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Obras en Edificación Fuera de Ordenación

2 Comentarios
 
Obras en edificación fuera de ordenación
31/01/2005 00:12
Una pregunta:

¿en caso de edificación "fuera de ordenación", en la cual unicamente se pueden realizar obras de "mantenimiento y conservación" (según ley).

¿En caso de una valoración "a precio actual" por parte del Ayto. con aceptación de la propiedad del valor "actual" y firma en el Ayto. de dicho valor, con aceptación del Ayto. y la Propiedad, y envio al Registro para su constancia, ¿Se podrían hacer obras de reforma, que supongan un mayor valor futuro de "posible expropiación"?


01/02/2005 19:28
Estimado canosarq, traslado esta respuesta desde el tema abierto por pepet.
Es la primera vez que oigo (leo) algo así, el espíritu del justo precio es como su nombre indica pagar por un inmueble lo que vale, si el ayuntamiento acuerda con el propietario un valor y lo inscribe en el registro de la propiedad, no se hasta que punto eso es inscribible... en cualquier caso, si yo firmo un acuerdo hoy (q no entiendo porqué debería hacerlo) y deciden expropiarme dentro de 5 años, el valor del inmueble habrá variado, luego una vez llegados al jurado de expropiación, si no antes en la propuesta de justo precio, podría reclamar me sea abonada una cantidad que se ajuste a la realidad, llegando incluso al contencioso si es necesario, luego, el valor de expropiación habría variado, así que no creo que el Ayuntamiento sobre la inseguridad de ese acuerdo otorgue licencias para "mejorar" de cualquier modo el valor de un inmueble fuera de ordenación.
Este tipo de acuerdo con el Ayuntamiento se parece más al contrato de opción de compra que a una expropiación, pues en una expropiación no existe voluntad de trasmitir la propiedad por parte del propietario, sino que la administración en aras al interés general hace uso de una excepción constitucional al derecho fundamental a la propiedad privada, luego no se hasta qué punto ese acuerdo sería válido ante el jurado de expropiación o ante el juzgado en su caso.
Otro tema sería que iniciado el expediente de expropiación y exhortado el propietario a valorar su inmueble o, a aceptar la valoración realizada por el Ayto. éste aceptara, pero tampoco sería aplicable al caso, pues una vez iniciado el expediente de expropiación, ¿para qué va a iniciar el propietario una obra?, y también ¿para qué va a conceder el Ayto. licencia de obras sobre un inmueble en proceso de expropiación?
Salvo mejor opinón, recibe un cordial saludo.
01/02/2005 23:04
No trata mi pregunta de inmuebles incursos en una expropiación, sino "en fuera de ordenación", y para conseguir licencia de "reforma" (no de mantenimiento y conservación), que pueda afectar a estructura y cubierta.
¿Es posible, en este caso, lo que expongo?
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Obras en edificación fuera de ordenación
31/01/2005 00:12
Una pregunta:

¿en caso de edificación "fuera de ordenación", en la cual unicamente se pueden realizar obras de "mantenimiento y conservación" (según ley).

¿En caso de una valoración "a precio actual" por parte del Ayto. con aceptación de la propiedad del valor "actual" y firma en el Ayto. de dicho valor, con aceptación del Ayto. y la Propiedad, y envio al Registro para su constancia, ¿Se podrían hacer obras de reforma, que supongan un mayor valor futuro de "posible expropiación"?


01/02/2005 19:28
Estimado canosarq, traslado esta respuesta desde el tema abierto por pepet.
Es la primera vez que oigo (leo) algo así, el espíritu del justo precio es como su nombre indica pagar por un inmueble lo que vale, si el ayuntamiento acuerda con el propietario un valor y lo inscribe en el registro de la propiedad, no se hasta que punto eso es inscribible... en cualquier caso, si yo firmo un acuerdo hoy (q no entiendo porqué debería hacerlo) y deciden expropiarme dentro de 5 años, el valor del inmueble habrá variado, luego una vez llegados al jurado de expropiación, si no antes en la propuesta de justo precio, podría reclamar me sea abonada una cantidad que se ajuste a la realidad, llegando incluso al contencioso si es necesario, luego, el valor de expropiación habría variado, así que no creo que el Ayuntamiento sobre la inseguridad de ese acuerdo otorgue licencias para "mejorar" de cualquier modo el valor de un inmueble fuera de ordenación.
Este tipo de acuerdo con el Ayuntamiento se parece más al contrato de opción de compra que a una expropiación, pues en una expropiación no existe voluntad de trasmitir la propiedad por parte del propietario, sino que la administración en aras al interés general hace uso de una excepción constitucional al derecho fundamental a la propiedad privada, luego no se hasta qué punto ese acuerdo sería válido ante el jurado de expropiación o ante el juzgado en su caso.
Otro tema sería que iniciado el expediente de expropiación y exhortado el propietario a valorar su inmueble o, a aceptar la valoración realizada por el Ayto. éste aceptara, pero tampoco sería aplicable al caso, pues una vez iniciado el expediente de expropiación, ¿para qué va a iniciar el propietario una obra?, y también ¿para qué va a conceder el Ayto. licencia de obras sobre un inmueble en proceso de expropiación?
Salvo mejor opinón, recibe un cordial saludo.
01/02/2005 23:04
No trata mi pregunta de inmuebles incursos en una expropiación, sino "en fuera de ordenación", y para conseguir licencia de "reforma" (no de mantenimiento y conservación), que pueda afectar a estructura y cubierta.
¿Es posible, en este caso, lo que expongo?