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parcela afectada por deslinde de via pecuaria

31 Comentarios
Viendo 21 - 31 de 31 comentarios
25/10/2011 14:58
Vale, y ahora digo yo, si el ayuntamiento, Junta y demas no alegaron nada en su momento y se ha intentado deslindar, sin conseguirlo por desestimiento.¿ Por qué a mi ahora no me dan licencia cuando a lo largo de siete años si lo han hecho? Siendo así ¿Podría denunciar al ayuntamiento por prevaricación? Entiendo que hay un agravio comparativo puesto que teniendo conocimiento del problema otorgo licencias incluso el año pasado. Gracias.
25/10/2011 12:47
Por el Art. 1 de la Ley 22/1974 o por el Art. 2 de la Ley 3/1995, está bastante claro que se trata de bienes de dominio público. Siempre fueron bienes de dominio público y ese aspecto no cambió con las novedades introducidas por Ley 3/1995.

Si se quiere edificar con garantías hay que proceder al deslinde.
25/10/2011 03:04
si está afectada por la cañada, si parte de la parcela es de la cañada, pues hay que empezar por aceptarlo

yo soy de los cabreados, porque la ley que da pié a la nueva delimitación es de las cortes franquistas (Ley 22/1974, de 27 de junio, de Vías Pecuarias), porque otro día, unos inspirados, los de la ley 3/1995, las clasificaron en cañadas, cordeles y veredas, y dijeron de ellas que su ancho era NO MAYOR de 75, 37.5 y 20 metros respectivamente, y por último, dieron autoridad a unos funcionarios, apoyados por unos técnicos externos extraordinariamente sabios y que quizá lo recuerden porque el más joven de ellos ha vivido mil años, para fijar el ancho de las vías, y, curiosamente y salvo cuando se encuentran con un cañón, las denominan a su criterio y fijan su ancho en 75, 37.5 y 20 metros, ninguna en menos, ni siquiera cuarenta y dos centímetros menos

pues nada, a tragar con una historia de la historia, con la historia de que un rey dio a los pastores, sin siquiera cuestionar la legitimidad de un rey que se apropió de esas tierras por la fuerza de las armas, tierras que antes pertenecían a un pueblo o a otro rey, y en la inmensa mayoría de los casos sin documentos históricos fiables, pero con una nueva documentación fabricada a medida de las pretensiones incautatorias del Estado

y es que es perfectamente sabido que en épocas de ese rey, como casi cualquier rey, tan filántropo como malnacido, no existía el metro, por lo que resulta increíble que midieran 75,00 metros de ancho

si acaso, la medida sería la vara, y en Andalucía ni siquiera la vara, sino la al-vahara, pero una vara eran 3 pies, y no eran los 3 pies ingleses modernos de 304.8 mm cada uno, sino tres pies del paisano medio de la época y de la zona (¿sabéis lo tapones que eran los reyes cristianos del medioevo?), y consta que la vara variaba localmente entre lo que hoy serían 77 cm y lo que hoy serían 84 cm, pero como esos técnicos externos son tan extraordinariamente agradecidos como extraordinariamente sabios, deciden tomar la vara de Burgos (que le pregunten al califa lo que medía la vara de Burgos) y deciden que la vara de Burgos mide 83,5 cm "aproximadamente", y que 90 varas serían 75,15 metros, pero como la medida de la vara es aproximada, lo mejor es que sean 75,00

¡manda huevos!

pues eso, que no se puede hacer mucho, que esas tierras han de quedar libres y pertenecer al dominio público, y que, aunque pueden desafectarse del antiguo uso de cañada para formar parte de los sistemas de espacios libres urbanos (no solo jardines, sino zonas deportivas y calles), los derechos de edificabilidad que les otorga el planeamiento pertenecen, en tu caso, a la Junta de Andalucía

así te joden de modo continuado, porque por un lado te quitan lo que entendías que era tuyo, por otra parte te obligan a modificar el planeamiento para destinar la cañada a espacios libres y, por último, se reservan los derechos de edificabilidad que por superficie les corresponden y te obligan a que, en el área que no es cañada, reserves suelo suficiente para entregarles a ellos, para que puedan materializar ahí, en tu suelo, la edificabilidad que les corresponde por unas porciones de terreno que dicen suyas pero que tú has pagado con todos sus impuestos

