelencia) : si la Ley lo establece, el notario no puede negarse a autorizar el otorgamiento de una escritura pública, porque a nadie puede impedírsele hacer algo permitido por la Ley. Y además, pueden establecer pactos para regular el régimen económico de la pareja de hecho en la misma escritura pública.

En concreto, las parejas de hecho en Asturias se rigen por:

- Ley 4/2002, de 23 de mayo, de Parejas Estables.

- Decreto 71/1994, de 29 de septiembre, por el que se crea el Registro de Uniones de Hecho.

Si no, busque otra notaría, que hay muchas.

La escritura pública le servirá para inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho del Principado de Asturias.

2.- Puede también inscribirse directamente en el Registro de Parejas de Hecho del Principado de Asturias, sin necesidad de haber otorgado escritura pública.

En el siguiente enlace tiene la forma de contactar con la Administración del Principado de Asturias:

http://movil.asturias.es/portal/site/webasturias/menuitem.33904d969115661567814030f2300030?vgnextoid=7dd327fff8a7d210VgnVCM1000002f030003RCRD&%3bamp%3bvgnextchannel=dad56fc85c97d210VgnVCM1000002f030003RCRD&%3bi18n.http.lang=es


Un cordial saludo.
06/11/2020 11:09
Condedecartagena
Muchas gracias por su respuesta. He contactado con otro notario y éste me ha dado el visto bueno para la escritura y sólo me ha solicitado los documentos de identidad, por lo que me surge una duda. Al momento de obtener dicha escritura que pasos debo seguir? Es decir, se que se debe remitir al registro de uniones de hecho pero que pasa con losndemás documentos? , él me dijo que eso serían precisos para el registro, pero los debo llevar yo o de eso se encargará el notario? Debo incluirlo en la escritura? Por otra parte, sabrías decirme si el certificado literal de nacimiento extranjero (paraguayo) tiene caducidad en España? Desde ya, muchas gracias por la ayuda.
09/11/2020 15:57
Alicia89
Hola:

Los documentos expedidos por el Registro Civil español se aceptan con una antigüedad de hasta 6 meses. Y los expedidos por Registros Civiles extranjeros se aceptan con una antigüedad de hasta 1 año.

Sería conveniente que el notario deje incorporados a la escritura pública copia testimoniada de los certificados de estado civil de ambas personas y de los certificados de empadronamiento.

Dependerá de cómo funcione en el Principado de Asturias. Aquí en Cataluña los notarios envían copia electrónica de la escritura al Colegio de Notarios de Cataluña, que a la vez la envía para inscripción al Registro de Parejas Estables de Cataluña, a cargo del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, para su inscripción. Luego, el Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya envía por correo electrónico a los interesados la resolución de inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña y también al notario autorizante, que deja incorporada en el protocolo la resolución de inscripción y lo hace constar en la copia auténtica. Existe un convenio entre el Colegio de Notarios de Cataluña y el Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya para hacer posible todo esto. Puede preguntar al notario de Asturias ante quien otorgue la escritura pública si existe un procedimiento similar al que le he descrito que se tiene aquí en Cataluña o si tendrá usted misma que llevar la copia auténtica de la escritura pública a la Administración del Principado de Asturias para su inscripción o si el notario lo puede hacer, desde luego, cobrando por la gestión.

El notario le entregará copia auténtica y copia simple. Para los trámites siempre requerirá la copia auténtica.

El Registro de Parejas que Hecho del Principado de Asturias le debe entregar una certificación de inscripción, que será la que le servirá para los trámites ante la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia (solicitud de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión si su pareja es de nacionalidad española o de cualquier otro Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza).

Un cordial saludo.
08/11/2023 21:44
Alicia89
Hola Alicia, quería saber si has resuelto el problema del notario en Asturias. Mi pareja y yo estamos en la misma situación. Actualmente, estoy aquí con un visado de turista por 3 meses y necesito vivir con mi pareja durante 3 meses para registrarnos como Pareja de Hechos según la Principado de Asturias. ¿Lo hiciste a través de un notario? Si pudieras proporcionarme el contrato notarial, lo apreciaría mucho
Notaría se niega a registrar pareja de hecho asturias | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Notaría se niega a registrar pareja de hecho asturias

