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Obras necesarias para la conservación y seguridad y mayoría requerida

6 Comentarios
 
Obras necesarias para la conservación y seguridad y mayoría requerida
13/12/2017 19:48
Buenas tardes,

En la comunidad en que vivo la terraza comunitaria (cubierta) está en muy malas condiciones ya que no se le ha hecho nada en diez años. Por lo tanto los pisos de arriba tienen humedades y lo único que se hace es chapuzas para ir arreglándolas pero no paran de salirnos nuevas.
Vamos a hacer una reunión para tratar el tema y queremos exigir el arreglo de la terraza y dejarnos de chapuzas porque no podemos estar pintando la casa todos los años por esto..y siempre asustados mirando al techo..
Quiero saber que mayoría es necesaria para acordar la decisión de reparar la cubierta y si la derrama es obligatoria.
El caso es que la mayoría de la gente siempre dice que no puede ir a la reunión.

Gracias de antemano
13/12/2017 20:55
sashanais28
Con que lo pida uno o mas propietarios seria obligatorio realizar esas obras ya que son necesarias para el mantenimiento del edificio y la salubridad de los pisos afectados por las humedades. Solo tendrian que aprobar la derrama correspondiente por mayoria por lo que seria interesante que presenten distintos presupuestos en la junta que van a hacer, si no es posible convoquen otra junta para eso en cuanto los tengan.

artículo 10

1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

a) Serán costeadas por los propietarios de la correspondiente comunidad o agrupación de comunidades, limitándose el acuerdo de la Junta a la distribución de la derrama pertinente y a la determinación de los términos de su abono.
14/12/2017 18:18
chelinka
Buenos días, ¿qué pasaría si no asistiesen a la reunión o se negasen a establecer una derrama extraordinaria? Es lo más normal que va a pasar. Gracias de nuevo
14/12/2017 19:40
sashanais28
Si existe un quórum necesario en segunda convocatoria, normalmente es suficiente con que se presente alguien en mírenlo en sus estatutos, se hace la reunión y se vota el arreglo. Si se aprueba hacerlo y ya llevan los presupuestos se pueden aprobar en ese mismo momento, si el punto estaba en el orden del día, y solo queda pasar la correspondiente derrama. Si se aprueba, se pasa la derrama y no se paga esos propietarios pasarán a ser deudores y se podrá ir en contra de ellos para que paguen en vía judicial.
Sino se aprueba la obra no le quedará otra opción que denunciar a la comunidad para que el juez obligue, si es necesario, a arreglar la terraza

Saludos
15/12/2017 00:10
sashanais28
No es que normalmente sea legal, es que unque solo acudiera usted, en segunda convocaoria usted aprobria el punto.
Si se niegan debera denunvir a la comunidad
15/12/2017 11:34
muros
No se vota si se hace el arreglo o no ya que este es obligatorio y no necesita acuerdo de la junta. Lo único que votan es el presupuesto como bien le ha comentado Chelinka.
15/12/2017 11:38
Fixin
Esa es la teoría, pero la práctica es que si votan en contra tendrá que denunciar a la comunidad para que sea un juez el que obligue a realizar la obra.

Saludos
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13/12/2017 19:48
Buenas tardes,

En la comunidad en que vivo la terraza comunitaria (cubierta) está en muy malas condiciones ya que no se le ha hecho nada en diez años. Por lo tanto los pisos de arriba tienen humedades y lo único que se hace es chapuzas para ir arreglándolas pero no paran de salirnos nuevas.
Vamos a hacer una reunión para tratar el tema y queremos exigir el arreglo de la terraza y dejarnos de chapuzas porque no podemos estar pintando la casa todos los años por esto..y siempre asustados mirando al techo..
Quiero saber que mayoría es necesaria para acordar la decisión de reparar la cubierta y si la derrama es obligatoria.
El caso es que la mayoría de la gente siempre dice que no puede ir a la reunión.

Gracias de antemano
13/12/2017 20:55
sashanais28
Con que lo pida uno o mas propietarios seria obligatorio realizar esas obras ya que son necesarias para el mantenimiento del edificio y la salubridad de los pisos afectados por las humedades. Solo tendrian que aprobar la derrama correspondiente por mayoria por lo que seria interesante que presenten distintos presupuestos en la junta que van a hacer, si no es posible convoquen otra junta para eso en cuanto los tengan.

artículo 10

1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

a) Serán costeadas por los propietarios de la correspondiente comunidad o agrupación de comunidades, limitándose el acuerdo de la Junta a la distribución de la derrama pertinente y a la determinación de los términos de su abono.
14/12/2017 18:18
chelinka
Buenos días, ¿qué pasaría si no asistiesen a la reunión o se negasen a establecer una derrama extraordinaria? Es lo más normal que va a pasar. Gracias de nuevo
14/12/2017 19:40
sashanais28
Si existe un quórum necesario en segunda convocatoria, normalmente es suficiente con que se presente alguien en mírenlo en sus estatutos, se hace la reunión y se vota el arreglo. Si se aprueba hacerlo y ya llevan los presupuestos se pueden aprobar en ese mismo momento, si el punto estaba en el orden del día, y solo queda pasar la correspondiente derrama. Si se aprueba, se pasa la derrama y no se paga esos propietarios pasarán a ser deudores y se podrá ir en contra de ellos para que paguen en vía judicial.
Sino se aprueba la obra no le quedará otra opción que denunciar a la comunidad para que el juez obligue, si es necesario, a arreglar la terraza

Saludos
15/12/2017 00:10
sashanais28
No es que normalmente sea legal, es que unque solo acudiera usted, en segunda convocaoria usted aprobria el punto.
Si se niegan debera denunvir a la comunidad
15/12/2017 11:34
muros
No se vota si se hace el arreglo o no ya que este es obligatorio y no necesita acuerdo de la junta. Lo único que votan es el presupuesto como bien le ha comentado Chelinka.
15/12/2017 11:38
Fixin
Esa es la teoría, pero la práctica es que si votan en contra tendrá que denunciar a la comunidad para que sea un juez el que obligue a realizar la obra.

Saludos