ahora la parte más optimista:
yo he conseguido comprar, a la Junta de Andalucía, los derechos de edificabilidad de la porción de parcela que había pagado pero ellos afectaron. De ese modo he podido desbloquear el desarrollo del planeamiento

tienes un problema serio, tanto más serio porque su posible solución no depende de tu parcela sino del conjunto

quienes tienen un problema teóricamente más serio son quienes tienen la casa construida sobre la cañada, pero a su favor juega que la Administración no actuará contra el estatus actual del conjunto, de manera que, con la teoría de "divide y vencerás", se limitará a poner trabas a cualquier nueva acción constructiva y a cualquier nuevo desarrollo urbanístico, y dentro de unos años, a comunicar al Registro de la Propiedad que hay una serie de parcelas afectadas, esperando a que, uno a uno y por la vía hereditaria, solo puedan transferir la porción no afectada
21/10/2011 19:51
Ley 3/1995 de 23 de Marzo de vias pecuarias.
21/10/2011 17:12
¿Qué ley es esa?.
21/10/2011 14:09
Perdonad la contestación anterior se me ha ido parte del texto.
El problema vino dos años despues de concluirse la urbanización porque salió una ley para recuperar antiguas vias y por tanto procedieron a delimitarla. Tenemos escrituras de propiedad de una parcela urbana cercada con luz y agua y sin ninguna carga o anotaciones preventivas.
21/10/2011 14:03
y esta enconcreto dicen que iba por ahí, deslinde que no ha llegado a producirse porque ha caducado según sentencia del superior de Andalucía, gracías de nuevo por interesaros en nuestro problema.
20/10/2011 20:48
La urbanización hecha, sí, pero ¿ se tramito de forma legal ?, planeamiento de desarrollo, proyecto de urbanización, etc., todo ello aprobado por el ayuntamiento y consejería, con publicación en el Boletín Oficial las aprobaciones.

Es que me resulta extraño que la administración no compareciera presentando alegaciones durante el proceso.
20/10/2011 17:17
Una vía pecuaría es dominio público. El proceso de deslinde puede haber caducado, pero se puede reiniciar en cuanto se quiera, porque el dominio público es recuperable por las administraciones públicas siempre. No prescribe.

Es evidente que el Ayuntamiento era conforme con la urbanización, pero lo mismo de evidente resulta que Medio Ambiente no es conforme.

Saludos y suerte.
20/10/2011 14:12
Hola Alga gracias por molestarte en contestarme, voy a intentar explicarte.
La urbanización ya estaba hecha, calles, instalaciones,ect. Recepcionada por el ayuntamiento, con casas ya construidas y personas ya viviendo en ellas por lo que entiendo que antes de realizar toda la obra contaba con todas las licencias. La sentencia la interpuso la constructora que vendía las parcelas con o sin vivienda por no estar de acuerdo con el deslinde de la vía( cañada real, 75 mts de ancho). La sentencia dice que el proceso de deslinde había caducado. Nosotros en nuestras escrituras lo único que dicen es que lindamos por la parte de atrás con los mojones que la delimitan. Estamos afectados unos veinte vecinos
y ahora no nos dan a nadie licencia para construir, el alcalde sigue siendo el mismo.
20/10/2011 08:46
Para poder dar una opinión fundada, yo al menos, también necesito una orientación.

¿ Que significa eso de que obtuvo todos los vistos buenos al llevarse a cabo por parte de todos los organismos competentes, vistos buenos a que ?

Hay una sentencia, ¿ que problema resuelve la sentencia ? ¿ porque se interpuso contencios afministrativo ? ¿ quien lo interpuso ?
Parcela afectada por deslinde de via pecuaria
19/10/2011 22:28
Hola, compramos una parcela urbana en una urbanización con todos los permisos sin ningun tipo de cargas ni problemas, y a los dos años nos enteramos que estaban deslindando una vía pecuaria que pasaba por detras y ahora nos dicen que está afectada que no podemos construir y que no hay nada que hacer, cuando hay incluso viviendas ya construidas en algunas parcelas conlindantes.¿ Alguien podría darnos alguna orientación sobre que hacer? La urbanización obtuvo todos los vistos buenos al llevarse a cabo por parte de todos los organismos competentes y ya hay una sentencia a favor de la contructora del superior de Andalucía aun así el ayuntamiento se niega a dar mas licencias. Muchas gracias de antemano.
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31 Comentarios
Viendo 21 - 31 de 31 comentarios
25/10/2011 14:58
Vale, y ahora digo yo, si el ayuntamiento, Junta y demas no alegaron nada en su momento y se ha intentado deslindar, sin conseguirlo por desestimiento.¿ Por qué a mi ahora no me dan licencia cuando a lo largo de siete años si lo han hecho? Siendo así ¿Podría denunciar al ayuntamiento por prevaricación? Entiendo que hay un agravio comparativo puesto que teniendo conocimiento del problema otorgo licencias incluso el año pasado. Gracias.
25/10/2011 12:47
Por el Art. 1 de la Ley 22/1974 o por el Art. 2 de la Ley 3/1995, está bastante claro que se trata de bienes de dominio público. Siempre fueron bienes de dominio público y ese aspecto no cambió con las novedades introducidas por Ley 3/1995.