7 Comentarios
 
Notaría se niega a registrar pareja de hecho asturias
04/11/2020 13:30
Hola. Hemos intentado inscribirnos como pareja de hecho ante notario en Asturias pero en dos notarias ya nos negaron hacerlos porque dicen que eso debe hacerse necesariamente en el ayuntamiento pero por el requisito de la convivencia previa de un año no podemos hacerlo en el ayuntamiento y como había leído que se podía ante un notario, lo habíamos intentado. Ahora no sabemos que hacer, porque aquí en Asturias nos tienen dando vueltas entre el ayuntamiento y la notaría. Hay alguna manera de poder hacerlo?
04/11/2020 19:19
Alicia89
Hola:

Le copio el art. 3 de la Ley 4/2002, de 23 de mayo, de Parejas Estables del Principado de Asturias :

"Artículo 3. Pareja estable.
1. A efectos de lo dispuesto en esta Ley, se considera pareja estable la unión libre y pública, en una relación de afectividad análoga a la conyugal, con independencia de su sexo, de dos personas mayores de edad o menores emancipadas sin vínculo de parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta o colateral hasta el segundo grado, siempre que ninguna de ellas esté unida por un vínculo matrimonial o forme pareja estable con otra persona.

2. Se entenderá que la unión es estable cuando los miembros de la pareja hayan convivido maritalmente, como mínimo un período ininterrumpido de un año, salvo que tuvieran descendencia común, en cuyo caso bastará la mera convivencia, o salvo que hayan expresado su voluntad de constituir una pareja estable en documento público, o se hayan inscrito en el Registro de Uniones de Hecho del Principado de Asturias.

3. La existencia de pareja estable o el transcurso del año de convivencia podrán acreditarse a través de cualquier medio de prueba admitido en Derecho."

De acuerdo con el apartado 2 de la disposición transcrita, existen cuatro maneras de que dos personas sean consideradas pareja estable:

- Por haber convivido maritalmente durante un año. Aquí se puede probar el tiempo de convivencia por medio del certificado de empadronamiento y el hecho de que la convivencia haya sido de naturaleza marital y no meramente de carácter colaborativo para compartir los gastos de la vivienda, puede probarse mediante acta notarial de notoriedad, en la que pueden ir dos testigos mayores de edad que tengan conocimiento del hecho y puedan dar fe de él.

- Por tener descendencia en común, sin importar el tiempo de convivencia. Aquí se puede probar mediante la certificación literal de nacimiento de la criatura, el libro de familia y los certificados de empadronamiento.

- Por constitución por documento público (que puede ser una escritura pública otorgada ante notario). Y aquí el notario puede pedir que se le pruebe documentalmente que ninguno está unido mediante vínculo matrimonial con otra persona.

- Por inscripción en el Registro de Uniones de Hecho del Principado de Asturias : aquí también puede que le requieran probar que están libres de vínculo matrimonial y que no se hallan incursos en otras inhabilidades para ser pareja de hecho.

El notario como tal no es quien inscribe, porque no es registrador ni encargado del Registro de Parejas de Hecho. El notario solo puede autorizar la escritura pública de constitución de pareja estable, conforme lo permite la Ley, para lo cual deberá calificar la capacidad de las partes, la no concurrencia de inhabilidades y la legalidad del acto. Y si se trata del supuesto de un año de convivencia marital, puede elaborar, a requerimiento de los interesados, el acta de notoriedad para determinar que la convivencia durante ese tiempo ha sido efectivamente marital y no como meros compañeros de piso que comparten gastos.


Pero la inscripción se ha de efectuar en el Registro de Parejas Estables del Principado de Asturias, que es de titularidad autonómica:

https://sedemovil.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=9767c159b5d4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&i18n.http.lang=es


Si es para solicitar y obtener la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, el certificado de inscripción que deberá aportar será el del Registro de Parejas Estables del Principado de Asturias.

Debe dirigirse a la Consejería autonómica a cuyo cargo esté el Registro de Parejas Estables.

