estoy en trámites de divorcio, mi mujer se ha quedado en el domicilio conyugal y yo he tenido que vuscarme otra vivienda. La duda que se me plantea ahora, es que mi mujer me ha pasado copias de las facturas de agua, leléfono y gas de estos últimos meses en los que ya no viviamos juntos, y yo querria saber que debo hacer, pagar la mitad o no, o pagar sólo la mitad de aquellas facturas que se refieran a los meses en que aun estaba en casa. Me puede exigir el pago de las mismas via judicial? por favor necesito alguna respuesta cuanto antes.
Si el piso está a tu nombre, únicamente tendrás que pagar el IBI y la comunidad de propietarios. Los gastos de suministros los paga el que disfruta de la vivienda.
Hola Enrique, estoy de acuerdo con los anteriores foreros, ahora bien, siempre que en el convenio de regulacion que firmasteis en su dia no se pusiera nada que especificara concretamente los gastos puntuales que debiera pagar cada uno.
SI el convenio comtempla que debes pagar la pension a tus hijos, IBI de la parte del piso y gastos extraordinarios de hijos (dentista, operacion etc,...) no debes pagar ni un duro, ni siquiera el traje de comunion de tu hijo si fuera el caso.
Un saludo.