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Obras en zonas comunes

9 Comentarios
 
Obras en zonas comunes
20/03/2015 11:42
La Comunidad de Propietarios, a la cual pertenezco, ha decidido realizar unas obras de conservación de la estructura del edificio.
Parte de las obras deben hacerse en el interior de mi vivienda, y suponen la demolición parcial de tabiques y falsos techos (zona privativa) con el fin de dejar accesible la estructura (zona común) previo a proceder con su refuerzo.
Sé que he de dar acceso a estas obras, pero mi preocupación estriba en no disponer de las garantías suficientes de que la zona de mi vivienda afectada se quede, a fin de obra, en las mismas condiciones en las que estaba antes de hacer la obra. Esta preocupación se acentúa por el hecho de la inexistencia de un contrato para la ejecución de las obras.
Mis preguntas son:
- ¿puedo condicionar la realización de las obras en mi vivienda a la existencia de unas garantías escritas (llámese contrato), a pesar de tener que facilitar acceso por ser obras que afectan a la estructura del edificio?
- Como parte integrante de la promotora de las obras (por ser parte integrante de la Comunidad de Propietarios), y en base a las leyes de Prevención de Riesgos que afecten a Madrid, ¿puedo negarme a que empiece la obra sin existir las condiciones descritas en esta ley (como, por ejemplo, comunicación de apertura de centro de trabajo)?
- En el caso de tener que dar acceso y no poder oponerme a las obras, y éstas dejasen mi piso en unas condiciones que no fueran idóneas. ¿A quién debería reclamar?. ¿Hay alguna acción que pudiera realizar para prevenir estos extremos?.

Gracias anticipadas.
Teo
20/03/2015 12:48
¿A Ud. que le preocupa realmente, el estado de semirruina del edificio, o como le van a dejar su casa? Porque si es lo segundo, apaga y vámonos. En casos como este, es preceptivo comunicar al ayuntamiento, este exige su reparación inmediata y todo lo demás es secundario. Y para lo segundo, se solicita en junta y se refleja en acta todos los pormenores, con eso ya es suficiente.
20/03/2015 13:17
Por favor, no asuma cosas que no he dicho (edificio en semiruina, por ejemplo), y responda a mis preguntas (no ha respondido a ninguna de ellas).

Gracias.
21/03/2015 11:01
Cuando a una pregunta se responde preguntando y no se contesta con un razonamiento, se acabó el dialogo.
21/03/2015 11:51
¿Alguien que aporte algo que no sean tonterías, por favor?.

Aclaro, el problema estriba en la realización de unas obras sin contrato.
¿He de permitirlas ya que son obras aprobadas en Junta de Propietarios y afectan a zonas comunes del edificio?, o ¿puedo negarme a su realización hasta que exista un contrato firmado con el contratista y se cumplan todos los requisitos previos que dictan las normativas de edificación para la realización de obras?.

Gracias.
23/03/2015 14:01
si tocan la estructura del edificio, se trata de una obra mayor, no sólo necesitan contrato, también proyecto visado por el colegio de arquitectos y permiso municipal de obras
23/03/2015 16:30
Dependiendo del tipo de obra de que se trate, se precisarán una mayoría más o menos cualificada o, incluso, la unanimidad, para que el acuerdo adoptado para su ejecución sea válido. Si se hubiere votado sin obtener la mayoría requerida, Ud. podría impugnar el acuerdo.
En cuanto al contrato con contratista, no es preceptivo que esté plasmado por escrito. Lo que sucede es que es muy recomendable, especialmente pactar el precio, si es cerrado o no, modo de pago, tiempo de ejecución, entre otras cosas, para que la Comunidad sepa a qué atenerse.
Y en cuanto a la obtención de los permisos urbanísticos, si la obra se hace sin su obtención, la Comunidad se expone a ser sancionada por el Ayuntamiento. Ud. puede denunciar ante el Ayuntamiento la realización de la obra sin licencia, lo que podrá dar lugar a su paralización y multa para la Comunidad.
23/03/2015 17:38
¿Solo tiene que acceder a su vivienda?.
No permita la entrada a su vivienda, si no le entregan un compromiso de dejarla en las mismas condiciones actuales, para lo que habrá que levantar acta previa de la situación de su vivienda por los técnicos directores de la obra.
Saque fotos con fecha del estado actual.
¿Podrá usted permanecer en la vivienda durante la ejecución de las obras?.
24/03/2015 09:58
Si firman un compromiso y no lo cumplen ¿que se hace?
Si no le firman nada y se lo dejan como un asco ¿que se hace? No ve que de todas formas el tema pasa por los tribunales.
26/03/2015 16:13
Gracias a todos por las respuestas.

Canaleja:
La decision se tomó por inmensa mayoría (90% de los votos representando 90% de la propiedad).
Se solicitará licencia al Ayuntamiento, pero no contrato al contratista.
Y sí, mi temor es que la solución solo llegue por vía de tribunal, tras dejar todo hecho un asco, y tras comprobar que las obras de conservación de la estructura no han servido para nada ya que el daño proviene de otro sitio, como puede ser de la cimentación.
Si se firmase un compromiso o contrato, al menos tendríamos definido las condiciones en las que se presta el servicio, y sabríamos a quién pedir responsabilidades.
Si no se firmase el contrato, nadie velaría por el cumplimiento de la ley de prevención de riesgos. En teoría, no debería permitir una obra si no se verifica la existencia de un centro de trabajo, y si no existiese un coordinador de seguridad y salud.

Acriton:
sí, esa es mi opinion.
Pero no sé en qué basarme para denegar una entrada que debiera facilitar por ley, al tratarse de elementos communes de la propiedad.

Rosa-c:
gracias por el aporte.
Has dado en la Diana. Me temo que como la obra es de "refuerzo de estructura" y ésta no se modifica, la obra pasaría a ser "menor", sin necesidad de proyecto.

Gracias, de Nuevo, a todos