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Obligacion de enterarse

7 Comentarios
 
Obligacion de enterarse
02/08/2006 11:34
Se celebra Junta General de una Comunidad. Se remite el Acta a los propietarios.
En dicha Junta, se ha establecido (entre otros muchos acuerdos), la nueva cuota mensual de acuerdo con el presupuesto anual aprobado.
Tambien se acuerda una derrama mensual para unas obras.
A la vista de esto, ¿esta obligado todo propietario ausente, a leerse el Acta (20 folios), para enterarse de la cuantia de las nuevas cuotas mensuales establecidas y de la derrama?.
O, ¿es obligacion del Secretario-Administrador dirigir una Circular sobre nuevas cuotas y derramas, a cada propietario?.
Todo esto teniendo en cuenta que, la mayor parte de las veces, las actas son un verdadero rollo.
¿Establece la LPH, la obligacion de todo propietario, de estar informado de todos los asuntos de la Comunidad?.
02/08/2006 11:43
La obligación del Administrador es remitir el acta. Consecuentemente el propietario tiene el derecho y además la obligación de conocer el contenido del mismo sin que exista obligación por parte del Administrador de remitir una nueva carta explicando lo mismo que dice el acta de la junta.
02/08/2006 11:57
Parece ser que la obligación de cada propietario acabará siendo estudiar Derecho y Contabilidad, o, en su defecto, acudir a un gestor a que revise las cuentas y te ayude a interpretarlas y corregirlas, si están mal.
La obligación del administrador no es remitir el acta, yo creo que esa labor es del secretario o, en su caso, del secretario-administrador.
La labor del administrador, en todo caso es hacer las cuentas bien, sin equivocarse en contra de los propietarios además de las demás obligaciones que establece el art. 20.º de la LPH.
Creo yo.
02/08/2006 12:30
No me habeis aclarado mucho, la obligacion del propietario, segun la LPH, de leerse el acta para enterarse de determinados acuerdos.
En cambio, no podria alegar desconocimiento, si recibe una carta en la que se le comunica las "nuevas" cuotas y derramas.
A veces tambien ocurre, que se aprueba el nuevo presupuesto, pero en el acta no se especifica la nueva cuota.
02/08/2006 12:47
Yo creo que el propietario tiene obligación de leerse el acta y el administrador de informar a cada propietario las cuotas que deben pagar y el vencimiento de las mismas.
02/08/2006 13:25
Buenas, según la LPH si hay administrador es función suya el redactar el acta de cada reunión y hacersela llegar al domicilio de cada propietario, si luego el propietario no lo quiere leer es problema suyo, le llevará a estar desinformados y poder meter la pata en reuniones preguntando o reclamando cosas que ya está explicadas en el acta. Creo que las actas sonla única manera en que la información sabemos que llega a cadauno luego está en su mano hacer con esa información lo que se quiera.
02/08/2006 13:46
En ocasiones hay preguntas en este foro que dejan perplejo.
¿Cuál es la mision del acta y el de remitirla a los copropietarios? ¿Recoger lo acordado en junta y trasmitirlo a los copropietarios para su debida información o, para que la utilicen de papel de retrete?. Perdónenme pero hay preguntas que ¡ole!. El que quiera leerla que la lea y quedará informado de lo que ocurre en cu comunidad, y el que pase de todo pues que pase. Que son muchas hojas, seguramente es porque son las que tienen que ser, y si hay algo que no entiende que se lo pregunte al administrador o secretario que es el que la ha redactado. No hay más problemas.
09/08/2006 14:22
Supongamos un propietario, que no le interesa en demasia, todos los rollos que hay en la Comunidad y las tonterias que a veces se reflejan en el Acta, pero si es un buen propietario, a efectos de querer estar al dia en el pago de cuotas, y quiere ingresar las cuotas correctamente.
¿Quereis decir que el Administrador, no esta obligado a comunicar a los propietarios, la nueva cuota mensual y las derramas establecidas, a traves de una circular especifica, sobre ese asunto concreto?.
