Buenas. Me surge la duda si es necesaria, ante una modificación sustancial de las condiciones del trabajo, la presentación papeleta de conciliación o es recomendable interponer demanda directamente saltando este paso para que no prescriba el plazo de los veinte días. Un saludo.
Están exceptuados los referentes a modif sust de las condiciones laborales, entre otros.
No obstante, presentar la conciliación previa no hace que se pase el plazo ya que si tiene 20 días para presentar primero conciliación previa y luego demanda, puede hacerlo de un día para otro, es decir usted interpone la conciliacion hoy y el plazo se paraliza hasta que se celebré la conciliación, una vez celebrada, si no hay acuerdo se reanuda el plazo para interponer la demanda
No, presentar papeleta de conciliación no suspende el plazo en los casos en los que la conciliación no es obligatoria, salvo en el supuesto de que las partes estén de acuerdo en acudir a la conciliación:
"... aun estando exceptuado el proceso del referido requisito del intento previo, si las partes acuden en tiempo oportuno voluntariamente y de común acuerdo a tales vías previas, se suspenderán los plazos de caducidad o se interrumpirán los de prescripción en la forma establecida en el artículo siguiente." (art. 64.3 LRJS)