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nueva ley de jubilacion

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nueva ley de jubilacion
22/06/2013 10:04
Quedé en paro 24-07-2009.
Cobré desempleo hasta 24-07-2011.
Desde entonces tengo subscrito un convenio ordinario con la Tesoreria de la S.S. con duración prevista hasta mi jubilación a los 65 años en fecha 02-01-2017.
Mi profesión es la de Aparejador y posiblemente empezaría a ejercer como profecional libre sin darme de alta en ningún regimen de la S.S.pues pertenezco y estoy de alta en PREMAAT (Mutua de Aparejadores que sustituye al RETA)
Mi pregunta es :
Al estar dado de alta con PREMAAT para comenzar la actividad y seguir con el convenio especial hasta mi fecha de jubilación(65 años el 02-01-2017), ¿Se me alpicaria a la edad de jubilación, la antigua ley de jubilación,según parece que se deduce de la disposición transitoria duodecima de la nueva ley de jubilación?

¿Se me aplicaria la antigua o la nueva ley de jubilacón en este caso?
Gracias de antemano
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Quedé en paro 24-07-2009.
Cobré desempleo hasta 24-07-2011.
Desde entonces tengo subscrito un convenio ordinario con la Tesoreria de la S.S. con duración prevista hasta mi jubilación a los 65 años en fecha 02-01-2017.
Mi profesión es la de Aparejador y posiblemente empezaría a ejercer como profecional libre sin darme de alta en ningún regimen de la S.S.pues pertenezco y estoy de alta en PREMAAT (Mutua de Aparejadores que sustituye al RETA)
Mi pregunta es :
Al estar dado de alta con PREMAAT para comenzar la actividad y seguir con el convenio especial hasta mi fecha de jubilación(65 años el 02-01-2017), ¿Se me alpicaria a la edad de jubilación, la antigua ley de jubilación,según parece que se deduce de la disposición transitoria duodecima de la nueva ley de jubilación?

¿Se me aplicaria la antigua o la nueva ley de jubilacón en este caso?
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