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Obligacion de enterarse
02/08/2006 11:34
Se celebra Junta General de una Comunidad. Se remite el Acta a los propietarios.
En dicha Junta, se ha establecido (entre otros muchos acuerdos), la nueva cuota mensual de acuerdo con el presupuesto anual aprobado.
Tambien se acuerda una derrama mensual para unas obras.
A la vista de esto, ¿esta obligado todo propietario ausente, a leerse el Acta (20 folios), para enterarse de la cuantia de las nuevas cuotas mensuales establecidas y de la derrama?.
O, ¿es obligacion del Secretario-Administrador dirigir una Circular sobre nuevas cuotas y derramas, a cada propietario?.
Todo esto teniendo en cuenta que, la mayor parte de las veces, las actas son un verdadero rollo.
¿Establece la LPH, la obligacion de todo propietario, de estar informado de todos los asuntos de la Comunidad?.
02/08/2006 11:43
La obligación del Administrador es remitir el acta. Consecuentemente el propietario tiene el derecho y además la obligación de conocer el contenido del mismo sin que exista obligación por parte del Administrador de remitir una nueva carta explicando lo mismo que dice el acta de la junta.
02/08/2006 11:57
Parece ser que la obligación de cada propietario acabará siendo estudiar Derecho y Contabilidad, o, en su defecto, acudir a un gestor a que revise las cuentas y te ayude a interpretarlas y corregirlas, si están mal.
La obligación del administrador no es remitir el acta, yo creo que esa labor es del secretario o, en su caso, del secretario-administrador.
La labor del administrador, en todo caso es hacer las cuentas bien, sin equivocarse en contra de los propietarios además de las demás obligaciones que establece el art. 20.º de la LPH.
Creo yo.
02/08/2006 12:30
No me habeis aclarado mucho, la obligacion del propietario, segun la LPH, de leerse el acta para enterarse de determinados acuerdos.
En cambio, no podria alegar desconocimiento, si recibe una carta en la que se le comunica las "nuevas" cuotas y derramas.
A veces tambien ocurre, que se aprueba el nuevo presupuesto, pero en el acta no se especifica la nueva cuota.
02/08/2006 12:47
Yo creo que el propietario tiene obligación de leerse el acta y el administrador de informar a cada propietario las cuotas que deben pagar y el vencimiento de las mismas.
02/08/2006 13:25
Buenas, según la LPH si hay administrador es función suya el redactar el acta de cada reunión y hacersela llegar al domicilio de cada propietario, si luego el propietario no lo quiere leer es problema suyo, le llevará a estar desinformados y poder meter la pata en reuniones preguntando o reclamando cosas que ya está explicadas en el acta. Creo que las actas sonla única manera en que la información sabemos que llega a cadauno luego está en su mano hacer con esa información lo que se quiera.
02/08/2006 13:46
En ocasiones hay preguntas en este foro que dejan perplejo.
¿Cuál es la mision del acta y el de remitirla a los copropietarios? ¿Recoger lo acordado en junta y trasmitirlo a los copropietarios para su debida información o, para que la utilicen de papel de retrete?. Perdónenme pero hay preguntas que ¡ole!. El que quiera leerla que la lea y quedará informado de lo que ocurre en cu comunidad, y el que pase de todo pues que pase. Que son muchas hojas, seguramente es porque son las que tienen que ser, y si hay algo que no entiende que se lo pregunte al administrador o secretario que es el que la ha redactado. No hay más problemas.
09/08/2006 14:22
Supongamos un propietario, que no le interesa en demasia, todos los rollos que hay en la Comunidad y las tonterias que a veces se reflejan en el Acta, pero si es un buen propietario, a efectos de querer estar al dia en el pago de cuotas, y quiere ingresar las cuotas correctamente.
¿Quereis decir que el Administrador, no esta obligado a comunicar a los propietarios, la nueva cuota mensual y las derramas establecidas, a traves de una circular especifica, sobre ese asunto concreto?.