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parabolica en azotea

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Parabolica en azotea
21/03/2008 02:31
Buenas noches.

Expongo mi caso por si alguien me puede ayudar.

Decidí poner una antena parabolica en la azotea, para usarla individualmente (en la azotea ya habia una comunitaria, pero yo queria otro satelite)

Avisé por escrito al gestor de fincas de que en 15 dias la iba a poner, y el gestor me respondió que no me autorizaba a ponerla, yo le respondí que amparado en el real decreto ley - REAL DECRETO-LEY 1/1998, 27 de febrero de 1998, regulación de la instalación de antenas parabólicas("BOE" núm. 51, de 28 de febrero de 1998) - tenia 15 dias para decidir si se hacia comunitaria o la ponía individual.

Tras no recibir respuesta ninguna, a los 15 dias la puse.

Llevaba 2 años la antena puesta, cuando en una junta ordinaria de copropietarios, decidieron que se tenía que quitar la antena. Yo hice caso omiso, y me han cortado en 3 meses 2 veces el cable de antena, cable que he reparado yo personalmente.

Ahora recibo un burofax del gestorde fincas, instandome a quitarla y cito textualmente "ya que la Normativa Municipal del Ayuntamiento (Barcelona) solo autoriza la instalación de antenas comunitarias"

Mi pregunta es. Ya que tengo todas las notificaciones que hice, y el real decreto en mano. ¿Tengo que quitarla?

Y segundo punto, ¿puedo pasarle a la comunidad los gastos de reparar el cable de antena, si lo repara un tecnico, con factura? - a ver si asi dejan el tema ya...-

Muchas gracias, y perdon por el parrafón.

Ronal