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notificacion sentencias

2 Comentarios
 
Notificacion sentencias
18/04/2006 11:20
por razones que no vienen al caso, tuvimos que presentar una denuncia a 500 kms de nuestra residencia habitual para lo que buscamos un abogado y procurador en Alcalá de Henares.La denuncia fue desestimada, por lo que se presentó recurso de apelación ante el TSJ de Madrid capital. Nuestro abogado en su día nos envío copia del supuesto recurso sin sellar por el Juzgado y ahora nos ha comunicado que en el recurso el juez se ratifica en la sentencia anterior.
Preguntas:
1)Si se presenta una denuncia y el procurador corresponde a esa localidad, al pasar a Recurso al TSJ de la capital de esa provincia, ¿se puede utilizar el mismo procurador o solo tiene jurisdicción en una determinada localidad?
2) En este caso, ¿como se puede comprobar que el abogado realmente presentó el recurso y a través de qué procurador?
3) ¿no es el abogado quien tendría que enviarnos copia tanto del recurso como de la sentencia con sello de que efectivamente el recurso se presentó y se ha desestimado?
4) ¿Como se puede comprobar que el abogado cumplió con sus funciones?
Muchas gracias y un saludo
19/04/2006 01:28
1- Reclame al Abogado el Escrito del Recurso, sellado, y la Resolución del mismo

2- El Escrito ha de estar firmado por Procurador (en el encabezamiento del Escrito, encontrarán su nombre).
Busquen sus datos en la Guía Judicial (si introducen su nombre en el google, también podrán encontrarlo).
O llamen al Colegio de Procuradores de la localidad.
Contacten con él y pídanle copia de los documentos mencionados.

3- Cuando encuentren al Procurador, sabrán en qué localidades está habilitado.

Saludos y suerte.
perfil Rus
19/04/2006 10:40
En el recurso aparecerá el primer procurador (de Alcalá de Henares) que no tiene por qué ser el mismo que el de Madrid (normalmente no lo será, supongo). El caso es que el recurso de apelación se presenta ante el mismo Juzgado que dictó la Resolución, y se solicita que se eleve a la Audiencia. Por tanto, el recurso debería ir firmado por el procurador que ya les representaba en el Juzgado, y se deberá designar otro para la Audiencia (a no ser que sea el mismo partido judicial, cosa que desconozco en el caso de Madrid).

En cuanto a las funciones del abogado-procurador, supongo que depende de lo que suela hacer cada uno, dependiendo, por ejemplo, de la confianza con el cliente. Puede ser el procurador quien envíe la copia al cliente, o el abogado, una vez que el procurador la lleva al despacho.

Lo más práctico, como dice Ana, es que reclamen al abogado el recurso y la resolución.