Si se quiere edificar con garantías hay que proceder al deslinde.
25/10/2011 03:04
si está afectada por la cañada, si parte de la parcela es de la cañada, pues hay que empezar por aceptarlo

yo soy de los cabreados, porque la ley que da pié a la nueva delimitación es de las cortes franquistas (Ley 22/1974, de 27 de junio, de Vías Pecuarias), porque otro día, unos inspirados, los de la ley 3/1995, las clasificaron en cañadas, cordeles y veredas, y dijeron de ellas que su ancho era NO MAYOR de 75, 37.5 y 20 metros respectivamente, y por último, dieron autoridad a unos funcionarios, apoyados por unos técnicos externos extraordinariamente sabios y que quizá lo recuerden porque el más joven de ellos ha vivido mil años, para fijar el ancho de las vías, y, curiosamente y salvo cuando se encuentran con un cañón, las denominan a su criterio y fijan su ancho en 75, 37.5 y 20 metros, ninguna en menos, ni siquiera cuarenta y dos centímetros menos

pues nada, a tragar con una historia de la historia, con la historia de que un rey dio a los pastores, sin siquiera cuestionar la legitimidad de un rey que se apropió de esas tierras por la fuerza de las armas, tierras que antes pertenecían a un pueblo o a otro rey, y en la inmensa mayoría de los casos sin documentos históricos fiables, pero con una nueva documentación fabricada a medida de las pretensiones incautatorias del Estado

y es que es perfectamente sabido que en épocas de ese rey, como casi cualquier rey, tan filántropo como malnacido, no existía el metro, por lo que resulta increíble que midieran 75,00 metros de ancho

si acaso, la medida sería la vara, y en Andalucía ni siquiera la vara, sino la al-vahara, pero una vara eran 3 pies, y no eran los 3 pies ingleses modernos de 304.8 mm cada uno, sino tres pies del paisano medio de la época y de la zona (¿sabéis lo tapones que eran los reyes cristianos del medioevo?), y consta que la vara variaba localmente entre lo que hoy serían 77 cm y lo que hoy serían 84 cm, pero como esos técnicos externos son tan extraordinariamente agradecidos como extraordinariamente sabios, deciden tomar la vara de Burgos (que le pregunten al califa lo que medía la vara de Burgos) y deciden que la vara de Burgos mide 83,5 cm "aproximadamente", y que 90 varas serían 75,15 metros, pero como la medida de la vara es aproximada, lo mejor es que sean 75,00

¡manda huevos!

pues eso, que no se puede hacer mucho, que esas tierras han de quedar libres y pertenecer al dominio público, y que, aunque pueden desafectarse del antiguo uso de cañada para formar parte de los sistemas de espacios libres urbanos (no solo jardines, sino zonas deportivas y calles), los derechos de edificabilidad que les otorga el planeamiento pertenecen, en tu caso, a la Junta de Andalucía

así te joden de modo continuado, porque por un lado te quitan lo que entendías que era tuyo, por otra parte te obligan a modificar el planeamiento para destinar la cañada a espacios libres y, por último, se reservan los derechos de edificabilidad que por superficie les corresponden y te obligan a que, en el área que no es cañada, reserves suelo suficiente para entregarles a ellos, para que puedan materializar ahí, en tu suelo, la edificabilidad que les corresponde por unas porciones de terreno que dicen suyas pero que tú has pagado con todos sus impuestos

