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Obra conservación camino en zona de protección de costas

1 Comentarios
 
Obra conservación camino en zona de protección de costas
08/10/2018 23:31
Despúes de haber presentado una declaración responsable para renovar el pavimento de un camino que se encuentra parcialemente en zona de protección de costas, no dicen desde el sevicio de costas que no puede ser una declaración responsable, que tiene que ser autorización, ya que las declaraciones responsables son sólo para usos prohibidos. Nos parece un absurdo que para trabajos de conservación de usos prohibidos sea una declaración responsable y que para trabajos de conservación de un camino anterior a 1956 tenga que ser una autorización. Entonces, ¿que tramitación ante costas hay que darle a una obra de conservación de un camino en zona de servitud de protección de costas? Ninguna, declaración responsable o autorización?
09/10/2018 09:16
kepa1
Lo de "declaración responsable para actuaciones prohibidas" diría que ha sido una incorrecta interpretación de la información que te han dado, para usos prohibidos no hay autorización, licencia o declaración responsable que ampare su ejecución, su prohibición significa ilegalidad..

Efectivamente, para la actuación pretendida en el camino lo primero que ha de obtenerse es la "autorización" del Servicio de Costas y posteriormente presentar la declaración responsable en el ayuntamiento adjuntando aquella "autorización", en el supuesto de que la ordenanza municipal no establezca la obligación de presentar proyecto y solicitar licencia, que podría ser.
Obra conservación camino en zona de protección de costas | PorticoLegal
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Obra conservación camino en zona de protección de costas
08/10/2018 23:31
Despúes de haber presentado una declaración responsable para renovar el pavimento de un camino que se encuentra parcialemente en zona de protección de costas, no dicen desde el sevicio de costas que no puede ser una declaración responsable, que tiene que ser autorización, ya que las declaraciones responsables son sólo para usos prohibidos. Nos parece un absurdo que para trabajos de conservación de usos prohibidos sea una declaración responsable y que para trabajos de conservación de un camino anterior a 1956 tenga que ser una autorización. Entonces, ¿que tramitación ante costas hay que darle a una obra de conservación de un camino en zona de servitud de protección de costas? Ninguna, declaración responsable o autorización?
09/10/2018 09:16
kepa1
Lo de "declaración responsable para actuaciones prohibidas" diría que ha sido una incorrecta interpretación de la información que te han dado, para usos prohibidos no hay autorización, licencia o declaración responsable que ampare su ejecución, su prohibición significa ilegalidad..

Efectivamente, para la actuación pretendida en el camino lo primero que ha de obtenerse es la "autorización" del Servicio de Costas y posteriormente presentar la declaración responsable en el ayuntamiento adjuntando aquella "autorización", en el supuesto de que la ordenanza municipal no establezca la obligación de presentar proyecto y solicitar licencia, que podría ser.