Voy a interponer demanda de divorcio contencioso sobre unos conyuges ya separados por sentencia pero que reanudaron su convivencia tras la sentencia durante seis años mas y, en ese tiempo, tuvieron un nuevo hijo el que por supuesto no esta contemplado en las medidas definitivas de la separacion por tanto ¿puedo pedir medidas provisionales coetaneas a la interposicion de la demanda? Ella se fue de casa sin avisar, lleva una semana sin llevar a los niños al colegio y se tienen varios testigos que estan dispuestos a declarar sus constantes peleas con el vecindario y la labor de mediacion y de buen padre de su conyuge (mi cliente) ¿Pensais que es mas oportuno pedir la guardia y custodia compartida o quizas la guardia y custodia en exclusiva?Teniendo en cuenta que el padre, mi cliente, tiene trabajo, su ex no, vivienda, su ex no, y que los crios con 11 y 4 años de alguna forma tenian su ambiente aqui con sus amigos y familiares indirectos
Perdon, el titulo era notificaciones. Desconocemos exactamente el domicilio donde reside la conyuge de mi cliente. Intentaremos averiguarlo pero, ¿podemos poner dos domicilios posibles en la demanda?
¿En caso de que no sea posible notificarla porque ella rehuse o simplemente no sean esos los domicilios, como se porcederia? ¿mediante edictos en el tablon de anuncios del juzgado? ¿Lo tengo que solicitar desde ya en la misma demanda (lo de la publicacion en caso de infructuosa la notificacion)? ¿Cuanto suele costar?
Puedes poner todos los domicilios conocidos para facilitar que se hagan las oportunas averiguaciones, y al mismo tiempo, pedir que sea notificada por edictos de resultar infructuosas las mismas. Yo suelo solicitarlo con la demanda porque a veces, algunos juzgados te requieren para que facilites más domicilios pasando de hacer las averiguaciones oportunas, y haciéndote perder un tiempo precioso. Pide un informe al colegio por si lo que ha hecho la madre es un cambio de colegio. Que te certifiquen que siguen dados de alta y no se notificado la baja ni la petición de cambio y de expediente, y de ser así, a qué colegio. Suerte.
Muchas gracias, es de mucha ayuda lo que me informas. Por cierto, despues de que en su caso sean infructuoso las notificaciones en los diomicilios y habiendose solicitado en la demanda la notificacion por edictos ¿ hace falta pedir de nuevo al juez que lo haga o lo hace tras las notificaciones fallidas? ¿Cuanto suele costar? No sabia que se podia pedir de forma subsidiaria la guardia custodia compartida y principal la exclusiva
son aquellas que al declararse la persona en rebeldia la parte sustancia de un auto se pone en el tablon de anuncio del ayuntamiento donde vive la rebeldia y asi como en los boletines oficiales tambien puede ponerse en los periodico de gran tirada del lugar.-.-.-.- mas o menos
Se puede solicitar la edictal en el escrito que interpongas subsidiariamente para el caso de resultar negativas las averiguaciones del domicilio o las notificaciones, se ahorra tiempo. La L.E.C. no lo prohibe.
No, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia
Una cosa más la ley oliga a agotar todos los medios de averiguaciòn del domicilio antes de optar por la edictal. Además, de esta forma te evitas futuras posibles nulidades
Totalmente de acuerdo, Andrés, pero en la práctica como en los juzgados se "matan a trabajar", me encontré hace dos años con un caso en el que me requirieron hasta 3 veces para aportar el domicilio de los demandados (que eran tropecientos), cuando ya había aportado los dos posibles desde el principio (que además, constaban documentados), haciendo constar que se desconocía la existencia de cualquier otro (la ley me obliga a colaborar, no a ser pitonisa), aún así, me requirieron, con lo que el pleito se demoró la friolera de 3 meses (entre otras "irregularidades existentes en la tramitación"). En el momento que crucé escrito con los arts. de la L.E.C. insistiendo en el desconocimiento del domicilio y pidiendo que se realizaran las averiguaciones necesarias y subsidiariamente, la edictal, se fueron a la edictal y se acabó, cuando la juez logró aclararse, los declaró en rebeldía y continuó el procedimiento (una división de la cosa común que duró casi 1 año en primera instancia). Ahora, lo pido siempre en las demandas, mediante Otrosí, y no he vuelto a tener el problema. De hecho, ahora tengo que interponer una con el demandado viviendo en un país americano, y ya he pedido comisión rogatoria para que acredite que vive en el domicilio que aportamos y como las autoridades de ese país, tras hablar con la Embajada, no realizan esas averiguaciones sobre el domicilio, ya he pedido la edictal, y aportado los convenios complementarios al de de la haya para que sepan como notificar y efectuar las comisiones rogatorias.