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Paga de Beneficios

2 Comentarios
 
Paga de beneficios
26/04/2005 09:24
Hola tengo el problema de que mi Empresa este mes hace una Paga de Beneficios que hasta abril no se sabe cuanta va a ser la cantidad a pagar a cada trabajador. No obstante se deja en la ficha de precios de los Empleados la del año pasado para que vaya cotizando mensualmente prorrateada como las Pagas Extra.

Pregutna:
¿ como hago con los casos en que Empleados que se incorporaron en el 2º Semestre del 2004 y que no percibieron en abril 04 nada por no estar en la Empresa? ¿ Lo meto como una Gratificación Extraordinaria en nómina o como Nomina Complementaria? (lo que más me preocupa es a efectos de la Cotización en Seguridad Social)
26/04/2005 11:21
Entiendo que sí que puedes aplicar como referencia la "paga de beneficios" obtenida en el 2004, sobre todo a efectos de tener una referencia estimativa.
26/04/2005 12:04
Aunque te parezca extraño, o pirata, yo aplicaria gratificacion extraordinaria, de tal forma que no parezca concepto de devengo superior al mes, puesto que como casi seguro superan tope de bases, la obligacion hubiese haber provisionado (si no superan bases sin ninguna duda gratificacion extraordinaria no consolidable).

Pero es una opcion, (o una apuesta, como quieras llamarlo), y ante una inspeccion, ademas de dificil localizacion, puedes decir que es gratificacion de caracter mensual (los nuevos no tienen beneficios, y punto). Digo que es de dificil localizacion porque, solo en el caso de liquidar a un trabajador en los proximos seis meses, hay se vera en su certificado un incremento notable en sus bases, y por ahi es por donde puede cascar el asunto.


En caso contrario, vas a tener que hacer liquidaciones complementarias con el recargo correspondiente, puesto que ademas no habras presentado tc2.




Paga de Beneficios | PorticoLegal
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Paga de beneficios
26/04/2005 09:24
Hola tengo el problema de que mi Empresa este mes hace una Paga de Beneficios que hasta abril no se sabe cuanta va a ser la cantidad a pagar a cada trabajador. No obstante se deja en la ficha de precios de los Empleados la del año pasado para que vaya cotizando mensualmente prorrateada como las Pagas Extra.

Pregutna:
¿ como hago con los casos en que Empleados que se incorporaron en el 2º Semestre del 2004 y que no percibieron en abril 04 nada por no estar en la Empresa? ¿ Lo meto como una Gratificación Extraordinaria en nómina o como Nomina Complementaria? (lo que más me preocupa es a efectos de la Cotización en Seguridad Social)
26/04/2005 11:21
Entiendo que sí que puedes aplicar como referencia la "paga de beneficios" obtenida en el 2004, sobre todo a efectos de tener una referencia estimativa.
26/04/2005 12:04
Aunque te parezca extraño, o pirata, yo aplicaria gratificacion extraordinaria, de tal forma que no parezca concepto de devengo superior al mes, puesto que como casi seguro superan tope de bases, la obligacion hubiese haber provisionado (si no superan bases sin ninguna duda gratificacion extraordinaria no consolidable).

Pero es una opcion, (o una apuesta, como quieras llamarlo), y ante una inspeccion, ademas de dificil localizacion, puedes decir que es gratificacion de caracter mensual (los nuevos no tienen beneficios, y punto). Digo que es de dificil localizacion porque, solo en el caso de liquidar a un trabajador en los proximos seis meses, hay se vera en su certificado un incremento notable en sus bases, y por ahi es por donde puede cascar el asunto.


En caso contrario, vas a tener que hacer liquidaciones complementarias con el recargo correspondiente, puesto que ademas no habras presentado tc2.