Siempre le correspondera la paga extra de verano, la cuestión es en que cuantia. Lo mas normal es que su paga sea de computo anual, (puede ser semestral eso lo dira su coinvenio), y que el periodo de devengo sea del 01/07/2011 hasta el 30/06/2012, si es así y lleva de baja 5 meses le corresponde la parte proporcional del resto del año, osea 7 meses. (asi por ej si su salario fuesen 1000 €, seria 1000/12*7=583.33€)