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Pág. Web y logos de clientes y proveedores

5 Comentarios
 
Pág. web y logos de clientes y proveedores
13/01/2005 10:58
Hola:

Tenemos nuestra web con su aviso legal y política de privacidad adaptada con la LOPD, todo correcto hecho por un despacho, pero nos ha surgido una duda:

Nosotros tenemos unas páginas donde mostramos nuestros clientes y proveedores y colocamos sus logos, no nos enlazamos a ninguno de ellos y en el aviso legal se informa que no constituyen representación, responsabilidad, ni patrocinio es solo con fines informativos y de cumplimiento estético de la web.

¿Es esto correcto?
¿Es cierto que no necesitamos una autorización expresa por escrito?
En caso de necesitar este modelo de documento que nos costaría aproximadamente?

Gracias
Estimado usuario,

a mi entender, no se puede, sin consentimiento previo del cliente, divulgar o difundir, sea por Internet o por el medio que sea, que es cliente nuestro.

La solución es muy simple: solicitar autorización previalmente al cliente.

Saludos.

Javier Hernández, abogado
Protección Legal.com
ASesoramiento legal especializado sobre
Protección de Datos y Nuevas Tecnologías

www.proteccionlegal.com
despacho@proteccionlegal.com
13/01/2005 16:32
Estimado usuario:

Sólo se pueden utilizar los signos distintivos, (imágenes, figuras, símbolos, dibujos, combinaciones de palabras,etc) de terceros si tenemos su consentimiento, pues de lo contrario estaríamos vulnerando sus derechos de marca.

Un saludo

José Luis Rojas
Abogado
Consultor de Derecho Informnático
www.abogadosantosrojas.com
16/01/2005 11:42
Estimado F.O.S.:
Respecto a tus preguntas, matizarte lo siguiente:No se puede publicar el logo de un cliente o un colaborador sin el consentimiento de los mismos, ya que podrían considerar que se perjudica su imagen, o simplemente en uso de su libertad pueden no querer verse anunciados. Por ello se necesita una autorización; problema si no es por escrito, ¿como demostramos a futuro que teníamos la misma?
Como bien has visto lo mejor es tener un documento modelo que puedas utilizar para el resto de clientes y proveedores, y cuyo coste no es caro.
Además de una política de privacidad en la web, ¿tienes desarrollado el documento de seguridad de la LOPD? ¿no incluye algún apartado este tipo de documento?
Con respecto a la LOPD, lo mejor es confeccionar lo primero el documento de seguridad que acoge el palntemiento de todos estos temas.
Esperando haberte ayudado, un saludo
Alberto Picón
www.bufetepicon.com
17/01/2005 11:18
Correcto, lo he entendido, pero entonces; si además de lo antes explicado en cuanto a las páginas de clientes y proveedores, yo compro coches de segunda mano, los reparo, pinto, etc y los anuncio en mi web (solo anunciar porque no se realizan ninguna venta por la web) entonces también tendría que solicitar a cada uno de los fabricantes de coches permiso para usar su marca, logotipo, fotos del coche etc?

F.O.S

19/01/2005 01:56
F.O.S., la respuesta a tu última pregunta es: NO, pues en el derecho marcario existe la figura del 'agotamiento de la marca' (caso de las marcas de los coches de segunda mano), pero este tema ya 'cae' fuera de este foro de 'Nuevas Tecnologías' (sería un tema a incluir dentro del foro de 'Patentes y Marcas').

Salu2
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13/01/2005 10:58
Hola:

Tenemos nuestra web con su aviso legal y política de privacidad adaptada con la LOPD, todo correcto hecho por un despacho, pero nos ha surgido una duda:

Nosotros tenemos unas páginas donde mostramos nuestros clientes y proveedores y colocamos sus logos, no nos enlazamos a ninguno de ellos y en el aviso legal se informa que no constituyen representación, responsabilidad, ni patrocinio es solo con fines informativos y de cumplimiento estético de la web.

¿Es esto correcto?
¿Es cierto que no necesitamos una autorización expresa por escrito?
En caso de necesitar este modelo de documento que nos costaría aproximadamente?

Gracias
Estimado usuario,

a mi entender, no se puede, sin consentimiento previo del cliente, divulgar o difundir, sea por Internet o por el medio que sea, que es cliente nuestro.

La solución es muy simple: solicitar autorización previalmente al cliente.

Saludos.

Javier Hernández, abogado
Protección Legal.com
ASesoramiento legal especializado sobre
Protección de Datos y Nuevas Tecnologías

www.proteccionlegal.com
despacho@proteccionlegal.com
13/01/2005 16:32
Estimado usuario:

Sólo se pueden utilizar los signos distintivos, (imágenes, figuras, símbolos, dibujos, combinaciones de palabras,etc) de terceros si tenemos su consentimiento, pues de lo contrario estaríamos vulnerando sus derechos de marca.

Un saludo

José Luis Rojas
Abogado
Consultor de Derecho Informnático
www.abogadosantosrojas.com
16/01/2005 11:42
Estimado F.O.S.:
Respecto a tus preguntas, matizarte lo siguiente:No se puede publicar el logo de un cliente o un colaborador sin el consentimiento de los mismos, ya que podrían considerar que se perjudica su imagen, o simplemente en uso de su libertad pueden no querer verse anunciados. Por ello se necesita una autorización; problema si no es por escrito, ¿como demostramos a futuro que teníamos la misma?
Como bien has visto lo mejor es tener un documento modelo que puedas utilizar para el resto de clientes y proveedores, y cuyo coste no es caro.
Además de una política de privacidad en la web, ¿tienes desarrollado el documento de seguridad de la LOPD? ¿no incluye algún apartado este tipo de documento?
Con respecto a la LOPD, lo mejor es confeccionar lo primero el documento de seguridad que acoge el palntemiento de todos estos temas.
Esperando haberte ayudado, un saludo
Alberto Picón
www.bufetepicon.com
17/01/2005 11:18
Correcto, lo he entendido, pero entonces; si además de lo antes explicado en cuanto a las páginas de clientes y proveedores, yo compro coches de segunda mano, los reparo, pinto, etc y los anuncio en mi web (solo anunciar porque no se realizan ninguna venta por la web) entonces también tendría que solicitar a cada uno de los fabricantes de coches permiso para usar su marca, logotipo, fotos del coche etc?

F.O.S

19/01/2005 01:56
F.O.S., la respuesta a tu última pregunta es: NO, pues en el derecho marcario existe la figura del 'agotamiento de la marca' (caso de las marcas de los coches de segunda mano), pero este tema ya 'cae' fuera de este foro de 'Nuevas Tecnologías' (sería un tema a incluir dentro del foro de 'Patentes y Marcas').

Salu2