Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

pagas extras

9 Comentarios
 
Pagas extras
17/05/2011 12:25
hola pues mi pareja tambien le tiene q pasar paga extra tanto los mes de paga extra de verano como en navidad, ademas de 300 euros mensuales y 15 euros de movil todos los meses, yo lo veo abusivo para un sueldo de 1400 euros, a lo q tienes q unir el dinero en gasolina q tiene q pagar para ir a ver a la hija, mientras tanto la madre pasa olimpicamente de buscar trabajo dice q hace cursillos q me estraña bastnte, la justicia no piensa q la parte no custodia tiene q rehacer su vida y crear la familia q por desgracia la anterior fracaso?
17/05/2011 13:37
Paga extra se la tiene que pasar????? pero bueno si esta asi contemplado en la sentencia asi es. Y lo del movil lo veo raro pero lo mismo si esta escrito en la sentencia otra cosa es a lo que hayan llegado verbalmente.
17/05/2011 19:49
Dice abcmalag en otro hilo:
"Autor: abcmalag Fecha: 17/05/2011
Tema: pagas extras
todo esto q le pide es en la demanda q le interpuso paternofilial pero por lo visto es lo q le va a tocar pagar aunque no esta aun firmada la duda q tengo es q si esta clausula se podria quitar"

No está obligado pagar nada mientras no exista sentencia, y lógicamente puede oponerse a la petición que comenta y proponer otras cantidades, luego el juez decidirá (no es común que haya que pagar las pagas extraordinarias)

18/05/2011 11:15
usted cree q si se opone a dichas cantidades aunque el juez decidiera que no se pasaran las pagas extras, el juez pudiera obligarle a pagar mas cantidad de dinero cada mes? en vez de los 300 euros obligarle a 350, tambien otra duda es normal q ya fijen la cantidad q se le va a pasar a la madre antes de q trabaje sin conocer el suedo q va a tener?
18/05/2011 11:18
ARTICULO 149 del Código Civil:


Artículo 149.
El obligado a prestar alimentos podrá, a su elección, satisfacerlos, o pagando la pensión que se fije, o recibiendo y manteniendo en su propia casa al que tiene derecho a ellos.
Esta elección no será posible en cuanto contradiga la situación de convivencia determinada para el alimentista por las normas aplicables o por resolución judicial. También podrá ser rechazada cuando concurra justa causa o perjudique el interés del alimentista menor de edad.

Por lo que si el mes de verano que estas con tus hijos, no tienes para pasar la manutención y dar de comer a tus hijos, aquí tienes una salida. ¡Suerte!
18/05/2011 11:30
abacmalag, el juez podrá decidir lo que considere pero siempre que las partes lo pidan, si la madre solicita 300€ y el total o parte de las pagas extra puede conceder los 300€/mes o prorratear las extra y aplicarlas a cada mes...o lo que se le ocurra. Por ello es importante que el padre presente estudio económico de los gastos reales que tiene el menor para que así el juez pueda sentenciar conforme a la realidad (muchos abogados van a lo fácil y no discuten las valoraciones infladas de la otra parte)

Sí, sentenciaran una cantidad ahora que la madre no trabaja, por eso es importante justificar los gastos reales del menor (nunca aplicar porcentaje sobre los ingresos) para cuando la madre trabaje poder solicitar cambio de medidas sobre alimentos ya que la madre podrá aportar y ello implique cambio de circunstancias.
18/05/2011 11:49
freud, dice el artículo:
"...Esta elección no será posible en cuanto contradiga la situación de convivencia determinada para el alimentista por las normas aplicables o por resolución judicial..."

Creo que podría ser aplicable, por la redacción, para justificar el impago de alimentos durante la mitad de vacaciones, incluso a fines de semana de convivencia con quien paga la pensión, ya que con ello no se contraviene, en principio, la resolución judicial. Peeeero, me temo que como la filosofía de las pensiones de alimentos implican, en general, que se prorratean "los supuestos gastos anuales" del menor a pagar en 12 meses...argumentarían que debe pagarse ya que la sentencia "prorratea los gastos que el juez se inventó como válidos y reales, sin justificante de las partes, y por tanto no es posible elegir pagar o alimentar...sin contravenir la sentencia..."
18/05/2011 12:01
Hola Jose Ramon,
ya se que eso es lo que sucede en los juzgados... pero hay que seguir insistiendo, yo en verano , pago la mitad de la manutencion, en Julio y en Agosto, mandare un email avisando a la madre de que me es imposible pagar toda la manutencion y alimentar/vestir nuestro hijo.
Me denunciara, tendremos juicio de faltas y tratare de acojerme a este articulo... ya te contare que pasa... Saludos.
18/05/2011 12:06
Interpreto que mientras no exista ejecución de sentencia al respecto, u advertencia de otro tipo, no debiera ser condenable...veremos qué argumentan...
18/05/2011 12:19
Lo que esta claro que me denunciara, y habra juicio de faltas, y acudire con facturas de comida, pañales, cremitas, ropa... Vamos a ver si el sentido comun llega a los juzgados de una vez por todas... Ademas los gastos extras son al 50%, incluidos todo aquello q atañe al colegio, libros, uniformes...y como gastos medicos al 50% tambien. Por lo que la manutencion es para comida, enceres y vestuario exclusivamente.