Yo creo que es suspension con reserva,en cuanto a unas obras en el centro de trabajo es una cuestion como su propio nombre indica,tecnica organizativa o de produccion,los representantes no tienen la ultima palabra,hasta que una ley diga lo contrario,la ultima palabra la tiene la autoridad a la que hace referencia el articulo 45 del ET
Hola en mi empresa van a hacer obras y seguramente van a cerrar un tiempo Se me plantean varias preguntas -Esta situacion es un exp de regulacion de empleo? -¿Es una suspension del contrato con reserva del puesto de trabajo? -Se consideran causas tecnicas u organizativas? -Al volver tienes el mismo contrato jornada antiguedad...?es decir te tienen que respetar las condiciones mas beneficiosas y/o el derecho ad personam? -Para todo esto te pueden dejar en situacion legal de desempleo durante el tiempo que duren las obras? -En este ultimo caso¿que cantidad paga el inem,salario base o todos los conceptos que aparecen en nomina? -Si la empresa y los representantes de trabajadores no llegan a un acuerdo,osea nos podemos negar que nos manden al paro forzoso?