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Obras en vivienda

5 Comentarios
 
Obras en vivienda
15/02/2005 10:48
Tengo una vivienda en alquiler, cuando firmamos el ultimo contrato en vigor con la inquilina (Febrero 2002), no hizo constar su condicion de minusvalia, tampoco verbalmente. Hace unos meses, nos comunico cambiar el cuarto de baño para adaptarlo por su minusvalia, (le dimos el consentimiento), pero ella reclama que es obligacion del propietario adaptar dicho baño, se acoge a la LAU y Ley Integracion de Minusvalidos. ¿Que establece la Ley al respecto? Gracias.
perfil Ann
25/02/2005 21:20
No estoy segura, tendría que mirar la legislación, pero no me consta que estéis obligados a ellos.
Dicha ley obliga a las comunidades, no a los propietarios, a adaptar los edificios para facilitar el acceso de minusválidos. Pero no me consta que obligue a ningún propietario a reformar la vivienda.
Ten en cuenta que pueden ser obras realmente caras en algunas viviendas, por falta de espacio o por la estructura de la misma. Y no creo que haya una ley que os obligue a ello.
Pero debería confirmarlo.
Espero que alguien te pueda confirmar esto.
Pero yo en principio, me negaría.
perfil Ann
25/02/2005 21:22
Puedes informarte en este vínculo
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l13-1982.t9.html#s1
perfil Ann
25/02/2005 21:23
Perdona, creo que no funciona, pruebe en este:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l13-1982.html
Pero por lo que pude ver a primera vista. lo dicho, obliga a las entes públicas, no a los propietarios de viviendas.
perfil Ann
07/03/2005 14:13
Lo encontré:Artículo 24. Arrendatarios con minusvalía

1. El arrendatario, previa notificación escrita al arrendador, podrá realizar en la vivienda las obras que sean necesarias para adecuar ésta a su condición de minusválido o a la de su cónyuge o de la persona con quien conviva de forma permanente en análoga relación de afectividad, con independencia de su orientación sexual, o a la de los familiares que con él convivan.

2. El arrendatario estará obligado al término del contrato, a reponer la vivienda al estado anterior si así lo exige el arrendador.

No hay más, así que me imagino ante esto que no tienes obligación alguna de hacerte cargo de dichos arreglos.
Es más, el inquilino deberá dejar la vivienda en su estado inicial cuando la abandone.
Saludos y perdona la tardanza.
08/03/2005 19:00
Es de suponer que tendra tambien que hacerse responsable de los daños que dichas obras puedan ocasionar a otras viviendas y que necesitara la preceptiva licencia municipal de obras menores, donde debera constar el "estado actual" del baño y el "estado reformado".