Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Obra y servicio

3 Comentarios
 
Obra y servicio
26/07/2005 18:55
Es legal un contrato de obra y servicio que dura mas de 16 años?
26/07/2005 23:43
El contrato por obra y servicio dura el tiempo de la obra, no tiene término cierto pero sí aproximado. Lo que pasa es que cuando pasa el tiempo y no se sanciona (se dice que se ha acabado, sólo hay obligación de hacerlo por escrito cuando es de duración superior a un año) se convierte en indefinido.
Seguramente el contrato que comentas se ha transformado en indefinido.
Un saludo
27/07/2005 09:17

Efectivamente, el mero hecho de que dure 16 años no es suficiente para determinar si el contrato es de hecho indefinido o está en fraude de ley.

Los contratos por obra como bien dice Pedro, duran lo que dura la obra, o mejor dicho, los trabajos de la categoría del trabajador en la obra, un dia o veinte años...

Por ello, para determinar si ese contrato es indefinido o deja de serlo, habría que analizar el caso concreto, y ver exactamente para qué obra fue contratado el trabajador, en que ocupa su tiempo de trabajo este, y si existe identidad entre ambas cosas.

Si no existiera dicha identidad, podríamos hablar de que el contrato está en fraude de ley y podría reclamarse su "indefinidad".

Finalmente recalcar que en mi opinión, este tipo de contratos, a diferencia de lo que ocurre con los contratos eventuales, no se convierten automáticamente a indefinidos transcurrido un tiempo cierto a falta de la denuncia de su expiración, ya que no existe una fecha concreta en la que el contrato expire por si mismo.
27/07/2005 10:09
Hola:
Lo mejor y más oportuno en estos casos es seguir trabajando y esperar. Si llega algún día la empresa a comunicarte que ha finalizado el contrato, previa consulta a un abogado o graduado social, planteas una demanda por despido solicitando la improcedencia del mismo.

Y si con una buena defensa consigues una sentencia favorable el empresario optará por readmitirte o indemnizarte con 45 días de salario por año de servicio.

Saludos.
Obra y servicio | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Obra y servicio

3 Comentarios
 
Obra y servicio
26/07/2005 18:55
Es legal un contrato de obra y servicio que dura mas de 16 años?
26/07/2005 23:43
El contrato por obra y servicio dura el tiempo de la obra, no tiene término cierto pero sí aproximado. Lo que pasa es que cuando pasa el tiempo y no se sanciona (se dice que se ha acabado, sólo hay obligación de hacerlo por escrito cuando es de duración superior a un año) se convierte en indefinido.
Seguramente el contrato que comentas se ha transformado en indefinido.
Un saludo
27/07/2005 09:17

Efectivamente, el mero hecho de que dure 16 años no es suficiente para determinar si el contrato es de hecho indefinido o está en fraude de ley.

Los contratos por obra como bien dice Pedro, duran lo que dura la obra, o mejor dicho, los trabajos de la categoría del trabajador en la obra, un dia o veinte años...

Por ello, para determinar si ese contrato es indefinido o deja de serlo, habría que analizar el caso concreto, y ver exactamente para qué obra fue contratado el trabajador, en que ocupa su tiempo de trabajo este, y si existe identidad entre ambas cosas.

Si no existiera dicha identidad, podríamos hablar de que el contrato está en fraude de ley y podría reclamarse su "indefinidad".

Finalmente recalcar que en mi opinión, este tipo de contratos, a diferencia de lo que ocurre con los contratos eventuales, no se convierten automáticamente a indefinidos transcurrido un tiempo cierto a falta de la denuncia de su expiración, ya que no existe una fecha concreta en la que el contrato expire por si mismo.
27/07/2005 10:09
Hola:
Lo mejor y más oportuno en estos casos es seguir trabajando y esperar. Si llega algún día la empresa a comunicarte que ha finalizado el contrato, previa consulta a un abogado o graduado social, planteas una demanda por despido solicitando la improcedencia del mismo.

Y si con una buena defensa consigues una sentencia favorable el empresario optará por readmitirte o indemnizarte con 45 días de salario por año de servicio.

Saludos.