Un cordial saludo.
05/11/2020 08:30
Condedecartagena
Se le puede requerir al notario la autorización por escritura pública de la constitución de pareja estable? Con esa autorización podríamos inscribirnos como pareja estable? Estoy un poco confundida porque en la notaría nos dicen que el trámite sólo puede realizarse en el ayuntamiento, pero como ya he mencionado antes, uno de los requisitos es de la convivencia previa.
05/11/2020 08:34
Condedecartagena
Convivencia de un año, que no lo cumplimos. Agradecería mucho que me respondieras.
05/11/2020 21:51
Hola:

1.- El texto de la Ley que le he citado y copiado establece las posibles vías para formalizar la unión de pareja estable en Asturias. Una de esas vías es la constituciónde mediante documento público (que bien puede ser una escritura pública, documento público por excelencia) : si la Ley lo establece, el notario no puede negarse a autorizar el otorgamiento de una escritura pública, porque a nadie puede impedírsele hacer algo permitido por la Ley. Y además, pueden establecer pactos para regular el régimen económico de la pareja de hecho en la misma escritura pública.

En concreto, las parejas de hecho en Asturias se rigen por:

- Ley 4/2002, de 23 de mayo, de Parejas Estables.

- Decreto 71/1994, de 29 de septiembre, por el que se crea el Registro de Uniones de Hecho.

Si no, busque otra notaría, que hay muchas.

La escritura pública le servirá para inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho del Principado de Asturias.

2.- Puede también inscribirse directamente en el Registro de Parejas de Hecho del Principado de Asturias, sin necesidad de haber otorgado escritura pública.

En el siguiente enlace tiene la forma de contactar con la Administración del Principado de Asturias:

http://movil.asturias.es/portal/site/webasturias/menuitem.33904d969115661567814030f2300030?vgnextoid=7dd327fff8a7d210VgnVCM1000002f030003RCRD&%3bamp%3bvgnextchannel=dad56fc85c97d210VgnVCM1000002f030003RCRD&%3bi18n.http.lang=es


Un cordial saludo.
06/11/2020 11:09
Condedecartagena
Muchas gracias por su respuesta. He contactado con otro notario y éste me ha dado el visto bueno para la escritura y sólo me ha solicitado los documentos de identidad, por lo que me surge una duda. Al momento de obtener dicha escritura que pasos debo seguir? Es decir, se que se debe remitir al registro de uniones de hecho pero que pasa con losndemás documentos? , él me dijo que eso serían precisos para el registro, pero los debo llevar yo o de eso se encargará el notario? Debo incluirlo en la escritura? Por otra parte, sabrías decirme si el certificado literal de nacimiento extranjero (paraguayo) tiene caducidad en España? Desde ya, muchas gracias por la ayuda.
09/11/2020 15:57
Alicia89
Hola:

Los documentos expedidos por el Registro Civil español se aceptan con una antigüedad de hasta 6 meses. Y los expedidos por Registros Civiles extranjeros se aceptan con una antigüedad de hasta 1 año.

Sería conveniente que el notario deje incorporados a la escritura pública copia testimoniada de los certificados de estado civil de ambas personas y de los certificados de empadronamiento.

Dependerá de cómo funcione en el Principado de Asturias. Aquí en Cataluña los notarios envían copia electrónica de la escritura al Colegio de Notarios de Cataluña, que a la vez la envía para inscripción al Registro de Parejas Estables de Cataluña, a cargo del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, para su inscripción. Luego, el Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya envía por correo electrónico a los interesados la resolución de inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña y también al notario autorizante, que deja incorporada en el protocolo la resolución de inscripción y lo hace constar en la copia auténtica. Existe un convenio entre el Colegio de Notarios de Cataluña y el Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya para hacer posible todo esto. Puede preguntar al notario de Asturias ante quien otorgue la escritura pública si existe un procedimiento similar al que le he descrito que se tiene aquí en Cataluña o si tendrá usted misma que llevar la copia auténtica de la escritura pública a la Administración del Principado de Asturias para su inscripción o si el notario lo puede hacer, desde luego, cobrando por la gestión.

El notario le entregará copia auténtica y copia simple. Para los trámites siempre requerirá la copia auténtica.

El Registro de Parejas que Hecho del Principado de Asturias le debe entregar una certificación de inscripción, que será la que le servirá para los trámites ante la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia (solicitud de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión si su pareja es de nacionalidad española o de cualquier otro Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza).

Un cordial saludo.
08/11/2023 21:44
Alicia89
Hola Alicia, quería saber si has resuelto el problema del notario en Asturias. Mi pareja y yo estamos en la misma situación. Actualmente, estoy aquí con un visado de turista por 3 meses y necesito vivir con mi pareja durante 3 meses para registrarnos como Pareja de Hechos según la Principado de Asturias. ¿Lo hiciste a través de un notario? Si pudieras proporcionarme el contrato notarial, lo apreciaría mucho