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nulidad expediente disciplinario por no tomar declaración al interesado

11 Comentarios
 
Nulidad expediente disciplinario por no tomar declaración al interesado
09/09/2010 15:04
¿Alguien conoce alguna sentencia del Supremo que declare nulo un expediente disciplinario por no tomar declaración al interesado? La necesito pronto, tengo juicio para finales de septiembre. Soy profesor. Resulta que me citaron para declarar a una hora determinada, llegué 15 minutos tarde y el instructor del expediente levantó un acta dando fe de mi incomparecencia. Como consecuencia de esta incomparecencia, me enviaron una resolución de suspensión provisional de funciones por seis meses sin derecho a retribuciones. Es que la ley de función pública de la Región de Murcia establece que el suspenso provisional no percibe retribuciones por incomparecencia o rebeldía del interesado, pero eso está derogado por el Estatuto Básico del Empleado Público, pues esa posibilidad la contemplaba la ley de funcionarios civiles del franquismo.
15/09/2010 14:47
en provisionales se paga sueldo ....la ley 30792 dice que los ciudadanos no están obligados a comparecer ante las administraciones públicas a no ser que exista una ley q así lo diga- que no existe para tí- que tu abogado reclame el sueldo inmediatamente.

esa medida provisional es nula por ausencia de motivación, por ausencia de proporcionalidad, y por ausencia de la necesaria motivación de la proporcionalidad, mediatamente.

el procedimiento principal es nulo de pleno derecho por ausencia del principio de contradición en el q tu deberías haber interrogado a los testigos y declarantes y se debería haber aceptado tus pruebas.

la incomparecencia en el procedimiento no es no declarar, es no recoger notificaciones , hacerse el desaparecido...te corresponde sueldo y reclamalo

15/09/2010 14:49
vete a un abogado porque si estás al principio del procedimiento lo que debes hacer es 2no saber mucho" Cada defecto que les cuentas que han producido se lo arreglan y siguen...Dejalos errar y ya ganas en el contencioso....abogado imprescindible.
15/09/2010 18:25
Manuelin, has caso a Santi sobre el abogado, pues por experiencia propia te puedo decir que a mi por represarias a unas reivindicaciones de mejora laboral, me incoaron un expediente disciplinario de suspension de funciones y sueldo. Ten en cuenta que la administración tiene mucho poder, por que de momento te lo comes literalmente y después alegas lo que te venga en gana y mientras tanto o no te joden. El proceso se llevo lo mas chapùza que te puedas imaginar, pero como te dije, el que utiliza como herramienta a la administración, es el que primero puede. Según legislación (que conste q no soy abogado solo un aficionado), tienen que dejarte lo suficiente para asistir a la familia etc..., así me hicieron a mi, hasta que..., mejor no te lo cuento.

Bueno, si necesitas escrito de alegaciones o demás que utilice en su momento, mandame un privado.
15/09/2010 23:50
Hola, fujitsu,
mándame tus alegaciones al correo arrobita45@hotmail.com
El expediente ha terminado de instruirse y me han sancionado con 23 meses de suspensión de empleo y sueldo. Me pagaron el período de suspensión provisional, pero, tras la resolución del expediente, debía devolver lo percibido. Como la Consejería de educación me tenía que abonar julio y agosto de 2009, con pagas extras y demás, lo que ha hecho es restar a esa cantidad lo que he percibido durante la suspensión provisional, siendo el resultado de 5,99 € favorables a mí, como en rebajas.
La finalidad, por tanto, de la suspensión provisional era no pagarme los meses del verano de 2009. Cuando se celebre el contencioso, quiero consultar con un abogado penalista si aquí habría prevaricación.
18/09/2010 13:47
Según estatuto básico de empleado público , los seis meses de suspensión provisional serán de abono cuando ya la resolución sea firme, y será firme si no has ido al abogado y recurrido al contencioso en plazo. Mientras tanto el asunto ese de restarte dinero es un embargo nulo por ausencia del procedimiento reglamentario de embargo..
Todo consiste en saber si has recurrido al contencioso con letrado y ello implica que no deberían haberte embargado....Pero si has estado solo te han embargado por finalizar sin recurso contencioso en plazo.
No obstante ello sí tiene solución, por la revisión de oficio del art 02 LRJAPAC y por la de error de hecho...Ahora bien en este caso tocaría j... hasta la resolución judicial....
¿Para qué quieres las alegaciones? Si te toca interponer la demanda al contencioso dentro de plazo????

Vete a un abogado y dile que no te han dejado interrogar a los declarantes, testigos, ni han querido recibir tus pruebas, que no te han dado derecho a audiencia, que no existe motivación en la proporcionalidad de la sanción.

Si tienes el juicio a finales de septiembre que en el acto del juicio tu abogado amplie la demanda con esto que te digo y aunque perdieses ya ganas apelando por ausencia de derechos fundamentales.... Que te motiven la proporcionalidad de 23 meses de sanción cuando en vía penal son doce meses de carcel por eutanasia , al médico....
18/09/2010 13:49
Tranquilizate , si no te han tomado declaración a tí en el expediente, debe ser nulo , pues no te han dejado defenderte ni acusar a otros y se vulnera tu presunción de inocenca , como mínimo es anulable....Confía en tu abogado....
18/09/2010 17:35
Es que no sólo no me han tomado declaración, también dicen que no he presentado alegaciones, cuando sí lo hice al pliego de cargos, a la vista del expediente, etc. Por cierto, mi juicio coincide con la "juerga" general. No se trabaja pero seguro que estarán los bares llenos de gente.
21/09/2010 12:51
Que digan lo que quieran...Si existe la justicia ganarás y si es solo politiqueo judicial perderás pero recurrirás y acabarás ganando porque ha exsitido indefensión.
13/06/2011 17:21
Solo me paso por aquí para decir que este chico ya ganó el juicio , se lo habían hecho porque las alegaciones de otro previo no le gustaban al juez administrativo/inquisidor/no profesional/mengano queinstruye, es decir , alegando , se quejaba de las rarezas del procedimiento inquisitorial porque no las veía justas - no sabía que es como la inquisición plenamente legal en España- y por las quejas le instruyeron el segundo. Este lo gana porque tiene derecho a la libertad de expresión y más tratandose de su derecho de autodefensa sin ser letrado...Parece mentira que nos hayan engañado tanto haciendonos creer en el Estado Español con estos procedimientos en que sin juez cualquier mengano actúa de juez y parte (inquisitorial) . Aparte porque no existía proporcionalidad ya que 23 meses era mucho comparado con otro expediente por el mismo tipo sancionable que solo solicitaba dos. Gracias. Lo digo por ayudar a quien se pase por aquí en el futuro. Hubo nulidad.
10/12/2016 16:16
manuelin
Porfavor yo estoy en mismo caso alguin tiene alguna sentencia y me la puede pasar
10/12/2016 16:17
manuelin
Estoy en mismo caso tiene alguien alguna sentencia si me la pueden pasar ***
Gracias es urgente