ahora la parte más optimista:
yo he conseguido comprar, a la Junta de Andalucía, los derechos de edificabilidad de la porción de parcela que había pagado pero ellos afectaron. De ese modo he podido desbloquear el desarrollo del planeamiento

tienes un problema serio, tanto más serio porque su posible solución no depende de tu parcela sino del conjunto

quienes tienen un problema teóricamente más serio son quienes tienen la casa construida sobre la cañada, pero a su favor juega que la Administración no actuará contra el estatus actual del conjunto, de manera que, con la teoría de "divide y vencerás", se limitará a poner trabas a cualquier nueva acción constructiva y a cualquier nuevo desarrollo urbanístico, y dentro de unos años, a comunicar al Registro de la Propiedad que hay una serie de parcelas afectadas, esperando a que, uno a uno y por la vía hereditaria, solo puedan transferir la porción no afectada
21/10/2011 19:51
Ley 3/1995 de 23 de Marzo de vias pecuarias.
21/10/2011 17:12
¿Qué ley es esa?.
21/10/2011 14:09
Perdonad la contestación anterior se me ha ido parte del texto.
El problema vino dos años despues de concluirse la urbanización porque salió una ley para recuperar antiguas vias y por tanto procedieron a delimitarla. Tenemos escrituras de propiedad de una parcela urbana cercada con luz y agua y sin ninguna carga o anotaciones preventivas.
21/10/2011 14:03
y esta enconcreto dicen que iba por ahí, deslinde que no ha llegado a producirse porque ha caducado según sentencia del superior de Andalucía, gracías de nuevo por interesaros en nuestro problema.
20/10/2011 20:48
La urbanización hecha, sí, pero ¿ se tramito de forma legal ?, planeamiento de desarrollo, proyecto de urbanización, etc., todo ello aprobado por el ayuntamiento y consejería, con publicación en el Boletín Oficial las aprobaciones.

Es que me resulta extraño que la administración no compareciera presentando alegaciones durante el proceso.
20/10/2011 17:17
Una vía pecuaría es dominio público. El proceso de deslinde puede haber caducado, pero se puede reiniciar en cuanto se quiera, porque el dominio público es recuperable por las administraciones públicas siempre. No prescribe.

Es evidente que el Ayuntamiento era conforme con la urbanización, pero lo mismo de evidente resulta que Medio Ambiente no es conforme.

Saludos y suerte.
20/10/2011 14:12
Hola Alga gracias por molestarte en contestarme, voy a intentar explicarte.
La urbanización ya estaba hecha, calles, instalaciones,ect. Recepcionada por el ayuntamiento, con casas ya construidas y personas ya viviendo en ellas por lo que entiendo que antes de realizar toda la obra contaba con todas las licencias. La sentencia la interpuso la constructora que vendía las parcelas con o sin vivienda por no estar de acuerdo con el deslinde de la vía( cañada real, 75 mts de ancho). La sentencia dice que el proceso de deslinde había caducado. Nosotros en nuestras escrituras lo único que dicen es que lindamos por la parte de atrás con los mojones que la delimitan. Estamos afectados unos veinte vecinos
y ahora no nos dan a nadie licencia para construir, el alcalde sigue siendo el mismo.
20/10/2011 08:46
Para poder dar una opinión fundada, yo al menos, también necesito una orientación.

¿ Que significa eso de que obtuvo todos los vistos buenos al llevarse a cabo por parte de todos los organismos competentes, vistos buenos a que ?

Hay una sentencia, ¿ que problema resuelve la sentencia ? ¿ porque se interpuso contencios afministrativo ? ¿ quien lo interpuso ?
Parcela afectada por deslinde de via pecuaria
19/10/2011 22:28
Hola, compramos una parcela urbana en una urbanización con todos los permisos sin ningun tipo de cargas ni problemas, y a los dos años nos enteramos que estaban deslindando una vía pecuaria que pasaba por detras y ahora nos dicen que está afectada que no podemos construir y que no hay nada que hacer, cuando hay incluso viviendas ya construidas en algunas parcelas conlindantes.¿ Alguien podría darnos alguna orientación sobre que hacer? La urbanización obtuvo todos los vistos buenos al llevarse a cabo por parte de todos los organismos competentes y ya hay una sentencia a favor de la contructora del superior de Andalucía aun así el ayuntamiento se niega a dar mas licencias. Muchas gracias de antemano.