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nulidad prestamos por usura

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Nulidad prestamos por usura
27/12/2008 02:35
CONDENA POR USURA
NULIDAD DE LAS ESCRITURAS DE PRESTAMOS CON GARANTIA HIPOTECARIA Y A INDEMNIZAR CON 20.000 EUROS POR DAÑOS MORALES.

El día 12 de Diciembre recibimos la sentencia de un prestamista privado condenado por usura en el que se le anulan los contratos de préstamo y se le condena a indemnizar a la víctima con 20.000 euros por los daños ocasionados.

Se trata de un caso de un prestamista privado que ejerce su actividad en las provincias de Vizcaya y Cantabria. El modo de operar consiste en simular que paga unos cheques a los prestatarios que con posterioridad y a pesar de ser los talones nominativos, se encarga el mismo prestamista de cobrarlos. Disponemos de más de 25 préstamos privados denunciados de este prestamista y de su compañera, realizados de este manera. El modo de operar es el mismo en todos los casos, con cheques nominativos que enseña en notaria pero que no los entrega a los clientes, los lleva el prestamista a la Entidad Bancaria, les obliga a firmarlos por detrás a las prestatarias, se acerca el prestamista a la ventanilla de la Caja, se lo pagan a él los administrativos del Banco y el prestamista entrega metálico por un importe muy inferior al que consta en el cheque.
Los empleados del banco conocen toda la operativa, porque se hace delante de ellos y porque son muchas las operaciones realizadas todos los días, POR ESO TAMBIEN SE LE HA DENUNCIADO AL BANCO, aunque de momento es difícil de probar, pero pueden también estar implicados según se dictamine en vía penal. No sabemos como puede ser que una persona con este modo de operar carezca de alguna tapadera de un modo directo o indirecto, que bien pudiera ser el propio Director de la sucursal o algún empleado con cierto rango. Se le ha denunciado al director de la Caja por cuanto pueda existir de responsabilidad de la Entidad y porque se está seguro por parte de los clientes de que existe esa connivencia auque otra cosa será probarlo.

El caso es que en este Juicio realizado en el Juzgado de Primera Instancia 2 de Santander, se juzgaba a unos clientes que pidieron un préstamo para pagar unos atrasos por importe de 15.000 euros. Acude por un anuncio que vio publicado en el Diario El Correo Español el Pueblo Vasco, donde se concedía dinero con más facilidad que la banca tradicional, donde la habían cerrado las puertas por encontrarse en situación de retraso en los pagos, incluso con embargos. La realizaron tres préstamos en notaria, de forma sucesiva y el posterior para eliminar el anterior. El prestamista instó ejecución hipotecaria en el Juzgado de Baracaldo y llegó a subastar su vivienda adjudicándosela en pública subasta que muy a pesar de los esfuerzos por la paralización del ejecutivo y de la subasta incluida la jueza que llevó el caso no calculó que pudiera probar lo que se decía en la multitud de recursos interpuestos para la suspensión del procedimiento.

Así se encontró que en poco más de un año que de 15.000 euros que la entregaron, tenía que devolver 64.900 euros aproximadamente más gastos y costas. La sentencia deja probado que a la clienta la entregaron en el primer préstamo 4.000 euros, en el segundo 11.000 y en el tercer préstamo nada la dieron. Con lo cual la suma recibida no fueron más de 15.000 euros.

Sin embargo se realizaron 3 cheques nominativos a su nombre que así lo hizo constar en las escrituras de préstamo con garantía hipotecaria que firmaron en notaría, aunque ninguno de los cheques tuvo en su mano. El importe de los cheques eran en total de 59.900 euros, que se encargó de cobrar en la ventanilla de la Caja el mismo prestamista, aunque la propia