Si contrato a un trabajador con horario de 8 a 15 de lunes a viernes, dentro de un convenio cuya jornada semanal son 40 horas, ¿debo darle de alta a jornada completa (siendo la jornada diaria de 7 horas en lugar de 8 por ser intensiva) o por el contrario sería un contrato a tiempo parcial de 35 horas semanales?
La duda me surge porque cuando hablamos de jornada intensiva, por ejemplo en epoca estival, los trabajadores que realizan 8 horas al dia pasan a trabajar 7 horas en esas fechas.
Si su horario es siempre de 8 a 3, al ser jornada intensiva es jornada completa aunque sean 7 horas?
Gracias anticipadas.
Hola M. Angeles,
Lo primero que debes hacer es consultar el convenio colectivo de aplicación en la actividad y leer a fondo lo que regula sobre jornada.
Te lo digo pues la jornada de 40 horas semanales suele ser "de media", es decir, lo importante es la jornada efectiva ANUAL.
Por lo anterior, tendrás que calcular la jornada que tiene que hacer este nuevo trabajador, en cómputo anual y establecer cual es el porcentaje de jornada que supone respecto a la jornada completa.
Pues, a pesar de que durante el verano coincida con el horario del resto de la plantilla, en cómputo anual su jornada es inferior.
Un saludo