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obra en casa de renta antigua

6 Comentarios
 
Obra en casa de renta antigua
07/04/2006 19:35
Hola a todos. Vivo en una casa de renta antigua que se actualizó con la LAU del 94. Ahora quiero hacer obra en la cocina, porque los azulejos están hechos un asco y en el suelo se han levantado varios y están despegados. He pedido permiso al casero y me ha dicho que si, pero que de los 110€ que pago de renta (IBI, PORTERO, LUZ, Y demás gastos aparte) me la sube a 1000€ al mes. Me parece un chiste. Quiero saber si por hacer obra que realmente es de mantenimiento, no mejora, me puede subir la renta, y si puede en qué porcentaje, si es legal que me la quiera subir en un 1000%. Gracias
09/04/2006 17:43
Si las obras no son realmente necesarias, el casero te puede negar su permiso parar hacerlas, y si las haces por tu cuenta, puede ponerte una demanda de desahucio.

Si son necesarias, tratándose de un alquiler de renta antigua, puede repercutirte el coste de las mismas de acuerdo a unos baremos.

La duda, en estos caso está en el concepto de "necesidad". Si no se trata de algo muy flagrante, no es fácil de determinar.
10/04/2006 12:45
De que fecha es su contrato de arrendamiento?

Si el contrato de arrendamiento de vivienda se celebró con anterioridad al 9 de Mayo de 1985, las disposición transitoria segunda, apartado C) Otros derechos del arrendador, de la LAU 1994, establece la posibilidad de repercuir en el arrendatario el importe de las obras de reparación necesarias para mantener la ivienda en estado de servir al uso convenido, en los términos del artículo 108 del texto refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 ( abono del 8% anual del capital invertido) o de acuerdo con las siguientes reglas:

1. que la reparación haya sido solicitada por el arrendatario o acordada por resolución judicial o administrativa firme.
2. del capital invertido en los gastos realizados, se deducirán los auxilios o ayudas públicas percibidos por el propietario.
3. Al capital invertido se le sumará el importe del interés leal del dinero correspondiente a dicho capital calculado para un periodo de 5 años.
4. El arrendatario abonará anualmente un importe equivalente al 10% de la cantidad referida en la regla anterior, hasta su completo pago.
5. La cantidad anual pagada por el arrendatario no podrá ser superior a la menor de las dos cantidades siguientes:
5 veces su renta vigente las cantidades asimiladas a la misma,
o el importe del salario mínimo interprofesional.
Ambas cantidades consideradas en su computo anual.

Le han presupuestado ya el valor de las obras? Las va a pagar el propietario, o usted le ha pedido permiso para realizarlas por que las va a pagar usted?


Salvo mejor opinión. Un saludo.
10/04/2006 13:36
Gracias por la respuesta, Hammada y laurafx. Os comento. El contrato es del año cuarenta y pico. Yo lo que he hecho es pedir permiso al casero para hacer yo y pagar yo obra en la cocina, cambiar azulejos y suelo, porque quiero cambiar los muebles (que para eso no necesito permiso) y ya aprovecho. Fundamental no es cambiar los azulejos, pero si necesario, ya que en el suelo tengo varios levantados, y me han comentado que al intentar poner muebles nuevos es posible que no aguante bien la sujección de los azulejos antiguos, además de que están saltados y anticuados. No pretendo que me lo pague el casero, lo voy a pagar yo. Y no me importa que aún así me suba la renta el 10%, lo que me parece indigno e ilegal es que, pagando yo la obra, me quiera subir la renta un 1000%. ¿Cómo puede hacerse que la obra sea necesaria, necesito una opinión por escrito del albañil de que los azulejos se caen a trozos y hace falta cambiarlos? ¿Con el agujero que hay en el suelo puedo aducir que es necesario cambiarlo entero? Gracias y un saludo.
11/04/2006 02:29
A ver, no es que te pueda subir la renta un 10% (o sea, que si pagabas cien pagarís 110)

...sino que te puede repercutir anualmente el 10% del valor de las obras. A lo bruto, si estas subieran, con los inetreses, 12.000 euros, serían 1.200 euros anuales, esto es, 120 al mes, y por lo tanto, pagarías 220.
11/04/2006 09:37
Intenta que un perito te haga un peritaje del estado de los azulejos donde establezca que es una obra necesaria. Me parece que tu arrendador es un "caradura" que quiere aprovecharse de las circunstancias, aunque no se tratasen de orbras de consrvación nopodría subirte la rente ese 1000%.
11/04/2006 11:56
muchísimas gracias a los 2, me pondré en contacto con el perito y con el casero. Un saludo.